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Extracto de la convocatoria de subvenciones destinada a ayuntamientos para herramientas digitales de promoción turística, para el ejercicio 2022

Estado: Cerrada
Objeto de la convocatoria:

El desarrollo de proyectos encaminados a mejorar la gestión y promoción de la actividad turística local desde la aplicación de nuevas tecnologías e innovación digital con la finalidad de contribuir a mejorar la comunicación con el visitante, su experiencia turística, optimizar la gestión inteligente del destino, consolidar la actividad turística y contribuir al desarrollo sostenible de la provincia de Jaén.

Referencia: 622201

Publicación oficial: 25/04/2022

Fecha inicio convocatoria: 26/04/2022

Fecha fin convocatoria: 31/05/2022

Financiación: OTRO

Órgano gestor: Diputación Provincial de Jaén

Tipo de ayuda: Subvención
Presupuesto: 300.000 euros
Sector: Turismo
Procedimiento de concesión: Concurrencia competitiva
Ámbito geográfico: Jaén
Beneficiarios:

Los ayuntamientos de la provincia de Jaén.

Cuantía de la ayuda:

Cuantía máxima por proyecto: 6.000,00 euros

Actividades subvencionables:

Las subvenciones que se regulan consisten en la colaboración económica para el desarrollo de proyectos de inversión en inmovilizado material o inmaterial, por parte de los ayuntamientos, dirigidos a mejorar la gestión y promoción de la actividad turística municipal desde la aplicación de nuevas tecnologías y de la innovación digital.

Las acciones subvencionables podrán ser para:
* Gastos de dotación de infraestructuras y equipos relacionados con la comunicación y promoción turística.
* Gastos de creación de contenido y comunicación digital.
* Gastos de creación de nuevas experiencias turísticas desde la innovación digital.
* Gastos de gestión inteligente del destino.

Requisitos:

Los requisitos para obtener la condición de beneficiario y el régimen de prohibiciones son los establecidos en la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la mencionada Ley.
De acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 35.11.4 de las Bases de Ejecución del Presupuesto General de la Diputación Provincial de Jaén para el año 2022, no le es exigible a los ayuntamientos beneficiarios de esta Convocatoria el cumplimiento de la obligación de hallarse al corriente en sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social contenida en el artículo 13.2.e de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Asimismo, se exigirá para obtener la condición de beneficiario el cumplimiento de las condiciones estipuladas en otras subvenciones que le hayan sido concedidas al beneficiario, anteriormente, por el Área de Promoción y Turismo de la Diputación Provincial de Jaén, siempre que hubieren vencido los plazos establecidos para ello.

La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.