Extracto de la Orden de 26 de julio por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas para proyectos tractores 5G de digitalización sectorial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
Constituye el objeto de esta convocatoria la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para la realización de proyectos de desarrollo experimental en el marco de la tecnología 5G que consigan la transformación digital de un sector económico.
Referencia: 644360
Publicación oficial: 18/08/2022
Fecha inicio convocatoria: 19/08/2022
Fecha fin convocatoria: 08/09/2022
Financiación: FONDOS NEXT GENERATION
Órgano gestor: Administración General del Estado
Ministerio: MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL
Órgano: SECRETARÍA DE ESTADO DE TELECOMUNICACIONES E INFRAESTRUCTURAS DIGITALES
Podrán tener la condición de beneficiarios, en los términos que establezcan las correspondientes convocatorias efectuadas al amparo de esta orden, las siguientes entidades, conforme a la definición detallada en el anexo II de las bases reguladoras:
a. Empresas.
b. Organismos de investigación y de difusión de conocimientos.
La cuantía total máxima de las ayudas convocadas es de 60,7 millones de euros para el año 2022, y 30 millones para el año 2023, en subvenciones.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 25 del Reglamento General de Exención por Categorías, las intensidades brutas de ayuda (se entiende por ayuda el importe bruto de la subvención antes de deducciones fiscales o de otro tipo) son las siguientes:
TIPO DE PROYECTOS | INTENSIDADES BRUTAS MÁXIMAS DE AYUDAS EN FORMA DE SUBVENCIÓN A LOS BENEFICIARIOS | ||
---|---|---|---|
EMPRESAS NO PYME | MEDIANAS EMPRESAS | PEQUEÑAS EMPRESAS | |
Proyectos de desarrollo experimental | Hasta el 25% del coste subvencionable del proyecto | Hasta el 35% del coste subvencionable del proyecto. | Hasta el 45% del coste subvencionable del proyecto |
Las ayudas se destinarán a cubrir los costes relacionados con el desarrollo y ejecución de las actividades para las que hayan sido concedidas, en los términos previstos en el artículo 31 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Los gastos subvencionables se encuentran regulados en el artículo 20 de la Orden de Bases reguladoras de estas ayudas, establecidas por la Orden ETD/806/2022, de 26 de julio. En el Anexo 2 de la convocatoria de estas ayudas se recogen instrucciones sobre los conceptos financiables.
Podrán recibir ayudas los proyectos de desarrollo experimental con TRLs 5-6 en el marco de la tecnología 5G que consigan la transformación digital en alguno de los siguientes sectores económicos:
- Vehículo conectado
- Salud y servicios sociales
- Turismo
- Servicios portuarios y aeroportuarios
- Agricultura, ganadería, silvicultura y pesca
- Suministro de agua, actividades de saneamiento, gestión de residuos y descontaminación
- Medio ambiente y calidad del aire
- Comercio
- Almacenamiento y logística
- Educación
- Energía
- Gestión de emergencias
- Industria extractiva y manufacturera
- Seguridad
- Hostelería
- Información y comunicaciones
- Actividades financieras y de seguros
- Actividades inmobiliarias
- Defensa y seguridad
- Movilidad y transporte
- Construcción
- Actividades artísticas, recreativas y de entretenimiento
- Industria Naval
- Otros servicios
Los proyectos deberán contar con un presupuesto mínimo de 3 millones de euros y un máximo de 15 millones de euros.
La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.