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Extracto de la Convocatoria en concurrencia competitiva para la realización de eventos de especial interés cultural a favor de Ayuntamientos de la Provincia de Jaén ejercicio 2023

Estado: Cerrada
Objeto de la convocatoria:

Regular la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinada a los Ayuntamientos de la provincia, para la realización de eventos de especial interés cultural, para el desarrollo de las siguientes LÍNEAS:

– LÍNEA 1: ARTES ESCÉNICAS: actividades, programas, proyectos, representación y talleres relacionados con el teatro, la danza y la música, en todas sus facetas y estilos.
– LÍNEA 2: ARTES PLÁSTICAS: cursos, exposiciones, concursos (comarcales, nacionales o
internacionales) que abarquen los distintos tipos de artes plásticas y fomenten la sensibilidad artística de la ciudadanía.
– LÍNEA 3: RECREACIONES HISTÓRICAS: conmemoraciones de hechos históricos de toda índole acaecidos en el municipio y que por tanto, merezcan darse a conocer como expresión cultural.
– LÍNEA 4: CERTÁMENES Y CONCURSOS LITERARIOS: convocatoria concursos, certámenes y relatos literarios celebrados en la provincia de Jaén.

Referencia: 677748

Publicación oficial: 01/03/2023

Fecha inicio convocatoria: 02/03/2023

Fecha fin convocatoria: 22/03/2023

Financiación: OTRO

Órgano gestor: Diputación Provincial de Jaén

Tipo de ayuda: Subvención
Sector: Cultura
Procedimiento de concesión: Concurrencia competitiva
Ámbito geográfico: Jaén
Beneficiarios:

Podrán acceder a la condición de beneficiarios los Ayuntamientos de la provincia de Jaén, con una población inferior a 20.000 habitantes pudiendo presentar solicitud cada uno de ellos para dos de las cuatro líneas previstas, por tanto, un máximo de dos solicitudes.

Cuantía de la ayuda:

218.277,90 euros

Actividades subvencionables:

Se consideran gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada y se realicen en el plazo establecido en el artículo 4 de esta Convocatoria. En ningún caso el coste de la adquisición de los gastos subvencionados podrá ser superior al valor de mercado.

Se considerará efectivamente gasto realizado el que ha sido pagado con anterioridad a la finalización del período de justificación. Se admitirán los justificantes de gasto cuya fecha de expedición sea posterior a la fecha de ejecución de la subvención siempre que su pago se produzca antes de que finalice el período de justificación.

Se admitirán como subvencionables los gastos de personal en los que haya de incurrir el beneficiario para ejecutar el objeto de la subvención, si bien sometidos a las siguientes limitaciones:

a) Los gastos ordinarios correspondientes a las retribuciones del personal fijo o eventual dependiente de las personas y entidades beneficiarias no podrán superar el 50 % del importe de la ayuda concedida. Debe tratarse de gastos directamente relacionados con la organización y el desarrollo de la actividad subvencionada. Este límite no operará cuando la interesada contrate personal ex profeso para realizar la actividad subvencionada, en este caso, el porcentaje de gasto subvencionable será del 100 %.

Los gastos de personal deberán presentarse debidamente desglosados por horas de actividad que se imputen al proyecto, expresando el convenio colectivo de aplicación y el coste de la Seguridad Social.

b) El importe de los gastos por servicios profesionales independientes no podrá ser superior al valor de mercado.

La imputación de costes indirectos a la actividad subvencionada no podrá ser superior al 5 % del total del gasto a realizar y, en todo caso, en la medida en que tales costes correspondan al período en que efectivamente se realiza la actividad, debiendo consignarse en el plan financiero y habrá de soportarse a través de justificantes de gasto, con independencia de que no deban aportarse los mismos en el momento de la justificación.

No se consideran como subvencionables los gastos a los que alude el art. 31.7 de la L.G.S

Requisitos:

Los interesados podrán presentar solicitud, como máximo, para dos de las cuatro líneas previstas (formulada conforme al modelo que figura como Anexo I de esta convocatoria), debiendo presentar una solicitud por cada línea, acompañada de la siguiente documentación:

a) Proyecto de todas las actividades que se pretenden realizar, donde deberá figurar, al menos, lo siguiente:
1. Denominación del proyecto, programa o actividad.
2. Objetivos.
3. Descripción detallada del proyecto

b) Anexo II: Plan financiero, que comprenderá con detalle los distintos gastos a realizar y las previsiones de financiación de dichos gastos con especificación de los recursos propios, finalistas u ordinarios, y las aportaciones de terceros, desglosado por origen, de personas, entidades o administraciones públicas que participen en la financiación del gasto, que servirá de referencia para determinar el importe de la subvención a conceder, teniendo la cuantía consignada en los conceptos que lo configuran un carácter estimativo, si bien las variaciones que entre los mismos puedan producirse, sin necesidad de solicitar la modificación de la resolución de otorgamiento, no podrán exceder del 10 % del importe de la subvención.

c) Anexo III: Declaración responsable otras subvenciones de que no ha obtenido ni solicitado otras ayudas públicas o privadas, o en su caso, de las subvenciones solicitadas y/o obtenidas y su cuantía.

d) Anexo IV: Declaración responsable de cumplir los requisitos necesarios para obtener la condición de beneficiario de la subvención en los términos establecidos en el art. 3 de esta Convocatoria.

Solicitud:

Las solicitudes se presentarán en el Registro Electrónico General de la Diputación Provincial en virtud de lo dispuesto en los art. 14.2 y 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en adelante L.P.A.C.A.P.), debidamente suscrita por el/la representante legal de la entidad y contemplando los demás requisitos que señala el art. 66 de la L.P.A.C.A.P. y dirigidas al Ilmo. Sr. Presidente de la Diputación Provincial de Jaén.

https://sede.dipujaen.es/SolicitudGenerica

 

La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.