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Extracto de la Orden de 2 de junio de 2022, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, de medidas de apoyo urgentes para proyectos de «Construcción de nuevas instalaciones de preparación para la reutilización y el reciclado de otros flujos de residuos recogidos separadamente», dentro del Plan de Apoyo a la Implementación de la Normativa de Residuos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) – Financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU (línea 3, sublíneas 3.1, 3.2 y 3.3), y se efectúa su convocatoria en el año 2022

Estado: Cerrada
Objeto de la convocatoria:

El objeto de esta subvención es establecer una línea de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a gestores de residuos y municipios u otras entidades locales, tales como mancomunidades, o los consorcios constituidos por dichas entidades locales, que tengan asumida la competencia de prestar los servicios del tratamiento de los residuos, para proyectos de construcción de nuevas instalaciones de preparación para la reutilización y el reciclado de otros flujos de residuos recogidos separadamente, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía, desde una perspectiva de economía circular y, por tanto, contribuir a lograr una gestión y ahorro más sostenible de los recursos naturales, y al mismo tiempo cumplir con los objetivos establecidos en la normativa vigente, cumpliendo con las mejores prácticas adoptadas en toda la UE, manteniendo la prevención y el reciclaje.

Los proyectos objeto de esta línea de ayuda serán:
a) Construcción de instalaciones de preparación para la reutilización de flujos de residuos recogidos separadamente (sublínea 3.1).
b) Construcción de instalaciones de reciclado de residuos textiles (sublínea 3.2).
c) Construcción de instalaciones de reciclado de residuos de plástico (sublínea 3.3)

Referencia: 632042, 632043, 632044, 632045, 632046, 632047, 632048, 632049, 632050

Publicación oficial: 14/06/2022

Fecha inicio convocatoria: 15/06/2022

Fecha fin convocatoria: 07/07/2022

Financiación: FONDOS NEXT GENERATION

Órgano gestor: Junta de Andalucía

Departamento: AGENCIA ANDALUZA DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL PARA EL DESARROLLO

Tipo de ayuda: Subvención
Presupuesto: 1.978.424,16 euros
Sector: Agricultura, ganadería y pesca
Procedimiento de concesión: Concurrencia competitiva
Ámbito geográfico: Andalucía
Beneficiarios:

Podrán obtener la condición de entidades beneficiarias de esta línea de financiación:

1. Los municipios u otras entidades locales, tales como mancomunidades, o los consorcios constituidos por dichas entidades locales, que tengan asumida la competencia de prestar los servicios del tratamiento de los residuos, y que presenten proyectos que promuevan la construcción de nuevas instalaciones de preparación para la reutilización y el reciclado de otros flujos de residuos recogidos separadamente.
2. Gestores de residuos, que presenten proyectos que promuevan la construcción de nuevas instalaciones de preparación para la reutilización y el reciclado de otros flujos de residuos recogidos separadamente

Cuantía de la ayuda:

a) Para los municipios u otras entidades locales, tales como mancomunidades, o los consorcios constituidos por dichas entidades locales, que tengan asumida la competencia de prestar los servicios del tratamiento de los residuos, la financiación máxima otorgada para las actuaciones reguladas en estas bases no excederá del 90% del coste total subvencionable del proyecto, hasta un límite máximo de 500.000 € según las características.

b) Para gestores de residuos que presenten proyectos que promuevan la construcción de nuevas instalaciones de preparación para la reutilización y el reciclado de otros flujos de residuos recogidos separadamente:

i. No podrán recibir una subvención total por beneficiario superior a 200.000 € en tres ejercicios fiscales, importe resultante de aplicar el Reglamento (UE) núm. 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado a las ayudas de minimis prorrogado por el Reglamento (UE) núm. 2020/972 de la Comisión, de 2 de julio de 2020. La financiación máxima otorgada no deberá exceder del 90% de los costes subvencionables.

ii. En el caso de que la ayuda a la empresa se dicte al amparo del Decreto 303/2015, de 21 de julio de 2015, se establece un límite máximo de 500.000 €

Actividades subvencionables:

Para el proyecto:. Construcción de instalaciones de preparación para la reutilización de flujos de residuos recogidos separadamente (sublínea 3.1):

