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Extracto de Convocatoria de subvenciones a ayuntamientos con población inferior a 20.000 habitantes. Línea F) Mantenimiento de centros de día de personas mayores

Estado: Cerrada
Objeto de la convocatoria:

Subvenciones a Ayuntamientos de la provincia de Jaén de menos de 20.000 habitantes para solicitar subvenciones en materia de Igualdad y Bienestar Social, en régimen de concurrencia no competitiva, para las siguientes líneas de actuación:
F) Mantenimiento Centros de Día Municipales para Personas Mayores.

Referencia: 675062

Publicación oficial: 10/02/2023

Fecha inicio convocatoria: 13/02/2023

Fecha fin convocatoria: 13/03/2023

Financiación: OTRO

Órgano gestor: Diputación Provincial de Jaén

Tipo de ayuda: Subvención
Presupuesto: 100.000 euros
Sector: Servicios sociales
Procedimiento de concesión: Concurrencia no competitiva
Ámbito geográfico: Jaén
Beneficiarios:

Ayuntamientos de menos de 20.000 habitantes de la provincia de Jaén

Actividades subvencionables:

Los gastos deberán encajar con el objeto de la convocatoria que se recoge en el artículo 1 de las bases, contemplándose la financiación de los siguientes gastos en el caso de la celebración de conferencias jornadas o congresos, que en cualquier caso estarán sujetos a las retenciones legales correspondientes

– Gastos de retribución a ponentes o monitores/as, como máximo, 60 euros brutos por sesión de una hora.

– Indemnización por dietas de alojamiento y manutención de ponentes o monitores/as;

– Indemnizaciones por gastos de viaje de ponentes o monitores/as, se indemnizarán por el importe del billete o pasaje utilizado, en transporte público, y por el importe de la factura de taxis hasta un máximo de 90 km.
Para la acreditación de los gastos de viajes de ponentes o monitores/as en transporte público, así como de sus gastos de alojamiento y manutención, será necesario presentar en todo caso factura o factura simplificada al efecto.
Si los ponentes o monitores/as son profesionales, deberán presentar factura (debiendo consignarse el 15 %, como porcentaje de retención del IRPF).

Los gastos en material fungible que tengan la consideración de coste directo y se encuentren reflejados en el presupuesto no superarán el 15 % del presupuesto.

Requisitos:

– No podrán ser objeto de subvención aquellas solicitudes para cualquiera de las líneas en las que no conste el Informe Técnico de Viabilidad (Anexo III) favorable de la actuación a subvencionar de la Dirección del Centro de Servicios Sociales Comunitarios

La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.