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Extracto de la Orden de 21 de abril de 2023 por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, a las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Andalucía para la creación de Unidades Activas de Ejercicio Físico o denominación equivalente (UAEF,s), dentro del marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia «NextGenerationEU», y se efectúa su convocatoria

Estado: Cerrada
Objeto de la convocatoria:

Creación de Unidades Activas de Ejercicio Físico o denominación equivalente (UAEF,s) en los municipios y entidades locales autónomas de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Referencia: 693161

Publicación oficial: 16/05/2023

Fecha inicio convocatoria: 17/05/2023

Fecha fin convocatoria: 30/06/2023

Financiación: FONDOS NEXT GENERATION

Órgano gestor: Junta de Andalucía

Departamento: CONSEJERÍA DE TURISMO Y DEPORTE

Tipo de ayuda: Subvención
Presupuesto: 328.456,08 euros
Sector: Deporte
Procedimiento de concesión: Concesión Directa
Ámbito geográfico: Andalucía
Beneficiarios:

Entidades locales andaluzas (provincias, municipios o entidades locales autónomas) que, de acuerdo con la normativa legal y reglamentaria aplicable al ámbito local ostenten las competencias relacionadas con la finalidad prevista en la presente orden, siempre que ostenten la disponibilidad, a título de propiedad o cesión de instalaciones adecuadas para el ejercicio de su función por parte de las UAEF,s

Cuantía de la ayuda:

La cuantía será de hasta el 100% de la actividad subvencionada. La cuantía máxima para cada subvención concedida será de 6.000 euros.

Actividades subvencionables:

a) Costes inherentes a la transmisión por terceros, en virtud de cesión, arrendamiento, usufructo u otro negocio jurídico de similar naturaleza, de espacios físicos como los de preparación de los emplazamientos físicos donde deban estar ubicadas las Unidades Activas de Ejercicio Físico, los correspondientes a la entrega inicial y los de manipulación o transporte posterior, los relativos a la instalación, los honorarios profesionales, tales como los pagados a arquitectos, ingenieros o fedatarios públicos, así como las comisiones y remuneraciones pagadas a agentes o intermediarios.
b) Costes derivados de la adaptación, mediante obras de reforma, mantenimiento o conservación de los emplazamientos físicos donde deban estar ubicadas las UAEF,s, así como los de materiales, bienes, servicios y, en general, cuantos gastos se deriven y sean necesarios para la ejecución de la obra, incluso los salarios de las personas contratadas o adscritas a la ejecución de las obras, siempre que no se realicen por el personal propio de la entidad solicitante. Estos salarios corresponderán a contrataciones temporales por el período que dure la realización de la inversión respectiva, dentro de los términos y condiciones que al efecto establezca la Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma del ejercicio.
c) Los honorarios por redacción de proyectos, peritaciones, etc, relacionados con la transmisión o cesión por terceros de espacios físicos o con las obras de reforma, mantenimiento o conservación expuestas en los apartados anteriores.
d) La adquisición del mobiliario y equipamiento necesario para dotar las sedes, siempre que estén directamente relacionados con las actividades de las UAEF,s, así como los gastos de transporte, entrega e instalación de maquinarias y equipos.
e) Programas informáticos o sistemas operativos integrados en equipos afectos directamente a las actividades de las UAEF,s sin los que dichas Unidades no puedan funcionar correctamente, así como los costes de licencias y otros derechos intangibles que sea necesarios para su puesta en marcha y funcionamiento.
f) Otros gastos derivados de trabajos realizados por empresas o profesionales que se consideran imprescindibles para ejecutar la inversión.

Requisitos:

las Entidades locales beneficiarias deberán ostentar la propiedad o el derecho de uso ya sea en virtud de cesión, arrendamiento, usufructo u otro negocio jurídico de similar naturaleza de las instalaciones adecuadas para el ejercicio de su función por parte de las UAEF,s

https://www.juntadeandalucia.es/eboja/2023/125/BOJA23-125-00015-11282-01_00286307.pdf      Corrección de errores de la Orden de 21 de abril de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, a las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Andalucía para la creación de Unidades Activas de Ejercicio Físico o denominación equivalente (UAEF,s), dentro del marco del Plan de  Recuperación, Transformación y Resiliencia.

La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.