Extracto de la Orden de 30 de diciembre de 2022 por la que se aprueba la convocatoria 2022 de ayudas a «Proyectos de Generación de Conocimiento» y actuaciones para la formación de personal investigador predoctoral asociadas a dichos proyectos.
El objeto de esta convocatoria es financiar la realización de proyectos de investigación dirigidos tanto a fomentar la generación y el avance significativo del conocimiento científico y la investigación de calidad contrastada como a avanzar hacia la búsqueda de soluciones a los desafíos de la sociedad. Los proyectos de investigación que se financien serán de las siguientes modalidades:
a) Proyectos de «Investigación No Orientada», sin orientación temática previamente definida, que tienen como objetivo principal avanzar en el conocimiento, independientemente del horizonte temporal y del ámbito de aplicación.
b) Proyectos de «Investigación Orientada», que persiguen la resolución de problemas concretos y vinculados a las prioridades temáticas asociadas a los grandes desafíos de la sociedad, del Plan Estatal de Investigación Científica, Técnica y de Innovación 2021-2023.
Asimismo, se podrán financiar actuaciones encaminadas a la formación de personal investigador predoctoral mediante la realización de una tesis doctoral asociadas a los proyectos de investigación mencionados.
Referencia: 662668
Publicación oficial: 03/01/2023
Fecha inicio convocatoria: 10/01/2023
Fecha fin convocatoria: 31/01/2023
Financiación: FEDER
Órgano gestor: Administración General del Estado
Ministerio: MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
Órgano:
Podrán ser entidades beneficiarias de las ayudas, de conformidad con el artículo 7 de la convocatoria, los organismos públicos de investigación, las universidades públicas y privadas, las entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas sin ánimo de lucro, los Institutos de investigación sanitaria acreditados, los Centros Tecnológicos y los Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica, y otros centros de I+D+i, públicos y privados sin ánimo de lucro.
También podrán ser entidades beneficiarias los centros de I+D a que se refiere la disposición adicional decimocuarta de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, y los centros públicos de I+D+i de investigación agraria o alimentaria dependientes de las Comunidades Autónomas, integrados en el sistema INIA (CSIC)-CCAA y otros órganos análogos que desarrollen actividades de I+D+I.
La cuantía total máxima destinada a financiar las ayudas de esta convocatoria será de 625.393.679,41 euros, siendo 475.393.679,41 euros en forma de subvención y 150.000.000,00 euros en forma de anticipo reembolsable FEDER, con cargo a las aplicaciones presupuestarias 28.303.463B.750 y 28.07.463B.82115, correspondientes de los Presupuestos Generales del Estado para el ejercicio 2023, y sus equivalentes en ejercicios posteriores, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias.
Proyectos de investigación dirigidos tanto a fomentar la generación y el avance significativo del conocimiento científico y la investigación de calidad contrastada como a avanzar hacia la búsqueda de soluciones a los desafíos de la sociedad. Los proyectos de investigación que se financien serán de las siguientes modalidades:
a) Proyectos de «Investigación No Orientada», sin orientación temática previamente definida, que tienen como objetivo principal avanzar en el conocimiento, independientemente del horizonte temporal y del ámbito de aplicación.
b) Proyectos de «Investigación Orientada», que persiguen la resolución de problemas concretos y vinculados a las prioridades temáticas asociadas a los grandes desafíos de la sociedad, del Plan Estatal de Investigación Científica, Técnica y de Innovación 2021-2023.
Asimismo, se podrán financiar actuaciones encaminadas a la formación de personal investigador predoctoral mediante la realización de una tesis doctoral asociadas a los proyectos de investigación mencionados
Las solicitudes serán evaluadas de acuerdo con los siguientes criterios:
a) Calidad y viabilidad de la propuesta.
b) Calidad y trayectoria de los componentes del proyecto.
c) Impacto científico, económico y social esperado de los resultados.
d) Adecuación del presupuesto solicitado.
La descripción de los criterios y sus subcriterios, así como su valoración y umbrales, se determinan en el Anexo I de la convocatoria.
La cumplimentación y envió telemático de la solicitud deberá realizarse obligatoriamente a través de los medios electrónicos habilitados para ello en la sede electrónica del Ministerio de Ciencia e Innovación. https://ciencia.sede.gob.es/
La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.