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Extracto de la convocatoria de Subvenciones destinada al Aprovechamiento Turístico de las Almazaras de la provincia de Jaén. Línea 2. Proyectos para la realización de Gasto Corriente

Estado: Cerrada
Objeto de la convocatoria:

Regular las subvenciones del Área de Promoción y Turismo, en el marco del Presupuesto para el ejercicio 2022, destinadas a la realización de Proyectos destinados al Aprovechamiento Turístico de las Almazaras de la provincia y sus instalaciones anexas.
Línea 2. Proyectos para la realización de Gasto Corriente.

Referencia: 656811

Publicación oficial: 04/11/2022

Fecha inicio convocatoria: 07/11/2022

Fecha fin convocatoria: 21/11/2022

Financiación: OTRO

Órgano gestor: Diputación Provincial de Jaén

Tipo de ayuda: Subvención
Presupuesto: 25.000 euros
Sector: Turismo
Procedimiento de concesión: Concurrencia competitiva
Ámbito geográfico: Jaén
Beneficiarios:

Podrán acogerse a los beneficios de esta Convocatoria de subvenciones las empresas, con independencia de su forma jurídica, que entre las actividades económicas que realice se encuentre la fabricación de aceite de oliva y que dicha actividad se desarrolle en un municipio de la provincia de Jaén.
No podrán solicitar estas subvenciones las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado, carentes de personalidad jurídica propia.

Cuantía de la ayuda:

La cuantía de las subvenciones consistirá en un porcentaje de hasta el 50% del coste final de los gastos subvencionables, a cuyo efecto se tomará en cuenta el presupuesto de la actividad presentado por el solicitante, o sus modificaciones posteriores, como referencia para su determinación, excluido el IVA.
En cuanto al importe máximo de las subvenciones, se establecen los siguientes límites:

En el caso de Proyectos para la realización de gasto corriente, se establece como límite de la subvención la cantidad de cuatro mil (4.000,00 euros) por proyecto.

Actividades subvencionables:

Proyectos destinados a la difusión y promoción de las actividades de Oleoturismo de las almazaras de la provincia, de la tipología que a continuación se enumera:

  • Realización de vídeos promocionales o divulgativos.
  • Diseño y edición de material promocional o divulgativo: folletos y cuadernos didácticos y otros.
    Los gastos subvencionables serán exclusivamente de naturaleza corriente.
Requisitos:

1. Los requisitos para obtener la condición de beneficiario y el régimen de prohibiciones son los establecidos en la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la mencionada Ley.
2. Asimismo, se exigirá para obtener la condición de beneficiario el cumplimiento de las condiciones estipuladas en otras subvenciones que le hayan sido concedidas al beneficiario, anteriormente, por el Área de Promoción y Turismo de la Diputación Provincial de Jaén, siempre que hubieren vencido los plazos establecidos para ello.

La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.