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Extracto de la Orden de 6 de octubre de 2022 por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a Entidades Locales y a Entidades Privadas sin ánimo de lucro, para el desarrollo de proyectos en materia de conciliación y corresponsabilidad en el marco del Plan Corresponsables, en el ámbito de las competencias de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, y se efectúa su convocatoria en el año 2022

Estado: Cerrada
Objeto de la convocatoria:

La financiación de actuaciones que contribuyan a la conciliación de la vida familiar, personal y laboral en el marco del Plan Corresponsables.

Referencia: 652397 (Línea 2)

Publicación oficial: 17/10/2022

Fecha inicio convocatoria: 18/10/2022

Fecha fin convocatoria: 31/10/2022

Financiación: OTRO

Órgano gestor: Junta de Andalucía

Departamento: CONSEJERÍA DE IGUALDAD, POLÍTICAS SOCIALES Y CONCILIACIÓN

Tipo de ayuda: Subvención
Presupuesto: 1.000.000 euros
Sector: Servicios sociales
Procedimiento de concesión: Concurrencia competitiva
Ámbito geográfico: Andalucía
Beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las Diputaciones Provinciales, los Ayuntamientos y las Agencias Administrativas Locales de ambos para las actuaciones contempladas en la Línea 1, y Entidades privadas sin ánimo de lucro, incluidas
organizaciones sindicales y asociaciones empresariales de Andalucía, para las actuaciones de la Línea 2.

Cuantía de la ayuda:

Porcentaje máximo de la subvención: hasta 100% del importante solicitado.

Actividades subvencionables:

Serán subvencionables aquellas actuaciones, que contribuyan a la conciliación de la vida familiar, personal y laboral, mediante la implementación de los conceptos subvencionables que a continuación se detallan.
1- La realización de actividades de fomento de la conciliación mediante la creación de bolsas de cuidado profesional para familias con hijas e hijos de hasta 16 años de edad, consistentes en alguna o algunas de las siguientes:
• Habilitación de servicios de cuidado profesional de calidad, y con garantía de derechos laborales de los profesionales que presten sus servicios en este marco, de niñas, niños y jóvenes de hasta 16 años de edad, que puedan prestarse en domicilio por un número determinado de horas semanales.
• Habilitación de servicios de cuidado profesional de calidad, y con garantía de derechos laborales de los profesionales que presten sus servicios en este marco, de niñas, niños y jóvenes de hasta 16 años de edad, que puedan prestarse en dependencias públicas convenientemente habilitadas al efecto, cumpliendo con las garantías sanitarias, tales como escuelas, centros municipales o polideportivos, entre otros.
En los procesos de valoración de acceso las prestaciones deberá tenerse en cuenta, en el caso de que sea necesario, el nivel de renta y cargas familiares de las personas que soliciten la participación de sus hijos e hijas de hasta 16 años en las mismas.
Para la realización de estas acciones de fomento de la conciliación se promoverá la creación de empleo de calidad, fomentado el empleo de personas jóvenes en las bolsas de cuidados incluyendo los siguientes perfiles profesionales: TASOC (Técnica/o en Actividades Socioculturales), Monitoras/es de ocio y tiempo libre, TAFAD (Técnicas/os superiores de Animación Sociodeportiva), Educación Infantil, Auxiliares de Guardería y Jardín de Infancia.
2- La realización de actividades de formación, información y sensibilización en materia de conciliación de la vida personal, familiar y laboral y/o corresponsabilidad y cuidados, dirigidos a los hombres, mediante la implementación de planes de formación en corresponsabilidad y cuidados destinados a los hombres.

Requisitos:

a) Tener ámbito de actuación en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

b) Estar inscritas en el Registro de Entidades, Centros y Servicios Sociales de Andalucía y cumplir con las restantes obligaciones en materia de autorización recogidas en la normativa de aplicación. La acreditación del cumplimiento de este requisito se verificará dejando constancia en el expediente de los datos que facilite el registro correspondiente, referentes a la inscripción de la entidad en el mismo.

La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.