Extracto de la convocatoria de subvenciones para actividades culturales, a favor de personas físicas, asociaciones e instituciones sin ánimo de lucro, ejercicio 2023
Concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para financiar la realización de actividades, programas y proyectos dirigidos al fomento y la promoción de la actividad cultural de Jaén. Se consideran actividades subvencionables las que tengan como destino la realización de algunas de las expresiones culturales que a continuación se indican: artes escénicas, entendidas éstas como el estudio y la práctica de toda forma de expresión capaz de inscribirse en el universo del teatro, el cine, la música y la danza, artes plásticas, promoción de las artes y tradiciones populares -investigación, publicación, práctica-, difusión de la cultura y edición y publicación bibliográfica de contenido cultural.
Referencia: 728608
Publicación oficial: 27/04/2023
Fecha inicio convocatoria: 28/04/2023
Fecha fin convocatoria: 22/12/2023
Financiación: OTRO
Órgano gestor: Diputación Provincial de Jaén
Personas físicas, asociaciones e instituciones sin ánimo de lucro cuya actividad cultural esté vinculada a la provincia de Jaén.
Cuantía máxima por beneficiario/a: 3.000,00 euros, siendo la cantidad máxima a otorgar por solicitante el 70 por ciento, del importe presupuesto de la actividad a llevar a cabo.
Se considerarán actividades culturales con cargo a esta convocatoria, las que tengan como destino la realización de algunas de las expresiones culturales que, a continuación se indican:
• Artes Escénicas, entendidas éstas como el estudio y la práctica de toda forma de expresión capaz de inscribirse en el universo del Teatro, el Cine, la Música y la Danza.
• Artes Plásticas.
• Promoción de las Artes y Tradiciones Populares. Investigación, publicación, práctica.
Entendiéndose las mismas como manifestaciones materiales, artísticas y espirituales, transmitidas y creadas por el pueblo. Ejemplos típicos de ambas son los trajes regionales, las cerámicas de épocas y etnias y los artefactos, en el caso de las artes; y la música, bailes y juegos, cocina típica, tradición oral, religión y magia en el caso de las tradiciones.
• Difusión de la Cultura, entendiéndose la misma como el diseño o la creación de instrumentos, soportes o plataformas que comporten el uso de nuevas tecnologías que promuevan la cultura provincial, ya sea de ámbitos sectorial o general.
• Edición y publicación bibliográfica de carácter periódico impulsadas por asociaciones culturales, cuya finalidad principal constituye la divulgación de hechos y acontecimientos históricos y culturales de la provincia.
La solicitud, debidamente suscrita por el interesado o su representante legal, con indicación de los requisitos que señala el art. 66 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.