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Convocatoria correspondiente al año 2022 de concesión de subvenciones de la Acción Estratégica en Salud 2021-2023, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia

Estado: Cerrada
Objeto de la convocatoria:

La financiación de proyectos de I+D+I en salud, como principal fuente de soporte a la investigación realizada dentro del SNS y en los centros  de investigación vinculados a su ámbito y  convocar las siguientes actuaciones:

– Formación de Doctores en el campo de la Biomedicina y las Ciencias de la Salud, de Especialistas en Ciencias de la Salud con Formación Sanitaria Especializada en Investigación Biomédica, Clínica y Traslacional y de personal técnico y de gestores de I+D+I en el campo de la Investigación Biomédica.
– Contratación de Doctores y la incorporación a los centros asistenciales del SNS de personal facultativo con experiencia Investigadora, de Especialistas con Formación Sanitaria Especializada, titulados universitarios y otro personal técnico de apoyo a la Investigación en el SNS, incluidas las actividades de gestión de I+D+I en Biomedicina y Ciencias de la Salud.

Referencia: 609489

Publicación oficial: 07/02/2022

Fecha inicio convocatoria: 01/03/2022

Fecha fin convocatoria: 08/11/2022

Financiación: FONDOS NEXT GENERATION

Órgano gestor: Administración General del Estado

Ministerio: MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN

Órgano: INSTITUTO DE SALUD CARLOS III (ISCIII)

Tipo de ayuda: Subvención
Presupuesto: 144.072.170,72 euros
Sector: Investigación, Desarrollo e Innovación
Procedimiento de concesión: Concurrencia competitiva
Ámbito geográfico: España
Beneficiarios:

a) Las personas físicas que estén en posesión de alguna de las siguientes titulaciones: título de licenciatura, ingeniería, grado, ingeniería técnica o diplomatura, preferentemente en Ciencias de la Salud, Económicas, Derecho y Biblioteconomía y Documentación.
b) Las entidades que tengan personalidad jurídica propia, estén válidamente constituidas y tengan residencia fiscal o un establecimiento permanente en España y que desarrollen actividades de I+D+I en Biomedicina o en Ciencias y Tecnologías de la Salud, conforme a una de las siguientes tipologías de centros:
1.º Los institutos de investigación sanitaria acreditados por orden ministerial.
2.º Las entidades e instituciones sanitarias públicas con actividad clínico asistencial: hospitales, centros de atención primaria, otros centros asistenciales distintos de los anteriores con licencia de actividad sanitaria expedida por la autoridad competente.
3.º Las entidades e instituciones sanitarias públicas sin licencia de actividad sanitaria, pero con actividad de I+D+I demostrable en el área de conocimiento de Salud Pública.
4.º Las entidades e instituciones sanitarias privadas, con licencia de actividad sanitaria, vinculadas o concertadas al SNS, que cumplan con las condiciones recogidas en la ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, Título III, artículo 67, que regula la vinculación a la red pública de hospitales del sector privado.
5.º Los OPI definidos en el artículo 47 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 202/2021, de 30 de marzo por el que se reorganizan determinados organismos públicos de investigación de la Administración General del Estado y se modifica el Real Decreto 1730/2007, de 21 de diciembre, por el que se crea la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas y se aprueba su Estatuto, y el Real Decreto 404/2020, de 25 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Ciencia e Innovación.
6.º Las universidades públicas y las universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D, de acuerdo con lo previsto en la vigente Ley orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.
7.º Otros centros públicos de I+D, de investigación y de difusión de conocimientos y de infraestructuras de investigación, con personalidad jurídica propia, diferentes de los OPI, vinculados o dependientes de la Administración General del Estado o del resto de las Administraciones públicas y sus organismos, cualquiera que sea su forma jurídica, siempre que en sus Estatutos, en la normativa que los regule, o en su objeto social, tengan definida entre sus actividades la I+D+I en Biomedicina o en Ciencias y Tecnologías de la Salud.
8º. Las entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro que realicen y/o gestionen actividades de I+D, generen conocimiento científico o tecnológico o faciliten su aplicación y transferencia.
9º. Los consorcios públicos y los consorcios públicos estatales con actividad en I+D+I en Biomedicina o en Ciencias y Tecnologías de la Salud.
10º. Otras unidades de la Administración sanitaria.
c) En el caso de que alguno de los centros enumerados en el apartado anterior careciese de personalidad jurídica propia, constará como solicitante y beneficiaria la entidad con personalidad jurídica propia que tenga encomendada la gestión de su actividad investigadora.

Cuantía de la ayuda:

Las ayudas concedidas tendrán una duración máxima de cuatro años, durante el tiempo que dure su permanencia en el programa de doctorado, que se destinarán a financiar contratos de trabajo, bajo la modalidad de contrato predoctoral, con dedicación a tiempo completo, suscritos entre el investigador predoctoral en formación y la entidad beneficiaria.

La dotación económica será de 20.600 euros para cada una de las dos primeras anualidades, 21.800 euros para la tercera anualidad y 26.900 euros para la cuarta anualidad, en concepto de retribución bruta salarial, distribuidos en 12 o 14 pagas, que el ISCIII financiará en su totalidad, salvo los eventuales incrementos salariales que deban realizarse al amparo de lo previsto en el artículo 7 del Real Decreto 103/2019, de 1 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto del personal investigador predoctoral en formación, que deberá asumir la entidad beneficiaria. Las cuotas empresariales a la Seguridad Social y resto de gastos de contratación correrán a cargo de la entidad beneficiaria.

