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Extracto de la Resolución de 1 de abril de 2022, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se efectúa la convocatoria para el año 2022 de las subvenciones públicas dirigidas a personas con discapacidad, en régimen de concurrencia competitiva, reguladas en la Orden de 7 de febrero de 2017

Estado: Cerrada
Objeto de la convocatoria:

Se convocan la concesión de las siguientes líneas de ayudas reguladas en la Orden de 7 de febrero de 2017, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas por parte del Servicio Andaluz de Empleo para personas con discapacidad en régimen de concurrencia competitiva:
a) Subvenciones dirigidas a financiar el desarrollo de acciones relativas a las unidades de apoyo a la actividad profesional, en el marco de los servicios de ajuste personal y social de las personas con discapacidad de la Comunidad Autónoma de Andalucía en Centros Especiales de Empleo.
b) Ayudas al empleo con apoyo de personas con discapacidad en la Comunidad Autónoma de Andalucía como medida de integración laboral de las personas con discapacidad en el sistema ordinario de trabajo.

Cuyo objeto es compensar económicamente el desarrollo de acciones que ayuden a superar las barreras, obstáculos o dificultades que las personas trabajadoras con discapacidad tienen en el proceso de incorporación a un puesto de trabajo, así como la permanencia y progresión en el mismo, mediante la concesión de subvenciones a los Centros Especiales de Empleo para que cuenten con los equipos multiprofesionales enmarcados dentro de los Servicios de Ajuste Personal y Social.

Referencia: 618975

Publicación oficial: 19/04/2022

Fecha inicio convocatoria: 20/04/2022

Fecha fin convocatoria: 19/05/2022

Financiación: OTRO

Órgano gestor: Junta de Andalucía

Departamento: DIRECCIÓN GERENCIA

Tipo de ayuda: Subvención
Presupuesto: 1.500.000 euros
Sector: Empleo
Procedimiento de concesión: Concurrencia competitiva
Ámbito geográfico: Andalucía
Beneficiarios:

Los Centros Especiales de Empleo que desarrollen su actividad en el territorio de la Comunidad Autónoma Andaluza, cuyo objeto principal sea realizar una actividad productiva de bienes o de servicios, participando regularmente en las operaciones del mercado, y tengan como finalidad asegurar un empleo remunerado a las personas con discapacidad, favoreciendo la inclusión del mayor número de estas personas en el régimen de empleo ordinario, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 del Texto Refundido de la Ley de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre.
Se entenderá que un Centro Especial de Empleo desarrolla su actividad en la Comunidad Autónoma Andaluza cuando este inscrito en el Registro de Centros Especiales de Empleo de la misma o bien sean Centros Especiales de Empleo cuya sede principal esté en Andalucía.

Cuantía de la ayuda:

Importe cierto: 1.200 euros anuales, por cada trabajador atendido.

Actividades subvencionables:

Costes salariales y de Seguridad Social a cargo de entidad beneficiaria, derivados de la contratación indefinida de los trabajadores de las Unidades de Apoyo a la Actividad Profesional en los centros especiales de empleo.

Requisitos:

a) Estar debidamente calificadas e inscritas como Centro Especial de Empleo en cualquiera de los Registros de Centros Especiales de Empleo ubicados en el Territorio nacional.
b) No haber sido condenadas por sentencia judicial firme o sancionadas por resolución administrativa firme en el último año por falta muy grave en materia de prevención de riesgos laborales.
c) No haber sido condenadas por sentencia judicial firme o sancionadas por resolución administrativa firme por prácticas de discriminación laboral o de género.
d) No haber sido excluidas por sanción firme de los beneficios derivados de los programas de empleo, de acuerdo con el artículo 46.2 del Texto Refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto.

La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.