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Extracto de la Orden de 21 de noviembre de 2022, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, de carácter temporal excepcional destinadas a agricultores y ganaderos especialmente afectados por la invasión de Ucrania por parte de Rusia, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2022 (Medida 22), y se efectúa su convocatoria

Estado: Cerrada
Objeto de la convocatoria:

Proporcionar asistencia de emergencia a los agricultores y ganaderos de los sectores productivos especialmente afectados por la invasión de Ucrania por parte de Rusia, con el fin de garantizar la continuidad de su actividad empresarial.

Referencia: 659898

Publicación oficial: 24/11/2022

Fecha inicio convocatoria: 25/11/2022

Fecha fin convocatoria: 12/12/2022

Financiación: FEADER

Órgano gestor: Junta de Andalucía

Departamento: CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y DESARROLLO SOSTENIBLE

Tipo de ayuda: Subvención
Presupuesto: 36.858.549 euros
Sector: Agricultura, ganadería y pesca
Procedimiento de concesión: Concurrencia no competitiva
Ámbito geográfico: Andalucía
Beneficiarios:

Podrán obtener la condición de personas o entidades beneficiarias de las subvenciones los agricultores y ganaderos, personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes y cualquier otro tipo de unidad económica o de patrimonio separado sin personalidad jurídica pero con personalidad fiscal, que reúnan los requisitos establecidos en el apartado cuatro de las bases reguladoras.

Cuantía de la ayuda:

La ayuda consistirá en el pago de una cantidad a tanto alzado sobre la base de las solicitudes de ayuda aprobadas. El importe máximo de la ayuda no podrá superar los 15.000 euros por beneficiario.

Actividades subvencionables:

Economía circular, gestión de nutrientes, uso eficiente de los recursos, o producción respetuosa con el medioambiente y el clima.

Requisitos:

a) Ser titular de una explotación agrícola, o de una unidad productiva ganadera, en la Comunidad Autónoma de Andalucía, dedicada a alguno de los sectores enunciados en el apartado primero de estas bases reguladoras y que cumpla con lo establecido en el Anexo I «Requisitos de admisibilidad y cuantía de las ayudas» de estas bases reguladoras.
b) En el caso de explotaciones agrícolas, esta deberá haber estado inscrita en el Registro de Explotaciones Agrarias y Forestales de Andalucía (REAFA) a fecha 15 de noviembre de 2022; en el caso de unidades productivas ganaderas, esta deberá haber estado activa en el Sistema de Información y Gestión Ganadera de Andalucía (SIGGAN) contemplado en el Decreto 14/2006, de 18 de enero, a fecha 15 de noviembre de 2022.
c) Disponer de una dimensión mínima de la explotación o unidad productiva, dedicados al sector productivo por el que se solicita la ayuda, a fecha 15 de noviembre de 2022, igual o superior a los mínimos descritos en el Anexo I «Requisitos de admisibilidad y cuantía de las ayudas» de estas bases reguladoras. A tal efecto, en el caso en que un mismo beneficiario sea titular de más de una unidad productiva ganadera, se sumarán las hembras reproductoras o capacidades máximas de todas sus unidades productivas localizadas en la Comunidad Autónoma de Andalucía para cada uno de los sectores de actividad enunciados en el apartado primero de estas bases reguladoras.
d) Estar realizando en su explotación alguna actividad o práctica relacionada con al menos uno de los siguientes objetivos: economía circular, gestión de nutrientes, uso eficiente de los recursos, o producción respetuosa con el medioambiente y el clima.

Se dará por cumplido en todo caso este requisito cuando quede acreditado al menos alguno de los siguientes supuestos:
1. Haber percibido en la campaña 2022 el pago por prácticas agrícolas beneficiosas para el clima o el medioambiente.
2. Haber sido beneficiario en la campaña 2022 de alguna ayuda sujeta a condicionalidad y no haber sido penalizados por incumplimientos de la misma en relación a los pagos correspondientes a la campaña 2021 o 2022.
3. Haber percibido en la campaña 2021 alguna de las ayudas previstas en el Programa de Desarrollo Rural de Andalucía, en el marco de los apartados a) y d) del artículo 17 y de los artículos 28, 29, 30, 31 y 33 del Reglamento 1305/2013.
4. Ser operador ecológico certificado en el Sistema de Información de la producción ecológica (SIPEA).
5. Estar inscrito en el Registro de Producción Integrada de Andalucía (PRIN).
6. Haber realizado entregas de los envases agrarios utilizados durante el año 2021 o 2022 a puntos de recogida de Sigfito Agroenvases, S.L.
e) En caso de agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas sin personalidad, se deberá hacer constar la persona representante o apoderado único de la agrupación, con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como entidad beneficiaria, corresponden a la agrupación.

La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.