Extracto de la Orden de 24 de julio de 2022, por la que se convocan para 2022 las ayudas previstas en la Orden de 30 de junio de 2016, por la que se regulan las subvenciones en régimen de concurrencia competitiva dirigidas a la conservación y el uso y desarrollo sostenibles de los recursos genéticos en la ganadería, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2022 (operación 10.2.1).
Apoyo a la conservación y el uso y desarrollo sostenibles de los recursos genéticos en la ganadería.
Referencia: 641048
Publicación oficial: 05/08/2022
Fecha inicio convocatoria: 08/08/2022
Fecha fin convocatoria: 30/09/2022
Financiación: OTRO
Órgano gestor: Junta de Andalucía
Departamento: CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA Y DESARROLLO RURAL
Podrán ser entidades beneficiarias de esta línea de ayuda organizaciones de criadores o sus asociaciones miembros con ámbito de actuación en Andalucía y competencias delegadas en la gestión de los libros genealógicos, que a fecha de la solicitud de ayudas, se encuentren oficialmente reconocidas en el marco de la normativa vigente para la creación o la gestión de los libros genealógicos y el desarrollo de los programas de mejora, y cuyas explotaciones ganaderas se encuentran inscritas en el sistema nacional de información ARCA, conforme al artículo 25 del Real Decreto 2129/2008, de 26 de diciembre, por el que se establece el programa nacional de conservación, mejora y fomento de las razas ganaderas.
Las organizaciones o asociaciones deberán ser de alguna de las razas siguientes:
Especie bovina: Berrenda en colorado, Berrenda en negro, Cárdena andaluza, Marismeña, Negra andaluza, Pajuna, Retinta, Lidia.
Especie ovina: Churra lebrijana, Lojeña, Merina, Merina de Grazalema, Montesina, Segureña, Merino Precoz.
Especie caprina: Blanca andaluza, Blanca celtibérica, Florida, Malagueña, Murciano granadina, Negra serrana, Payoya.
Especie porcina: Ibérica.
Especie equina: Hispano-árabe, Hispano-bretón, Marismeña, Pura raza español, Caballo de las Retuertas.
Especie asnal: Andaluza.
Especie aviar: Andaluza azul, Combatiente español, Utrerana
Para las actividades focalizadas en materia de ganadería, la ayuda se basará en baremos estándar de costes unitarios, conforme a lo establecido en el artículo 67.1.b) y al artículo 67.5.a) del Reglamento (UE) núm. 1303/2013 y a lo especificado en el anexo.
Adicionalmente, se establecen las siguientes limitaciones:
– Por inscripción de animales en libros (A) la cuantía máxima será de 85.000 euros/entidad/anualidad completa.
Para el resto de actividades focalizadas en ganadería (B, C y D) no podrán superarse en conjunto la cuantía de 190.000 euros/entidad/anualidad completa.
– Dentro de los compromisos voluntarios, para los análisis genéticos (C), se establece una cuantía máxima de 30.000 euros/entidad/anualidad completa.
Además de lo establecido en el apartado 5.a) del cuadro resumen, se establecen los siguientes costes unitarios de las actuaciones focalizadas en ganadería, relacionadas con el tipo de compromiso.
Para las actividades focalizadas en materia de ganadería, la ayuda se basará en baremos estándar de costes unitarios, conforme a lo establecido en el artículo 67.1.b) y al artículo 67.5.a) del Reglamento (UE) núm. 1303/2013 y a lo especificado en el anexo.
Adicionalmente, se establecen las siguientes limitaciones:
– Por inscripción de animales en libros (A) la cuantía máxima será de 85.000 euros/entidad/anualidad completa.
Para el resto de actividades focalizadas en ganadería (B, C y D) no podrán superarse en conjunto la cuantía de 190.000 euros/entidad/anualidad completa.
– Dentro de los compromisos voluntarios, para los análisis genéticos (C), se establece una cuantía máxima de 30.000 euros/entidad/anualidad completa.
Además de lo establecido en el apartado 5.a) del cuadro resumen, se establecen los siguientes costes unitarios de las actuaciones focalizadas en ganadería, relacionadas con el tipo de compromiso.
Para las actividades concertadas, la cuantía máxima será de 18.000,00 euros/entidad/anualidad completa.
Para las actividades de acompañamiento, la cuantía máxima será de 15.000,00 euros/entidad/anualidad completa. Adicionalmente, el gasto máximo por jornada se calculará multiplicando el número de horas de la jornada, por 10,00 euros por persona asistente, por el número total de asistentes.
De conformidad con las bases, las organizaciones de criadores o sus asociaciones miembros con ámbito de actuación en Andalucía y competencias delegadas en la gestión de los libros genealógicos, que a fecha de la solicitud de ayudas, se encuentren oficialmente reconocidas en el marco de la normativa vigente para la creación o la gestión de los libros genealógicos y el desarrollo de los programas de mejora, y cuyas explotaciones ganaderas se encuentran inscritas en el sistema nacional de información ARCA
Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el presente BOJA junto con la Convocatoria. Asimismo, estarán a disposición de las personas solicitantes en la dirección: https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/ 25090.html
La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.