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Extracto de la Resolución de 1 de junio de 2022 de la Dirección General del Instituto de la Juventud por la que se convoca las ayudas del Certamen Nacional de Jóvenes Emprendedores

Estado: Cerrada
Objeto de la convocatoria:

Apoyar a jóvenes que lideran proyectos innovadores y viables, de empresas ya constituidas, con una antigüedad máxima de tres años y mínima de uno en la fecha límite de la presentación de las solicitudes, con independencia del sector en el que se promuevan. Para ello, a los diez primeros seleccionados les será concedida una ayuda económica que les facilite la consolidación del proyecto de empresa promovido por cada uno de ellos.

Referencia: 633084

Publicación oficial: 14/06/2022

Fecha inicio convocatoria: 15/06/2022

Fecha fin convocatoria: 12/07/2022

Financiación: OTRO

Órgano gestor: Administración General del Estado

Ministerio: MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030

Órgano: INSTITUTO DE LA JUVENTUD

Tipo de ayuda: Subvención
Presupuesto: 200.000 euros
Sector: Empleo
Procedimiento de concesión: Concurrencia competitiva
Ámbito geográfico: España
Beneficiarios:

Jóvenes de nacionalidad española y aquéllos con residencia legal en España, personas físicas o jurídicas.

Cuando el proyecto sea realizado por una persona jurídica, la solicitud debe ser presentada por el representante legal de dicha persona jurídica, quien en ningún caso debe superar los 35 años. Asimismo, el capital social debe pertenecer mayoritariamente (51%) a jóvenes que no superen los 35 años.

Cuantía de la ayuda:

La dotación económica de la ayuda para cada uno de los diez primeros seleccionados es de 20.000 euros.

Actividades subvencionables:

a) Cuotas a la Seguridad Social.
b) Contratación de empleados.
c) Alquiler de locales.
d) Medios técnicos.
e) Suministros derivados de la actividad (teléfono, luz, agua, gas…).
f) Adquisición de activos fijos necesarios para la actividad.

Requisitos:

Cuando se trate de personas físicas éstas deben tener residencia legal y permiso de trabajo en España, y que no superen la edad de 35 años en la fecha límite de la presentación de las solicitudes.

Asimismo, las personas tanto físicas como jurídicas que concurran a las correspondientes convocatorias deberán reunir a la fecha de publicación de las mismas, los siguientes requisitos:

a) Hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social.

b) No estar incursas en el resto de las prohibiciones que, para obtener la condición de beneficiario de subvenciones se requiere, de conformidad con el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley  38/2003, de 17 de noviembre.

c) Haber justificado, en su caso, ayudas económicas recibidas con anterioridad del Instituto de la Juventud.

La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.