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Extracto de la Resolución de 1 de diciembre de 2023 de la Presidencia de la Agencia Estatal de Investigación, por la que se aprueba la convocatoria 2023 de las ayudas Ramón y Cajal.

Estado: Abierta
Objeto de la convocatoria:

Las ayudas tienen como objeto promover la incorporación en organismos de investigación de personal investigador, tanto español como extranjero, con una trayectoria destacada con el fin de que adquieran las competencias y capacidades que les permitan obtener un puesto de carácter estable en un organismo de investigación del Sistema Español de Ciencia, Tecnología y de Innovación, incentivando, específicamente, la incorporación de investigadores e investigadores que lleven desarrollando durante un determinado periodo su actividad profesional
en el extranjero.

Referencia: 730807

Publicación oficial: 05/12/2023

Fecha inicio convocatoria: Sin determinar

Fecha fin convocatoria: Sin determinar

Financiación: OTRO

Órgano gestor: Administración General del Estado

Ministerio: MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

Órgano:

Presupuesto: 129.989.200,00 euros
Sector: Investigación, Desarrollo e Innovación
Beneficiarios:

1. En el caso de las ayudas del turno general y del turno de personas con discapacidad, los organismos públicos de investigación, las universidades públicas y sus institutos universitarios, las universidades privadas, las entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas sin ánimo de lucro, los Institutos de investigación sanitaria acreditados, los Centros Tecnológicos y los Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica, y otros centros de I+D+i, públicos y privados sin ánimo de lucro, de acuerdo con lo establecido en el artículo 5.2 de la
convocatoria.
2. En el caso de las ayudas para el turno relativo a personal investigador en centros públicos de investigación agraria y alimentaria, de entre las entidades indicadas anteriormente, únicamente los centros públicos de investigación agraria o alimentaria dependientes de las Comunidades Autónomas integrados en el sistema INIA (CSIC)-CCAA, y la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, a través del Centro Nacional Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria, de acuerdo con lo establecido en
el artículo 5.3 de la convocatoria.

Cuantía de la ayuda:

La cuantía máxima destinada a financiar esta convocatoria asciende a 129.989.200,00 euros, que se imputará a las aplicaciones presupuestarias equivalentes, en los ejercicios 2025 y siguientes, a la actual 28.303.463B.750 de los Presupuestos Generales del Estado, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias.

Actividades subvencionables:

Las ayudas tratan de impulsar entre el personal investigador, las competencias y capacidades que les permitan obtener un puesto de carácter estable en un organismo de investigación del Sistema Español de Ciencia, Tecnología y de Innovación.

Requisitos:

Podrán ser solicitantes y beneficiarias de las ayudas Ramón y Cajal los Centros de I+D descritos anteriormente, siempre que cuenten con personalidad jurídica propia, estén válidamente constituidas y tengan residencia fiscal o un establecimiento permanente en España, y que tengan además capacidad de contratación laboral.
Las personas candidatas deberán reunir los siguientes requisitos:
– Estar en posesión del grado de doctor.
– No haber sido beneficiaria de una ayuda de las convocatorias anteriores de la actuación Ramón y Cajal. Se entiende por beneficiaria de la actuación Ramón y Cajal a aquella persona incluida en alguna de las resoluciones de concesión de convocatorias anteriores de dicha actuación, independientemente de que haya llegado o no a incorporarse al Centro de I+D.
– No ser beneficiaria de las ayudas Juan de la Cierva-formación o de las ayudas Juan de la Cierva-incorporación,a excepción de aquellas que la hayan disfrutado durante al menos un año.
– No presentar más de una solicitud en la presente convocatoria 2021 de ayudas Ramón y Cajal.

Las solicitudes de participación serán presentadas por las entidades y las personas candidatas, respectivamente, de conformidad con el procedimiento que se describe en el artículo 12 de la convocatoria.

La cumplimentación y envío telemático de la solicitud deberá realizarse obligatoriamente a través de los medios electrónicos habilitados para ello en la sede electrónica del Ministerio de Ciencia e Innovación.

La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.