Extracto de la Orden del Ministerio de Cultura y Deporte, por la que se convocan subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, para la modernización de las pequeñas y medianas empresas del sector del libro en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, correspondientes al año 2023
La financiación de proyectos de inversión para mejorar la competitividad del sector del libro, mejorar su resiliencia e impulsar su transición digital.
Las ayudas estarán dirigidas a financiar las siguientes líneas:
a) Mejorar las herramientas de gestión editorial, mediante sistemas unificados de gestión integral administrativa, comercial, contable, web, bases de datos, relación con los autores on-line, o cualesquiera otros sistemas que se orienten a este fin.
b) Modernizar las empresas distribuidoras de libros y logística, potenciando la inversión tecnológica en herramientas digitales entre las empresas del sector para optimizar los procesos de comercialización y distribución del libro.
c) Modernizar las librerías, mejorando su competitividad, incorporando la digitalización a sus procesos y programas de gestión, y haciéndolas más sostenibles medioambientalmente.
d) Desarrollar e implementar la impresión bajo demanda en el sector del libro, generando la optimización de procesos y nuevas oportunidades de negocio.
Referencia: 707832
Publicación oficial: 13/07/2023
Fecha inicio convocatoria: 14/07/2023
Fecha fin convocatoria: 10/08/2023
Financiación: FONDOS NEXT GENERATION
Órgano gestor: Administración General del Estado
Ministerio: MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE
Órgano: DIRECCIÓN GENERAL DEL LIBRO Y FOMENTO DE LA LECTURA
Podrán solicitar estas subvenciones personas jurídicas y físicas (autónomos) que tengan residencia fiscal permanente en España.
El importe de estas ayudas no podrá, en ningún caso, ser de tal cuantía que supere el 80% del coste total del proyecto.
La determinación de la cuantía individual de las ayudas correspondiente a cada proyecto se concretará atendiendo a cada modalidad, de acuerdo con la puntuación obtenida por el proyecto. Las cuantías que a continuación se recogen se consideran máximos de los gastos
subvencionables. El órgano gestor determinará el importe individual de cada ayuda en virtud de los conceptos y gastos propuestos por los solicitantes y las respectivas puntuaciones obtenidas.
Herramientas de gestión editorial
De 75 a 100 puntos 10.000 euros
De 50 a 74 puntos 5.000 euros
Modernización de empresas distribuidoras de libros
De 80 a 100 puntos 300.000 euros
De 60 a 79 puntos 200.000 euros
De 50 a 59 puntos 100.000 euros
Modernización de librerías
De 75 a 100 puntos 20.000 euros
De 50 a 74 puntos 10.000 euros
Plan para el desarrollo e implantación de la impresión bajo demanda del sector del libro
De 80 a 100 puntos 100.000 euros
De 60 a 79 puntos 50.000 euros
De 50 a 59 puntos 25.000 euros
1. Los proyectos de inversión presentados podrán destinarse, entre otras, a las siguientes áreas de modernización estructural:
a) Herramientas de gestión editorial
• sistemas de gestión integral administrativa (facturación, gestión de almacenes, liquidación de depósitos, liquidación de derechos de autor, bases de datos)
• gestión de producción (programación de tareas desde la recepción del manuscrito hasta la venta)
• herramientas contables
• aplicaciones para la facturación electrónica
• aplicaciones para intercambios (SINLI, DILVE, por ejemplo)
• realización de página web con prestashop e integración del módulo de gestión con la página web
• otras herramientas como power bi (módulo para obtener mejores estadísticas)
b) Modernización de empresas distribuidoras de libros: implantación de mejoras en la logística del libro y la distribución de contenidos (sean estos impresos o digitales):
• sistemas de gestión de almacén
• sistemas de codificación y control
• sistemas de gestión de pedidos y clientes
• integración POD 1×1/ IBD 1×1
• integración en Marketplace y otras plataformas (tanto de libros digitales como impresos).
• acciones destinadas a una mayor sostenibilidad en materia ambiental
c) Modernización de librerías, para mejorar su competitividad y para hacerlas más sostenibles:
• adquisición de fibra óptica de alta velocidad en librerías.
• adquisición de equipos o programas de gestión interna de librerías y de gestión de web.
• implantación del marketing digital en las librerías.
• transformación en “librerías verdes” (mejora en el reciclaje, en el uso energía, etc)
• ejecución de obras que tengan por finalidad mejorar la prestación del servicio, la accesibilidad del público lector a las instalaciones de acuerdo con la normativa vigente o mejorar la adaptación de la librería a los nuevos hábitos de compra y oferta de libros, potenciando las actividades vinculadas con los escritores, traductores e ilustradores, y con la creación literaria de calidad
d) Plan para el desarrollo e implantación de la impresión bajo demanda del sector del libro
• modernización de máquinas, procesos y sistemas de impresión digital
• integración POD 1×1/ IBD 1×1 (inclusión del sistema POD en el circuito de distribución y venta de librerías y consolidación de pedidos por esta vía)
La cantidad concedida en estas ayudas públicas deberá dedicarse en su totalidad a gastos de inversión en capital.
Tendrán la consideración de gastos subvencionables todos aquellos directamente relacionados y estrictamente necesarios con la realización del proyecto objeto de la ayuda y que hayan sido efectivamente pagados con anterioridad a la finalización del plazo de justificación.
Con carácter enunciativo y no limitativo quedan incluidos los gastos en las herramientas, aplicaciones, sistemas y proyectos citados en al apartado tercero, referido a las actividades objeto de esta ayuda.
Gastos no subvencionables.
Son gastos no subvencionables los siguientes:
• Alquileres de locales.
• Gastos ordinarios (teléfono, energía eléctrica, suministros, comunicaciones postales, mensajería, etc.).
• Dietas y gastos de viaje.
• Impuestos directos o indirectos.
• Inversiones en adquisición de locales u otras de carácter inmobiliario.
• Cuotas por uso de plataformas o por el mantenimiento técnico de las mismas.
• Gastos que pueda ocasionar la programación cultural o el posicionamiento en redes sociales
• Mensajería para el envío de libros u otros gastos de envío.
• Formación, excepto cursos sobre el uso de las herramientas informáticas adquiridas.
• Gastos de personal fijo de la entidad solicitante.
Personas jurídicas y físicas (autónomos) que tengan residencia fiscal permanente en España, y que cumplan los siguientes requisitos:
a) Editoriales: tener como actividad y objeto social principal la edición de libros y/ o revistas culturales.
b) Empresas distribuidoras: estar registradas como tales en el epígrafe del IAE con el código 619.6 correspondiente a «Comercio al por mayor de libros, periódicos y revistas» de cuya facturación al menos el 60% ha de ser en libros y/o revistas culturales.
c) Librerías que estén dedicadas a la venta de libros, que cuenten con hasta cinco establecimientos, con independencia de su número de empleados, y cuya oferta editorial será consecuencia de su decisión autónoma: tener como actividad y objeto social principal la venta de libros (en todo caso, al menos el 60% facturación de la entidad ha de ser por venta de libros).
d) Empresas dedicadas a las artes gráficas: estar registradas como tales en el epígrafe del IAE con el código 474 correspondiente a «Impresión de textos o imágenes por cualquier procedimiento o sistema».
No podrán obtener la condición de entidad beneficiaria aquellas en que concurra alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.