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Extracto de la convocatoria para la concesión de subvenciones para Nuevos Proyectos Territoriales para el reequilibrio y la equidad. Emprendimiento y microempresa. Línea 5 Empleo y transición productiva hacia la economía verde o la economía digital, regulada en la Sección 1.ª del Capítulo V del Decretoley 27/2021, de 14 de diciembre, por el que se aprueban con carácter urgente, medidas de empleo en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia para Andalucía

Estado: Cerrada
Objeto de la convocatoria:

El mantenimiento del empleo de personas trabajadoras por cuenta ajena contratadas por microempresas y personas trabajadoras autónomas, así como el de las personas socias-trabajadoras y de trabajo de empresas de emprendimiento colectivo, para facilitar la transición productiva de su actividad hacia la economía verde y la economía digital.

Referencia: 623429

Publicación oficial: 12/05/2022

Fecha inicio convocatoria: 13/05/2022

Fecha fin convocatoria: 12/07/2022

Financiación: FONDOS NEXT GENERATION

Órgano gestor: Junta de Andalucía

Departamento: CONSEJERÍA DE EMPLEO, FORMACIÓN Y TRABAJO AUTÓNOMO

Tipo de ayuda: Subvención
Presupuesto: 10.000.000 euros
Sector: Empleo
Procedimiento de concesión: Concesión Directa
Ámbito geográfico: Andalucía
Beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones reguladas en la presente Sección las siguientes:

a) Las personas trabajadoras autónomas con domicilio fiscal en Andalucía.

A estos efectos, se consideran personas trabajadoras autónomas aquellas que se encuentren de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos.

b) Las microempresas, entendiéndose por tales aquéllas que no cuenten con más de diez trabajadores asalariados, y que tuvieran un volumen de negocio inferior a dos millones de euros.

c) Las cooperativas y sociedades laborales. En el caso de las cooperativas, deberán haber optado por la modalidad de asimilados a personas trabajadoras por cuenta ajena, a los efectos de la Seguridad Social.

Estas entidades deben desarrollar su actividad económica o empresarial y contar con centro de trabajo en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Cuantía de la ayuda:

 La cuantía de la subvención será de 4.500 euros a tanto alzado por persona o entidad beneficiaria. Esta cantidad tiene la consideración de módulo a efectos de la determinación del importe de la subvención y de su justificación, que se efectuarán por el régimen de módulos, de acuerdo con lo establecido en los artículos 76 a 79 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones. El módulo se ha configurado considerando el coste unitario por persona participante en el programa según el informe técnico realizado por el Servicio Público de Empleo Estatal para el cálculo de los costes unitarios.

Actividades subvencionables:

La actividad subvencionada consistirá en la realización por la persona o entidad beneficiaria de una iniciativa de mantenimiento en el empleo de los trabajadores que tuviera contratados en el momento de solicitar la subvención en un centro de trabajo ubicado en Andalucía, durante al menos seis meses desde la concesión de la subvención. En el caso de las cooperativas y sociedades laborales, deberán mantener durante el mismo plazo a los socios-trabajadores o de trabajo que estuvieran en alta, en el momento de solicitar la subvención.

Las subvenciones para el mantenimiento del empleo tendrán por objeto compensar parte de los costes salariales de las personas trabajadoras asalariadas de la microempresa o de la persona trabajadora autónoma, o de las personas socias-trabajadoras o de trabajo de la empresa beneficiaria, durante un plazo de seis meses, comprometiéndose la empresa beneficiaria a realizar en dicho plazo una actuación que facilite la transición de su actividad productiva hacia la economía verde o digital, según la línea de subvención solicitada y de acuerdo con lo establecido para la actividad subvencionada.

Requisitos:

Estas entidades deben desarrollar su actividad económica o empresarial, contar con centro de trabajo en la Comunidad Autónoma de Andalucía y estar dadas de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos.

La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.