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Extracto de la Resolución de 17 de marzo de 2023, de la Dirección del Instituto de Salud Carlos III, O.A., M.P., por la que se aprueba la convocatoria correspondiente al año 2023 de concesión de subvenciones de la Acción Estratégica en Salud 2021-2023, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia

Estado: Cerrada
Objeto de la convocatoria:

Convocar las siguientes actuaciones:
– Formación de Doctores en el campo de la Biomedicina y las Ciencias de la Salud, de Especialistas en Ciencias de la Salud con Formación Sanitaria Especializada en Investigación Biomédica, Clínica y Traslacional y de personal técnico y de gestores de I+D+I en el campo de la Investigación Biomédica.
– Contratación de Doctores y la incorporación a los centros asistenciales del SNS de personal facultativo con experiencia Investigadora, de Especialistas con Formación Sanitaria Especializada, titulados universitarios y otro personal técnico de apoyo a la Investigación en el SNS, incluidas las actividades de gestión de I+D+I en Biomedicina y Ciencias de la Salud.
– Movilidad de los Investigadores.
– Desarrollo de proyectos de I+D+I en Salud que favorezcan la transferencia de conocimiento al SNS, proyectos de carácter aplicado para incrementar el grado de madurez de su desarrollo tecnológico y proyectos para fomentar la investigación clínica independiente.
– La incorporación de nuevos grupos de investigación al Consorcio CIBER.
– Desarrollo de proyectos de colaboración internacional para abordar de forma conjunta y coordinada los grandes desafíos de la sociedad, contribuyendo a la consolidación del Espacio Europeo de Investigación.

Referencia: 682488

Publicación oficial: 22/03/2023

Fecha inicio convocatoria: 28/03/2023

Fecha fin convocatoria: 14/11/2023

Financiación: FONDOS NEXT GENERATION

Órgano gestor: Administración General del Estado

Ministerio: MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN

Órgano: INSTITUTO DE SALUD CARLOS III (ISCIII)

Tipo de ayuda: Subvención
Presupuesto: 144.266.898 euros
Sector: Investigación, Desarrollo e Innovación
Procedimiento de concesión: Concurrencia no competitiva
Ámbito geográfico: España
Beneficiarios:

a) Las personas físicas que estén en posesión de alguna de las siguientes titulaciones: título de licenciatura, ingeniería, grado, ingeniería técnica o diplomatura, preferentemente en Ciencias de la Salud, Económicas, Derecho y Biblioteconomía y Documentación.
b) Las entidades que tengan personalidad jurídica propia, estén válidamente constituidas y tengan residencia fiscal o un establecimiento permanente en España y que desarrollen actividades de I+D+I en Biomedicina o en Ciencias y Tecnologías de la Salud, conforme a una de las siguientes tipologías de centros:
1.º Los institutos de investigación sanitaria acreditados por orden ministerial.
2.º Las entidades e instituciones sanitarias públicas con actividad clínico asistencial: hospitales, centros de atención primaria, otros centros asistenciales distintos de los anteriores con licencia de actividad sanitaria expedida por la autoridad competente.
3.º Las entidades e instituciones sanitarias públicas sin licencia de actividad sanitaria, pero con actividad de I+D+I demostrable en el área de conocimiento de Salud Pública.
4.º Las entidades e instituciones sanitarias privadas, con licencia de actividad sanitaria, vinculadas o concertadas al SNS, que cumplan con las condiciones recogidas en la ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, Título III, artículo 67, que regula la vinculación a la red pública de hospitales del sector privado.
5.º Los OPI definidos en el artículo 47 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 202/2021, de 30 de marzo por el que se reorganizan determinados organismos públicos de investigación de la Administración General del Estado y se modifica el Real Decreto 1730/2007, de 21 de diciembre, por el que se crea la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas y se aprueba su Estatuto, y el Real Decreto 404/2020,  Ministerio de Ciencia e Innovación.
6.º Las universidades públicas y las universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D, de acuerdo con lo previsto en la vigente Ley orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.
7.º Centros tecnológicos de ámbito estatal y centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal que estén inscritos en el Registro de centros creado por el Real Decreto 2093/2008, de 19 de diciembre, por el que se regulan los Centros Tecnológicos y los Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal y se crea el Registro de tales Centros.
8.º Otros centros públicos de I+D, de investigación y de difusión de conocimientos y de infraestructuras de investigación, con personalidad jurídica propia, diferentes de los OPI, vinculados o dependientes de la Administración General del Estado o del resto de las Administraciones públicas y sus organismos, cualquiera que sea su forma jurídica, siempre que en sus Estatutos, en la normativa que los regule, o en su objeto social, tengan definida entre sus actividades la I+D+I en Biomedicina o en Ciencias y Tecnologías de la Salud.
9.º Las entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro que realicen y/o gestionen actividades de I+D, generen conocimiento científico o tecnológico o faciliten su aplicación y transferencia.
10.º Los consorcios públicos y los consorcios públicos estatales con actividad en I+D+I en Biomedicina o en Ciencias y Tecnologías de la Salud.
11.º Otras unidades de la Administración sanitaria.
c) En el caso de que alguno de los centros enumerados en el apartado anterior careciese de personalidad jurídica propia, constará como solicitante y beneficiaria la entidad con personalidad jurídica propia que tenga encomendada la gestión de su actividad investigadora.

