Extracto de la Orden de 21 de noviembre de 2022, por la que se convocan para el ejercicio 2022 las ayudas previstas en la Orden de 2 de julio de 2019, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas en régimen de concurrencia no competitiva destinadas a explotaciones ganaderas afectadas por sequía, acogidas al régimen de mínimis
Apoyar a las explotaciones ganaderas y paliar de esta manera las dificultades que dichas explotaciones están sufriendo debido a la situación de sequía en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Referencia: 659883
Publicación oficial: 24/11/2022
Fecha inicio convocatoria: 25/11/2022
Fecha fin convocatoria: 12/12/2022
Financiación: OTRO
Órgano gestor: Junta de Andalucía
Departamento: CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA Y DESARROLLO RURAL
Podrán ser personas beneficiarias de estas ayudas las personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes y sociedades civiles sin personalidad jurídica, que sean titulares de alguna unidad productiva según la definición del artículo 2, del Decreto 14/2006, de 18 de enero, por el que se crea y regula el Registro de Explotaciones Ganaderas de Andalucía, a fecha 1 de noviembre de 2022, de alguna de las especies y clasificaciones zootécnicas previstas en el el resuelvo cuarto de la convocatoria.
La ayuda consistirá en una subvención por Unidad de Ganado Mayor (UGM) de 8,11 euros/UGM, sin perjuicio de los posibles prorrateos que se lleven a cabo según lo dispuesto en el resuelvo noveno de la convocatoria de ayudas. El importe máximo a recibir por un beneficiario será de 2.433,00 euros, equivalente a 300 UGM.
La ayuda se concederá en atención a los animales que consten en el SIGGAN en la unidad productiva a fecha de 15 de noviembre de 2022 que cumplan la siguiente definición:
• Bovino: Vaca nodriza, considerada como la vaca de al menos 24 meses de edad, con una equivalencia de conversión de 1 Unidad de Ganado Mayor (UGM).
• Ovino y caprino: Hembra reproductora, considerada como la oveja o cabra de al menos 12 meses de edad, con una equivalencia de conversión de 0,15 Unidades de Ganado Mayor (UGM).
- Ser titular de alguna unidad productiva según la definición del artículo 2 del Decreto 14/2006, de 18 de enero, por el que se crea y regula el Registro de Explotaciones Ganaderas de Andalucía, a fecha 15 de noviembre de 2022, de alguna de las siguientes clasificaciones zootécnicas dentro de los siguientes sectores de actividad:
a) Bovino:
REPRODUCCIÓN PARA CARNE
PASTOS, MONTES Y FINCAS EN COMÚN
PASTOS TEMPORALES O EXCEPCIONALES
REPRODUCCIÓN+CEBO (MIXTA)
REPRODUCTORES DE LIDIA
ANIMALES PARA LIDIA
REPRODUCCIÓN CARNE+REPRODUCCIÓN LIDIA
EXPLOTACIÓN DE CABESTROS
RECRÍA DE NOVILLAS
b) Ovino:
REPRODUCCIÓN PARA PRODUCCIÓN DE CARNE
REPRODUCCIÓN MIXTA
PASTOS TEMPORALES
PASTOS EN COMÚN
c) Caprino:
REPRODUCCIÓN PARA PRODUCCIÓN DE LECHE
REPRODUCCIÓN PARA PRODUCCIÓN DE CARNE
REPRODUCCIÓN MIXTA
PASTOS TEMPORALES
PASTOS EN COMÚN - El ámbito territorial de aplicación de la presente convocatoria de ayudas abarca todas las comarcas agrarias de Andalucía.
La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.