En aquellos contratos cuyos jefes de grupo pertenezcan a la categoría “Grupos dirigidos por investigadores nacidos en 1977 o fecha posterior” o sean Contratados Miguel Servet o Juan Rodés, la dotación económica será de 27.398 euros para cada una de las dos primeras anualidades, 28.994 euros para la tercera anualidad y 35.777 euros para la cuarta anualidad, incluidas las cuotas empresariales a la Seguridad Social.

Actividades subvencionables:

Actuaciones objeto de subvención:

Las propuestas que se presenten a este Programa deberán encuadrarse en alguna de las actuaciones que se indican a continuación y se describen en las correspondientes subsecciones.

  • En el Subprograma Estatal de Formación:
    a) Contratos predoctorales de formación en investigación en salud: modalidad PFIS e iPFIS.
    b) Ayudas de formación en gestión de la investigación en salud (FGIN).
    c) Contratos Río Hortega.
    d) Contratos Sara Borrell.
  • En el Subprograma Estatal de Incorporación:
    a) Contratos de gestión en investigación en salud en los IIS.
    b) Contratos Miguel Servet.
    c) Contratos Juan Rodés.
    d) Contratos para la intensificación de la actividad investigadora en el Sistema Nacional
    de Salud.
    e) Contratos de personal técnico bioinformático de apoyo a la investigación en los IIS.
  • En el Subprograma Estatal de Movilidad:
    a) Ayudas para la movilidad del personal investigador

a)Actuaciones objeto de ayuda de los Subprogramas Estatales de Formación, Incorporación y Movilidad:

1º Contratos PFIS: 17 de marzo al 6 de abril de 2022

2º Contratos i-PFIS: 17 de marzo al 6 de abril de 2022

3º Ayudas de formación en gestión de la investigación en salud (FGIN): 1 de marzo al 22 de marzo de 2022

4º Contratos Río Hortega: 9 de marzo al 29 de marzo de 2022

5º Contratos Sara Borrell: 9 de marzo al 29 de marzo de 2022

6º Contratos de gestión en investigación en salud en los IIS: 1 de marzo al 22 de marzo de 2022

7º Contratos Miguel Servet: 2 de marzo al 23 de marzo de 2022

8º Contratos Miguel Servet tipo II: 2 de marzo al 23 de marzo de 2022

9º Contratos Juan Rodés: 2 de marzo al 23 de marzo de 2022

10º Contratos para la intensificación de la actividad investigadora en el Sistema Nacional de Salud: 2 de marzo al 23 de marzo de 2022

11º Contratos de personal técnico bioinformático de apoyo a la investigación en los IIS: 1 de marzo al 22 de marzo de 2022

12º Ayudas para la movilidad del personal investigador (Modalidad M-BAE): 1 de marzo al 22 de marzo de 2022

13º Ayudas para la movilidad del personal investigador (Modalidad M-AES): 1 de marzo al 22 de marzo de 2022

b) Actuaciones objeto de ayuda de los Subprogramas Estatales de Generación de Conocimiento, Transferencia de Conocimiento, Fortalecimiento Institucional e Infraestructuras y Equipamiento:

1º Proyectos de I+D+I en salud: 2 de marzo al 24 de marzo de 2022

2º Proyectos de desarrollo tecnológico en salud: 9 de marzo al 31 de marzo de 2022

3º Proyectos de Investigación Clínica Independiente: 5 de abril al 27 de abril de 2022

4º Incorporación de nuevos grupos al CIBER: 5 de abril al 27 de abril de 2022

c) Actuaciones objeto de ayuda del Subprograma Estatal de Internacionalización:

1º Proyectos de colaboración internacional: 25 de octubre al 8 de noviembre de 2022

El plazo para la generación y presentación de las solicitudes mediante la aplicación informática finalizará a las 15:00 horas, hora peninsular, del día de finalización indicado.

 

Requisitos:

a) Disponer de alguna de las vinculaciones establecidas en el artículo 3.4 (Los investigadores principales y los jefes de grupo de las solicitudes presentadas deberán tener vinculación mediante relación funcionarial, estatutaria o laboral, con el centro solicitante o de realización. Cuando se trate de los IIS, la vinculación podrá ser con cualquiera de las entidades de derecho público o privado que formen parte del IIS siempre que la entidad cumpla con todos los requisitos específicos determinados en cada actuación, y, en todo caso, tratarse de personal adscrito al IIS. Todos los investigadores principales que estén adscritos a un IIS deberán consignarlo como centro (solicitante o de realización, según proceda) al rellenar la solicitud. En cualquier caso, a estos efectos, el personal investigador sólo podrá estar adscrito a un único IIS) y tener formalizada con el centro dicha vinculación, como mínimo durante todo el periodo comprendido entre el plazo de presentación de solicitudes y la resolución definitiva de concesión. Si con posterioridad a la notificación de la resolución de concesión, el investigador principal pierde la vinculación, el centro beneficiario deberá proceder a solicitar un cambio de investigador principal o de centro. La solicitud se debe realizar atendiendo a las instrucciones de ejecución y justificación de ayuda de la AES.
b) No estar realizando un programa de FSE, ni un contrato de formación predoctoral o de perfeccionamiento postdoctoral de cualquier naturaleza (Contratos Sara Borrell, Juan de la Cierva en su modalidad de formación, o contratos de programas de las Comunidades Autónomas), ni un Contrato Río Hortega, ni contratado con cargo a un proyecto de investigación.

La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.