Extracto de la Orden de 1 de septiembre de 2023, por la que se convocan para el período 2023-2024 las ayudas dirigidas a la transferencia de conocimientos e información a agricultores y ganaderos a través de la celebración de certámenes agroganaderos y agrícolas relacionados con el olivar, previstas en la Orden de 4 de mayo de 2016, por la que se aprueban las bases reguladoras de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a la transferencia de conocimientos e información a agricultores y ganaderos en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 (submedida 1.2)
Fomento de actuaciones que redundan en la transferencia de conocimientos e información relevantes para el sector agrario a través de la celebración de certámenes agroganaderos, de forma general y específicamente en el sector del olivar
Referencia: 715022
Publicación oficial: 12/09/2023
Fecha inicio convocatoria: 13/09/2023
Fecha fin convocatoria: 12/10/2023
Financiación: FEADER
Órgano gestor: Junta de Andalucía
Departamento: CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA Y DESARROLLO RURAL
– Los Ayuntamientos y Entidades Locales andaluzas que puedan prestar el servicio de transferencia de conocimiento e información mediante la organización de certámenes agrícolas relacionados con el olivar o agroganaderos en los términos establecidos en las bases reguladoras.
– Entidades sin ánimo de lucro, que puedan prestar el servicio de transferencia de conocimiento e información mediante la organización de certámenes agrícolas relacionados con el olivar o agroganaderos en los términos establecido en las bases reguladoras.
Para la operación 1.2.3 (actuación certámenes agroganaderos), los destinatarios finales de las actividades serán las personas que desarrollen sus actividades en el sector agrario, alimentario y forestal, a los gestores de tierras y a otros agentes económicos que constituyan PYME cuyo ámbito de actuación sean las zonas rurales.
Para la operación 1.2.1 (actuación certámenes agrícolas de olivar), los destinatarios finales de las actividades serán las personas que desarrollen sus actividades en el sector del olivar, a los gestores de tierras y a otros agentes económicos que constituyan PYME cuyo ámbito de actuación sean las zonas rurales de los territorios de olivar.
Cada entidad podrá ser beneficiaria de ayuda para 3 certámenes al año. La cuantía de la subvención se determinará a partir del número de expositores de medios de producción agrarios y las jornadas que se realicen en el mismo. Se diferencian los siguientes tipos de certámenes siendo su cuantía máxima:
1. Certamen ganadero tipo A. Cuantía máxima: 7.500 euros.
2. Certamen ganadero tipo B. Cuantía máxima: 20.000 euros.
3. Certamen ganadero tipo C. Cuantía máxima: 48.000 euros.
4. Certamen agrícola tipo A. Cuantía máxima: 7.500 euros.
5. Certamen agrícola tipo B. Cuantía máxima: 20.000 euros.
6. Certamen agrícola tipo C. Cuantía máxima: 40.000 euros.
Serán subvencionables aquellas actividades de transferencia de conocimientos e información a los agricultores y ganaderos a través de la organización y realización de certámenes agroganaderos que se celebren en Andalucía, con el siguiente contenido mínimo, siendo imprescindible el cumplimiento de este contenido mínimo para poder optar a la percepción de la subvención.
- Una jornada técnica que difunda conocimientos de la producción agrícola o ganadera, incluyendo cartelería, material divulgativo y personal técnico cualificado encargado de las ponencias.
- Una campaña publicitaria de información en el ámbito del certamen a lo largo de como mínimo 15 días de antelación al inicio del mismo, a través de prensa, radio o televisión.
- Publicación en la web de la entidad solicitante del calendario actualizado del certamen incluyendo enlaces e información sectorial relacionada así como información generada con motivo de la jornada.
Las entidades que organicen certámenes deberán estar debidamente capacitadas en términos de capacitación de personal y formación periódica para llevar a cabo las actividades objeto de subvención. en caso de no disponer de personal propio se procederá a la subcontratación de personal cualificado en relación con los temas de las jornadas técnicas a desarrollar.
http://juntadeandalucia.es/boja/2017/150/3
Orden de 31 de julio de 2017, por la que se modifica la Orden de 4 de mayo de 2016, por la que se aprueban las bases reguladoras de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a la transferencia de conocimientos e información a agricultores y ganaderos, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 (Submedida 1.2).
La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.