Serán conceptos financiables:

a) La construcción de la instalación dedicada a la preparación para la reutilización, incluyendo zona de almacenaje y superficie destinada a la venta de los productos recuperados. La financiación se limitará a los conceptos mínimos para un adecuado funcionamiento de la instalación, y el proyecto cumplirá con todos los requisitos que la normativa sectorial pueda imponer a estas instalaciones. No se incluyen instalaciones auxiliares, como oficinas.

b) Los elementos de almacenamiento adecuado tanto para los residuos recibidos como para los productos recuperados, como jaulas o estanterías.

c) La maquinaria y herramientas necesarias para desarrollar los trabajos de preparación para la reutilización. No se incluye en este concepto material fungible u otro tipo de maquinaria y herramientas que no sean necesarias para el desarrollo de la actividad.

d) Formación para los trabajadores de la instalación.

e) Campaña de comunicación, una vez terminada la instalación y dirigida a concienciar a la población cercana de la entrega de residuos para su preparación para la reutilización.

f) La adquisición de software y hardware para el control y la trazabilidad tanto de los residuos recibidos y generados, como de los productos recuperados.

g) En el caso de que el proyecto afecte a flujos de residuos cubiertos por la responsabilidad ampliada del productor, no será financiable la parte atribuible a la responsabilidad ampliada del productor.

h) La financiación de los trabajos de redacción del proyecto, la dirección facultativa y estudio de seguridad y salud.

Para el proyecto:. Construcción de instalaciones de reciclado de residuos textiles (sublínea 3.2):

Serán conceptos financiables los siguientes:

a) La construcción (incluyendo la adecuación del terreno) de la instalación dedicada al reciclado de los residuos textiles, incluyendo las zonas de almacenamiento. No se incluyen las instalaciones auxiliares (como oficinas, almacenes para maquinaria, etc.).

b) La maquinaria y herramientas estrictamente necesarias para el proceso de reciclado, incluyendo aquella necesaria para la clasificación de los residuos textiles, su tratamiento mecánico (bobinado, corte, etc.) o tratamiento fisicoquímico (incluidos procesos térmicos). No se incluye en este concepto material fungible u otro tipo de maquinaria y herramientas que no sean estrictamente necesarias para el reciclado de los residuos textiles.

c) Instalaciones o elementos para el almacenamiento tanto de los residuos textiles objeto de tratamiento como de los materiales obtenidos tras el proceso de reciclado.

d) La financiación de los trabajos de redacción del proyecto, la dirección facultativa y estudio de seguridad y salud.

Para el proyecto:. Construcción de instalaciones de reciclado de residuos de plástico (sublínea 3.3):

Serán conceptos financiables los siguientes:

a) La construcción (incluyendo la adecuación del terreno) de la instalación dedicada al reciclado de los residuos de plásticos, incluyendo las zonas de almacenamiento. No se incluyen las instalaciones auxiliares (como oficinas, almacenes para maquinaria, etc).

b) La maquinaria y herramientas estrictamente necesarias para el proceso de reciclado. Los procesos empleados deberán incluir necesariamente etapas de descontaminación de los plásticos tratados. No se incluye en este concepto material fungible u otro tipo de maquinaria y herramientas que no sean estrictamente necesarias para el reciclado de los residuos de plásticos.

c) La modificación de los tratamientos empleados en instalaciones de reciclado de residuos de plásticos ya existentes cuyo objetivo sea obtener un material que alcance la calidad necesaria para su entrada en contacto con alimentos.

d) La financiación de los trabajos de redacción del proyecto, la dirección facultativa y estudio de seguridad y salud.

Requisitos:

Las entidades beneficiarias deberán cumplir con los requisitos que les correspondan previstos en la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, conforme al procedimiento y formato establecidos en la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, tanto a nivel de cumplimiento de hitos y objetivos, etiquetado verde y digital, como de ejecución presupuestaria y contable, entre otros.

https://www.juntadeandalucia.es/eboja/2022/125/BOJA22-125-00002-10778-01_00264066.pdf

Orden de 23 de junio de 2022, por la que se amplía el plazo para la presentación de solicitudes de ayudas al amparo de la Orden de 2 de junio de 2022, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, de medidas de apoyo urgentes para proyectos de construcción de nuevas instalaciones de preparación para la reutilización y el reciclado de otros flujos de residuos recogidos separadamente, dentro del Plan de Apoyo a la Implementación de la Normativa de Residuos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) ‒Financiado por la Unión Europea‒ NextGenerationEU (línea 3, sublíneas 3.1, 3.2 y 3.3), y se efectúa su convocatoria en el año 2022.

La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.