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Extracto de la convocatoria para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, para el Programa de Proyectos Territoriales para el Reequilibrio y la Equidad: Colectivos Vulnerables, regulado en el Capítulo IV del Título I del Decreto-ley 27/2021, de 14 de diciembre, por el que se aprueban con carácter urgente medidas de empleo en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia para Andalucía

Estado: Cerrada
Objeto de la convocatoria:

Convocar las subvenciones destinadas a la financiación de los siguientes Programas y medidas incluidos en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia aprobados en el mismo:
a) Línea 1. Programa de primera experiencia profesional en las administraciones públicas.
b) Línea 2. Programa Investigo.
c) Línea 3. Programa de apoyo a las mujeres en los ámbitos rural y urbano.
d) Línea 4. Nuevos Proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad. Colectivos vulnerables.
e) Línea 5. Nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad. Emprendimiento y microempresas. Empleo y transición productiva hacia la economía verde o la economía digital.
f) Línea 6. Nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad. Emprendimiento y microempresas: Transición del trabajo autónomo y de la economía social hacia una economía verde y digital.

El objeto del Programa Nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad Colectivos vulnerables. Línea 4,  es promover la inserción laboral y la atención personalizada de colectivos vulnerables mediante el desarrollo de proyectos integrados de inserción laboral, los cuales deberán incluir acciones de orientación y de formación.

Referencia: 611058

Publicación oficial: 03/03/2022

Fecha inicio convocatoria: 04/03/2022

Fecha fin convocatoria: 03/05/2022

Financiación: FONDOS NEXT GENERATION

Órgano gestor: Junta de Andalucía

Departamento: CONSEJERÍA DE EMPLEO, FORMACIÓN Y TRABAJO AUTÓNOMO

Tipo de ayuda: Subvención
Presupuesto: 40.237.772 euros
Sector: Empleo
Procedimiento de concesión: Concurrencia no competitiva
Ámbito geográfico: Andalucía
Beneficiarios:

1. Podrán ser beneficiarias de la subvención las siguientes entidades:
a) Entidades de formación.
b) Entidades sin ánimo de lucro.
c) Empresas de inserción, definidas en la Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la regulación del régimen de las empresas de inserción.
d) Entidades del tercer sector, entendiendo por tales las definidas y reguladas en la Ley 43/2015, de 9 de octubre, del Tercer Sector de Acción Social.
2. No podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las entidades que tengan la consideración de sector público.

A efectos de este programa, se entiende por colectivos vulnerables aquellos con especiales dificultades de acceso al mercado de trabajo, en concreto los siguientes:
a) Personas con discapacidad.
b) Personas paradas de larga duración. Se considerarán personas desempleadas de larga duración aquellas que hayan permanecido en situación de desempleo durante 12 meses dentro de los 18 meses anteriores al momento en que inicien su participación en proyecto, habiendo estado inscritas como demandantes de empleo durante ese mismo periodo.
c) Personas pertenecientes a minorías étnicas.
d) Personas demandantes de Empleo mayores de 45 años.
e) Personas inmigrantes.
f) Mujeres con problemas de integración social.
g) Personas desempleadas en riesgo de exclusión social
h) Personas perceptoras de prestaciones, subsidio por desempleo o Renta Activa de Inserción.

Cuantía de la ayuda:

La cuantía de la subvención será de 6.000 euros a percibir por cada persona participante que concluya el itinerario personalizado que se le haya diseñado.

Actividades subvencionables:

El concepto subvencionable será la financiación de los proyectos integrados para favorecer la inserción laboral de las personas pertenecientes a los colectivos vulnerables.

Las subvenciones a otorgar para el desarrollo de los proyectos integrados de inserción laboral se destinarán a financiar los costes de los itinerarios individualizados y personalizados de las personas participantes, incluyendo las acciones formativas, y las acciones de orientación y otras acciones facilitadoras de la inserción, que se organicen por parte de las entidades beneficiarias a favor de las personas participantes del colectivo indicados en el artículo 43, a fin de que concluyan los itinerarios que para ellas diseñen e implementen las entidades beneficiarias.

Requisitos:

a) Las personas contratadas deberán desarrollar funciones o tareas que sean competencia de las entidades beneficiarias. La competencia podrá ser propia u originaria, o bien ejercida por delegación, encargo o encomienda.
b) Que se favorezca la formación y práctica profesionales de las personas desempleadas que sean contratadas. A estos efectos las contrataciones deberán referirse a puestos de trabajo acordes a la formación académica y/o profesional de la persona contratada.
c) Las entidades beneficiarias deberán facilitar a las personas destinatarias información profesional, orientación o formación durante la vigencia de los contratos subvencionados y cumplir con todas las obligaciones de prevención de riesgos laborales que les correspondan. Además, se desarrollarán de manera adecuada medidas relacionadas con la actualización de los conocimientos digitales.
d) Las personas contratadas podrán contar con el asesoramiento de personal orientador del Servicio Andaluz de Empleo para la mejora de la empleabilidad durante toda la prestación de servicios.
e) En todo caso, las contrataciones objeto de subvención no podrán cubrir plazas de naturaleza estructural que estén o no dentro de las relaciones de puestos de trabajo, plantilla u otra forma de organización de recursos humanos, que estén contempladas en las distintas Administraciones Públicas y estén dotadas presupuestariamente.

La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.