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Ayudas a incluir en la Solicitud Única, para la campaña 2022, de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y otros regímenes de ayuda y de los pagos al desarrollo rural

Estado: Cerrada
Objeto de la convocatoria:

Convocar las ayudas y los pagos para el año 2022 incluidas en la solicitud única.

Las ayudas que pueden ser solicitadas a través de la Solicitud Única, para la campaña 2022, al amparo del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre la aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo  rural.

Referencia: 607419

Publicación oficial: 01/02/2022

Fecha inicio convocatoria: 01/02/2022

Fecha fin convocatoria: 15/05/2022

Financiación: FEADER

Órgano gestor: Junta de Andalucía

Departamento: CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y DESARROLLO SOSTENIBLE

Tipo de ayuda: Subvención
Presupuesto: 1.534.936.650 euros
Sector: Agricultura, ganadería y pesca
Procedimiento de concesión: Concurrencia competitiva
Ámbito geográfico: Andalucía
Beneficiarios:

Los agricultores cuyas explotaciones agrarias estén situadas en su totalidad o en su mayor parte en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía; o en el caso de no disponer de superficie agraria cuando el mayor número de animales de explotación se encuentren en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Cuantía de la ayuda:

El obtenido como consecuencia de la aplicación de lo dispuesto en los Reglamentos de la UE sectoriales, Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura y ganadería y otros regímenes de ayuda, así como la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural y las citadas Órdenes del apartado cuarto del presente extracto.

Actividades subvencionables:

Las ayudas que pueden ser solicitadas a través de la Solicitud Única, para la campaña 2021, en el ámbito del FEADER, son las siguientes:

Las ayudas por costes de mantenimiento y primas compensatorias de rentas, para superficies agrícolas forestadas previstas en el Reglamento (CE) núm. 1698/2005, del Consejo, de 20 de septiembre de 2005, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y cuyas bases reguladoras se encuentran en la Orden de 26 de marzo de 2009, por la que se regula el régimen de ayudas para el fomento de la forestación de tierras agrícolas en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2007-2013 y sus posteriores modificaciones.

Se incluirán también las solicitudes de pago que se establezcan en función de los Programas de Desarrollo Rural derivados del Reglamento (UE) núm. 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, en lo que respecta a las medidas de desarrollo rural en el ámbito del sistema integrado.

Otras ayudas al desarrollo rural en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020, previstas en el artículo 67 del Reglamento (UE) núm. 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, que sean convocadas y cuyas bases reguladoras prevean un plazo de presentación de las solicitudes de ayuda dentro del plazo previsto para la presentación de la Solicitud Única, así como, en su caso las correspondientes solicitudes de pago.

Requisitos:

Que las explotaciones agrarias estén situadas en su totalidad o en su mayor parte en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía; o en el caso de no disponer de superficie agraria cuando el mayor número de animales de explotación se encuentren en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Solicitud:

La Solicitud Única y la Declaración Gráfica de Aparcería Comunal, así como la documentación complementaria requerida, alegaciones o recursos, se presentarán por los medios electrónicos establecidos al efecto, mediante las herramientas informáticas Sistema de Gestión de Ayudas 2015-2020 (SGA) y Pago Único-Básico WEB, disponibles a través de las Entidades Reconocidas por la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, salvo casos excepcionales que deberá determinar la autoridad competente, y en los que dicha autoridad será la responsable de incorporar en formato electrónico la solicitud presentada por el agricultor; todo ello sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 82 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

El acceso a las solicitudes para su presentación y demás datos necesarios que afectan a la presente convocatoria pueden consultarse en el Catálogo de Procedimientos y Servicios de la página web de la Junta de Andalucía en la dirección:

https://www.juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/8318.html

https://www.juntadeandalucia.es/eboja/2022/80/BOJA22-080-00002-6781-01_00260091.pdf

Resolución de 20 de abril de 2022, de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados, por la que se amplía para el año 2022, el plazo de presentación de la solicitud única establecido en el Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre la aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural.

La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.