Mayo 2022. Boletín nº 3 www.infoitijaen.es
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ESPACIO EUROPA

Subvenciones para la financiación de proyectos promovidos por entidades locales para la innovación territorial y la reactivación de la actividad socioeconómica y la lucha contra la despoblación

GOBIERNO DE ESPAÑA

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO

Constituye el objeto de esta orden el establecimiento de las bases reguladoras para la financiación de proyectos innovadores para la transformación territorial, que desde una dimensión económica, social, medioambiental y de género propicien la reactivación social y económica de zonas con problemas de despoblación y revaloricen el espacio rural.

Beneficiarios

Las ayudas se destinarán a financiar proyectos innovadores de carácter singular y demostrativo, que tengan como finalidad la lucha contra la despoblación, el desarrollo sostenible y la transición ecológica, con una de estas modalidades:
a) Modalidad A. Proyectos institucionales promovidos por entidades locales, que tengan como finalidad fomentar la creación y el desarrollo de ecosistemas de inteligencia e innovación territorial o el apoyo a proyectos tractores que reactiven la actividad socioeconómica con la finalidad de afrontar el reto demográfico y la lucha contra la despoblación.
b) Modalidad B. Proyectos sociales promovidos por entidades sin ánimo de lucro, que tengan como finalidad incentivar y desarrollar la participación social en proyectos que tengan como objetivo la transformación territorial.
c) Modalidad C. Proyectos empresariales que tengan como finalidad el impulso, la diversificación y reactivación económica, con la consiguiente generación de nuevos puestos de trabajo o el mantenimiento de los ya existentes, para el fomento del desarrollo de zonas con especiales dificultades demográficas, con especial atención a aquellos proyectos impulsados por la juventud y mujeres.

Tipo y cuantía de las ayudas

Subvención

Cada beneficiario podrá presentar en su solicitud un único proyecto. El importe total solicitado por cada beneficiario no podrá superar los siguientes importes máximos.
a) Modalidad A. El importe de las subvenciones concedidas no podrá superar el 5 % del crédito disponible para la modalidad A.
b) Modalidad B. El importe de las subvenciones concedidas no podrá superar el 12 % del crédito disponible para la modalidad B.
c) Modalidad C. El importe de las subvenciones concedidas no será superior al máximo previsto para la ayuda total de minimis concedida a una única empresa para este tipo de ayudas en el Reglamento (UE) No 1407/2013 de la Comisión de 18 de diciembre de 2013 relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis, durante cualquier período de tres ejercicios fiscales. El límite se aplicará independientemente de la forma de la ayuda de minimis, y el período de tres ejercicios fiscales se determinará tomando como referencia los ejercicios fiscales utilizados por la empresa.
 Las ayudas concedidas no podrán superar el 90 % del total de gasto subvencionable para las modalidades A y B y el 70 % para la modalidad C

Financiación Europea:

NO

Plazos:

Hasta el 15/06/2022

Presentación de PowerPoint
Bajo el título "Oportunidades para el desarrollo de los municipios", el Espacio Europa de la Diputación de Jaén organiza PRÓXIMAMENTE el primero de sus encuentros Infodays, para analizar las posibilidades de financiación de las entidades locales a través del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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