Extracto de la Orden de 11 de julio de 2022, por la que se realiza segunda convocatoria para el año 2022 de las ayudas destinadas a inversiones productivas en la acuicultura (artículo 48.1, letras a) a d) y f) a h), del Reglamento (UE) núm. 508/2014, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, relativo al Fondo Europeo Marítimo y de Pesca), previstas en la orden que se cita
El apoyo a la consolidación del desarrollo tecnológico, la innovación y la transferencia de conocimientos; el fomento de la competitividad y la viabilidad de las empresas acuícolas, incluida la mejora de seguridad y de las condiciones de trabajo en particular de la PYME.
Referencia: 638390
Publicación oficial: 22/07/2022
Fecha inicio convocatoria: 25/07/2022
Fecha fin convocatoria: 12/08/2022
Financiación: OTRO
Órgano gestor: Junta de Andalucía
Departamento: CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y DESARROLLO SOSTENIBLE
Las personas físicas o jurídicas titulares de la autorización administrativa de cultivos marinos o continentales necesarias para poder llevar a cabo el proyecto para el que se solicita la ayuda en el lugar donde vaya a realizarse la inversión.
La intensidad máxima de la ayuda pública será igual al 50% del gasto subvencionable total de la operación , salvo las operaciones ejecutadas por empresas no incluidas en la definición Microempresas, pequeñas y medianas empresas, entendiéndose como tales las que reunen los requisitos del Artículo 2 del Anexo de la Recomendación de la comisión del 6 de mayo de 2003, en las que la ayuda pública se reducirá en un 20%.
Ayudas destinadas a inversiones en instalaciones de acuicultura o incluso la construcción de nuevas instalaciones, podrán concederse siempre y cuando el desarrollo sea coherente con el Plan estratégico Plurianual para el Desarrollo de la Acuicultura Marina:
- Inversiones para incrementar la producción en acuicultura.
- Diversificar la producción acuícola y las especies cultivadas.
- Modernizar las instalaciones acuícolas, incluida la mejora de las condiciones de trabajo y la seguridad de los trabajadores del sector acuícola.
- Mejoras y modernización relacionadas con la salud y el bienestar de los animales, incluida la adquisición de equipos destinados a proteger las explotaciones de los predadores salvajes.
- Inversiones en la mejora de la calidad del producto acuícola o para incrementar su valor.
- Inversiones para recuperar estanques o lagunas existentes mediante la eliminación de lodo, o inversiones para prevenir los depósitos de lodo.
- Inversiones para el desarrollo de actividades complementarias vinculada a la actividad acuícola principal, a fin de diversificar los ingresos.
Serán gastos subvencionables:
- Inversiones para la ampliación de instalaciones existentes y construcción de nuevas instalaciones destinadas a incrementar la producción acuícola andaluza y/o diversificar la producción y las especies cultivadas, como pueden ser los movimientos de tierra, aportes de áridos,sistemas de bombeo, motobombas, estaciones de bombeo, compuertas, largaderos y otros sistemas de paso de agua, jaulas de cultivo, tanques de cultivo, cestas, bateas, long-lines, fotobiorreactores, boyas,sistemas de balizamiento, equipos de oxigenación, equipos de alimentación, maquinaria necesaria para el cultivo, embarcaciones auxiliares, vehículos necesarios para el cultivo, , naves de almacenaje, oficina,naves asociadas al establecimiento para la manipulación de la producción , cámaras de conservación de la producción. Sistemas de depuración y filtrado del agua de entrada y de salida de la instalación, equipos de control de parámetros del agua de cultivo y de la biomasa en Sistemas de almacenaje, segregación y valorización de residuos. Sistemas de almacenaje, segregación y valorización de SANDACH (subproductos animales no destinados a consumo humano). Equipos de hardwuare y software para la planificación, gestión, control del cultivo u otra actividad que pueda incrementar el valor de la producción o reducir el impacto ambiental del cultivo.
- Inversiones y equipamiento para modernizar las instalaciones acuícolas, incluida la mejora de las condiciones de trabajo y la seguridad de los trabajadores del sector acuícola, como son equipos de protección individual de los trabajadores.
- Mejoras y modernización relacionadas con la salud y el bienestar de los animales, incluida la adquisición de equipos destinados a proteger las explotaciones de los predadores.
- Inversiones en la mejora de la calidad del producto acuícola o para incrementar su valor.
- Inversiones para el desarrollo de actividades complementarias vinculada a la actividad acuícola principal, a fin de diversificar los ingresos, incluidos el turismo de pesca deportiva, actividades educativas sobre acuicultura, .etc.
- Gastos de redacción de proyecto de obras y otras memorias necesarias para la solicitud de las ayudas.
- Estar en posesión de la autorización administrativa para poder realizar el cultivo en el lugar donde vaya a realizarse la inversión, conforme establece la Ley 1/ 2002, de 4 de abril, de Ordenación, Fomento y Control de la Pesca Marítima, el Marisqueo y la Acuicultura.
- Las ayudas están limitadas a las empresas acuícolas.
- Contar con al menos el 25% de importe previsto para la inversión, como capital social escriturado o fondos propios, a fin de garantizar la solvencia económica de la de la empresa.
- Estar al corriente de sus obligaciones fiscales y para con la Seguridad.
La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.