Marzo 2022 - Nº 2

ESPACIO EUROPA

NOTA INFORMATIVA RELATIVA A NOVEDADES EN LA EJECUCIÓN DE LOS PROGRAMAS DEL PRTR

MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO

Secretaría de Estado de Turismo
De acuerdo con lo expresado en la reunión telemática celebrada el miércoles 9 de marzo a las 12:30h, se da traslado de la siguiente información a los efectos oportunos.

1. Con fecha 8 de marzo de 2022 se ha obtenido respuesta concreta a la consulta planteada por el Secretario de Estado de Turismo a la Secretaria de Estado de Presupuestos y Gastos en relación con la posibilidad de incluir el IVA (o IGIC, en su caso) como gasto subvencionable a los efectos del Plan de Transformación, Recuperación y Resiliencia (PRTR).

La respuesta recibida señala, en síntesis, que se va a poder incluir el IVA (o IGIC, en su caso) en las ayudas del PRTR, siempre que se cumpla con el hito del CID y con el único límite de lo establecido en el artículo 31.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, que establece:

“Los tributos son gasto subvencionable cuando el beneficiario de la subvención los abona efectivamente. En ningún caso se consideran gastos subvencionables los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación ni los impuestos personales sobre la renta.”

El contenido textual de la comunicación recibida de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos señala que:

- La cantidad asignada a cada administración, sea AGE, CCAA, EELL, es la asignación para cumplir con los hitos y objetivos comprometidos en cada componente del PRTR y por ende de los que les corresponda cumplir a la administración ejecutora, (AGE, CCAA, EELL) por lo que con esa asignación deberá atender a los costes públicos correspondientes y en caso de licitaciones que lleven IVA u otros impuestos, también.

- Si en el CID, el hito requiere el dato de la inversión sin IVA (caso de los planes de sostenibilidad extraordinarios), eso será un dato que se ha suministrar a la Comisión Europea, y por tanto, las administraciones ejecutoras al ministerio responsable del componente, en este caso a la SETUR.

- No hay por parte de las CCAA ni EELL obligación de cofinanciación, todo lo asignado es para cumplir hitos y objetivos, con los costes que tengan.

Ello implica, que no va a producirse incremento alguno de los fondos a transferir, ya que el único cambio que se produce es que el IVA (IGIC, en su caso) pasa a considerarse gasto reconocido en el plan o proyecto en el cumplimiento de esos hitos y objetivos. No obstante, no hay inconveniente alguno en que las entidades gestoras que deseen aportar fondos adicionales para mantener todas las actuaciones previstas en los correspondientes proyectos lo hagan.

En vista de la información conocida hoy, se van a modificar todos los instrumentos normativos adoptados hasta la fecha con cargo al PRTR para que todos los programas del C14 incluyan esta eventualidad. En concreto, una vez realizados los trámites que en cada caso procedan, se espera publicar en las modificaciones de los siguientes textos:

a. Acuerdo de Conferencia Sectorial de Turismo de 22 de diciembre de 2021 por el que se fijan los criterios de distribución, así como el reparto resultante para las comunidades autónomas, del crédito destinado a la financiación de actuaciones de inversión por parte de entidades locales en el marco del Componente 14 Inversión 1 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, por un importe total de 615.000.000 euros para el ejercicio 2021.

b. Real Decreto 1073/2021, de 7 de diciembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones destinadas a la financiación del Plan Nacional de Sostenibilidad Turística en Destinos Xacobeo 2021, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

c. Real Decreto 1074/2021, de 7 de diciembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones destinadas a la financiación de proyectos sostenibles de mantenimiento y rehabilitación del patrimonio histórico con uso turístico, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

d. Real Decreto 1118/2021, de 21 de diciembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones destinadas a la financiación de las estrategias de resiliencia turística para territorios extrapeninsulares, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

e. Orden ICT/1524/2021, de 30 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el Programa "Experiencias Turismo España" y se aprueba su convocatoria para el ejercicio 2021, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.


f. Orden ICT/1519/2021, de 30 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de ayudas para proyectos de digitalización de "última milla" en empresas del sector turístico y se procede a su convocatoria correspondiente al año 2021, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

g. Orden ICT/1521/2021, de 30 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para el programa de ayudas a organismos de investigación y de difusión de conocimientos para proyectos de I+D para dar respuesta a los retos de los destinos turísticos, y se aprueba la convocatoria correspondiente al ejercicio 2021, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

h. Orden ICT/1527/2021, de 30 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para el Programa de ayudas para la transformación digital y modernización de las entidades locales que forman parte de la Red de Destinos Turísticos Inteligentes, y se procede a su convocatoria correspondiente al ejercicio 2021, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

i. Orden ICT/1528/2021, de 30 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas para la transformación digital y modernización de las entidades locales que forman parte del Camino de Santiago, integradas en la Red de Destinos Turísticos Inteligentes para su impulso y consolidación, hacia un modelo basado en la sostenibilidad medioambiental, socioeconómica y territorial, y se procede a la convocatoria correspondiente al ejercicio 2021, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

De igual modo, todos los Acuerdos, Reales Decretos y Órdenes de Bases que se aprueben este año con cargo a los Presupuestos de 2022 y el año próximo con cargo a los Presupuestos de 2023 estarán ya adaptados a esta interpretación.

2. En último lugar, se recuerda que en la ejecución de todos los programas del PRTR es preceptiva la utilización del “Manual de marca del PRTR”. Ello implica que toda la documentación, presentaciones, etc. que se genere en relación con estos programas debe recoger los elementos identificativos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en los términos concretos que establece el citado manual (en particular, en lo relativo al logotipo de la “R” acompañado del escudo identificativo de Gobierno de España, etc.).

En Madrid, a 9 de marzo de 2022

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Bajo el título "Oportunidades para el desarrollo de los municipios", el Espacio Europa de la Diputación de Jaén organiza el primero de sus encuentros Infodays, con los que analizar y debatir sobre el impacto de los fondos europeos en la provincia jiennense.
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