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Extracto de la Orden de 21 de noviembre de 2023, por la que se efectúa convocatoria para el ejercicio 2023, de las ayudas dirigidas a la promoción del mercado interior de productos agroalimentarios amparados por un régimen de calidad, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2022, al amparo de la Orden de 21 de abril de 2016 de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural (Submedida 3.2, Operaciones 3.2.1 y 3.2.3).

Estado: Cerrada
Objeto de la convocatoria:

Apoyar las actividades de promoción realizadas por entidades en el mercado interior, en relación con productos amparados por alguno de los regímenes de calidad de los enumerados en el artículo 16.1 del Reglamento (UE) núm. 1305/2013 del Parlamento y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) y por el que se deroga el Reglamento (CE) núm. 1698/2005 del Consejo.

Referencia: 728853-728854

Publicación oficial: 30/11/2023

Fecha inicio convocatoria: 01/12/2023

Fecha fin convocatoria: 31/12/2023

Financiación: FEADER

Órgano gestor: Junta de Andalucía

Departamento: AGENCIA ANDALUZA DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL PARA EL DESARROLLO

Tipo de ayuda: Otro
Presupuesto: 2.966.450,28 euros
Sector: Agricultura, ganadería y pesca
Procedimiento de concesión: Concurrencia competitiva
Ámbito geográfico: Andalucía
Beneficiarios:

Línea 1: Los Consejos Reguladores y las asociaciones, federaciones de entidades agroalimentarias y asociativas agrarias, sin ánimo de lucro, y fundaciones y organizaciones empresariales del sector agrario, así como agrupaciones de productores con personalidad jurídica, sin ánimo de lucro, que participen en un programa de calidad de los alimentos de los enumerados en el artículo 16.1 del Reglamento (UE) núm. 1305/2013, del Parlamento y del Consejo de 17 de diciembre de 2013, en relación con un producto agrícola, ganadero o alimenticio concreto producido en Andalucía excluido el sector oleícola y aceituna de mesa.
Línea 2: Los Consejos Reguladores y Asociaciones y Federaciones de entidades agroalimentarias y asociativas agrarias, Fundaciones y Organizaciones Empresariales del sector agrario, así como agrupaciones de productores con personalidad jurídica, sin ánimo de lucro, que participen en un programa de calidad de los alimentos de los enumerados en el artículo 16.1 del Reglamento (UE) núm. 1305/2013, del Parlamento y del Consejo de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) y por el que se deroga el Reglamento (CE) núm. 1698/2005 del Consejo, en relación con un producto agrícola o alimenticio en el sector del olivar y la aceituna de mesa producido en Andalucía.

Cuantía de la ayuda:

La dotación de cada una de las líneas es la que figura en el cuadro del apartado primero. El importe máximo por persona beneficiaria y convocatoria es de 200.000,00 euros, excepto para Consejos Reguladores que gestionen más de una Denominación de
Origen, incluidas en el Plan de Promoción presentado, en cuyo caso, se incrementa la cuantía máxima a 300.000,00 euros. El importe de la ayuda consistirá en un porcentaje de subvención del 70% de los costes subvencionables de la actividad. Asimismo, la  cuantía máxima de la subvención por persona beneficiaria y convocatoria no podrá superar el importe correspondiente a 1,5 veces el presupuesto aprobado de la entidad correspondiente al ejercicio anterior.

Actividades subvencionables:

Apoyar las actividades de promoción realizadas por entidades en el mercado interior.

Requisitos:

4.a) Personas o entidades que pueden solicitar las subvenciones y requisitos que deben reunir:
4.a).1º. Podrán solicitar las subvenciones objeto de las presentes bases reguladoras las siguientes personas o entidades:
a) Los Consejos Reguladores que participen en un programa de calidad de los alimentos de conformidad con lo establecido en el punto 2 del presente cuadro resumen.
Los Consejos Reguladores que gestionen más de una Denominación de Origen sólo podrán obtener una subvención al amparo de esta Orden, para lo que deberán presentar una única solicitud por Consejo.
b) Asociaciones y Federaciones de entidades agroalimentarias y asociativas agrarias, Fundaciones y Organizaciones Empresariales del sector agrario, así como agrupaciones de productores, sin ánimo de lucro, que participen en un programa de calidad de los alimentos de los enumerados en el punto 2 del presente cuadro resumen, en relación con un producto agrícola, ganadero o alimenticio concreto producido en Andalucía.
4.a).2º. Requisitos que deben reunir quienes soliciten la subvención:
Las personas beneficiarias deberán:
– Tener su sede social en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
– Presentar y ejecutar un plan de promoción de productos amparados por un programa de calidad de los enumerados en el apartado 2.a) del presente cuadro resumen.

Orden de 21 de abril de 2016 de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a la promoción en el mercado interior de productos agroalimentarios amparados por un régimen de calidad, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 (submedida 3.2, operaciones 3.2.1 y 3.2.3) (BOJA número 76, de 22.4.2016), y las Órdenes de 22 de junio de 2017 (BOJA número 122, de 28.6.2017) y de 6 de julio de 2021 (BOJA número 133, de 13.7.2021), por las que se modifica la anterior

La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.