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Extracto de la convocatoria de proyectos de investigación del IEG

Estado: Cerrada
Objeto de la convocatoria:

Regular la concesión de subvenciones para la realización de proyectos de trabajos de investigación, referidos a la provincia de Jaén o a temas que afecten a la misma, en el área de conocimiento de las Ciencias Humanas y Expresión Artísticas.

Referencia: 686600

Publicación oficial: 12/04/2023

Fecha inicio convocatoria: 13/04/2023

Fecha fin convocatoria: 25/05/2023

Financiación: OTRO

Órgano gestor: Diputación Provincial de Jaén

Tipo de ayuda: Subvención
Presupuesto: 95.000 euros
Sector: Investigación, Desarrollo e Innovación
Procedimiento de concesión: Concurrencia competitiva
Ámbito geográfico: Jaén
Beneficiarios:

Tendrá la consideración de beneficiarios, las personas físicas y/o jurídicas privadas sin ánimo de lucro, que optarán a la modalidad de proyectos de investigación para este colectivo; así como las Universidades y Centros de Investigación que optarán a su modalidad correspondiente, ambas constituyen el objeto de la presente convocatoria.

Cuantía de la ayuda:

Límite máximo de diez mil euros (10.000,00 euros) por proyecto.

Actividades subvencionables:

Los gastos subvencionables serán de naturaleza no inventariable y consistirán en gastos que contempla el siguiente plan financiero:
Plan Financiero:
1. Personal afecto al proyecto. Exclusivamente remuneración del personal investigador, como becarios o trabajadores por cuenta ajena.

2. Dietas, gastos de desplazamiento y locomoción como consecuencia del desarrollo del proyecto. Las dietas y kilometrajes solo serán subvencionadas por el importe máximo establecido en el Real Decreto 462/2002 de 24 de mayo sobre indemnizaciones por razón de servicio, estos es a 0,19 euros por kilómetro y las dietas correspondientes al grupo en que se clasifiquen en el citado Real Decreto.

3. Contratación de Servicios, que por su especificidad no estén al alcance del solicitante, (en este apartado no podrá superarse el 10% del total de la subvención). Solo en el caso de que el/la beneficiario/a sea pagador final de IVA, el citado impuesto será imputable como gasto subvencionable.
4. Gastos de difusión, tales como la inscripción de eventos, en congresos y seminarios específicos o presentación de resultados.

5. Material fungible.

Requisitos:

Los requisitos para obtener la condición de beneficiario/a y el régimen de prohibiciones son los establecidos en la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante, LGS), en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la mencionada Ley (en adelante, RLGS) y por las Bases de Ejecución del Presupuesto de la Diputación Provincial de Jaén y sus Organismos Autónomos (en adelante, BEP). Asimismo, se exigirá para obtener la condición de beneficiario/a el cumplimiento de las condiciones estipuladas en otras subvenciones que le hayan sido concedidas con anterioridad por la misma Área que va a otorgar la subvención, siempre que hubieren vencido los plazos establecidos para ello.

La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.