Cuantía de la ayuda:

El presupuesto, la financiación y la asignación de cuantías por tipo de actuación serán las que se establezcan en cada convocatoria.

Actividades subvencionables:

Las actuaciones reguladas mediante esta orden son las contenidas en el PEICTI 2021-2023 que, de acuerdo con su diseño, se enmarcan en los siguientes Programas y Subprogramas:
A. En el marco del Programa Estatal para Afrontar las Prioridades de Nuestro Entorno y sus correspondientes subprogramas, se incluyen las siguientes actuaciones:
A.1 Subprograma Estatal de Internacionalización.
i. Proyectos de colaboración internacional.
ii. Sello de Excelencia ISCIII-HEALTH.
A.2 Subprograma Estatal de Sinergias Territoriales.
i. Cohesión en Investigación Sanitaria.
A.3 Subprograma Estatal de Acciones Estratégicas.
i. Acción Estratégica en Salud.
B. En el marco del Programa Estatal para Impulsar la Investigación CientíficoTécnica y su Transferencia y sus correspondientes subprogramas, se incluyen las siguientes actuaciones:
B.1 Subprograma Estatal de Generación de Conocimiento.
i. Proyectos de I+D+I en Salud.
B.2 Subprograma Estatal de Transferencia de Conocimiento.
i. Proyectos de Investigación Clínica Independiente.
ii. Proyectos de Desarrollo Tecnológico en Salud.
iii. Incorporación del Entorno GMP/GLP a la Investigación en el SNS.
iv. Plataformas de Servicios de I+D+I y Estructuras de Investigación Cooperativa Orientadas a Resultados en Salud.
B.3 Subprograma Estatal de Fortalecimiento Institucional.
i. Institutos de Investigación Sanitaria.
ii. Proyectos de Transformación Institucional en Investigación e Innovación Responsable.
B.4 Subprograma Estatal de Infraestructuras y Equipamiento Científico-Técnico.
i. Renovación del Equipamiento Científico-Técnico en Obsolescencia.
ii. Desarrollo Conjunto de Equipamiento Científico-Técnico Singular Orientado al SNS.

C. En el marco del Programa Estatal para Desarrollar, Atraer y Retener Talento, y sus correspondientes subprogramas, se incluyen las siguientes actuaciones:
C.1 Subprograma Estatal de Formación.
i. Contratación Predoctoral en Centros del SNS y en Colaboración con Empresas del Sector Sanitario (Contratos PFIS-iPFIS).
ii. Ayudas «Rio Hortega» para la Contratación de Jóvenes Profesionales con Formación Sanitaria Especializada en el ámbito de la Investigación Biomédica, Clínica y Traslacional.
iii. Contratos «Sara Borrell».
iv. Ayudas de Formación en Gestión de la Investigación en Salud –FGIN.
C.2 Subprograma Estatal de Incorporación.
i. Contratación de Personal Técnico de I+D+I.
ii. Contratación de Personal Técnico Bioinformático de Apoyo a la Investigación en
los Institutos de Investigación Sanitaria.
iii. Contratación de Personal de Gestión de I+D+I en el SNS.
iv. Contratos «Miguel Servet».
v. Contratos «Juan Rodés».
vi. Contratos para la Intensificación de la Actividad Investigadora del SNS.
C.3 Subprograma Estatal de Movilidad.
i. Movilidad del Personal Investigador del SNS, que se articula en dos actuaciones M-BAE y M-AES.

Se identifican las siguientes áreas de actuación prioritarias:
a) Salud a lo largo de todo el ciclo vital, incluyendo especialmente poblaciones en etapas vulnerables, así como grupos que precisen de acciones para favorecer mayor equidad y reducir desigualdades sociales y de género en salud.
b) Determinantes ambientales y sociales de la salud, mejorando el conocimiento de los elementos facilitadores (i.e., digitalización) y de los factores de riesgo (i.e., nutrición).
c) Enfermedades infecciosas, incluyendo enfermedades olvidadas y de la pobreza, para trabajar en Salud Global y proteger a la ciudadanía de amenazas transfronterizas, incluyendo la identificación temprana y respuesta rápida frente amenazas.
d) Herramientas, tecnologías y soluciones digitales para la salud y cuidados, promocionando el desarrollo y uso de técnicas, tecnologías y herramientas innovadoras para mejorar la calidad de vida. Cabe resaltar la necesidad de impulsar el desarrollo de tecnologías de la información, tecnologías sanitarias y soluciones digitales, teniendo en cuenta los sistemas de interoperabilidad, seguridad, confidencialidad y estandarización, para la mejora de la atención sanitaria.
e) Sistemas de Atención Sanitaria, afrontando el reto de su sostenibilidad, accesibilidad, y su potencial como herramienta para reducir desigualdades y actuar como motor de desarrollo económico. Destaca la necesidad de fomentar líneas de investigación dirigidas al desarrollo de nuevos modelos de cuidado de la salud, la transformación de los modelos organizativos y asistenciales para adaptar los servicios a los cambios sociales y al envejecimiento de la población, incluidos los movimientos de la población y la dispersión geográfica en zonas rurales, y con especial atención a la atención primaria.

Requisitos:

Podrán ser personas beneficiarias de estas ayudas quienes estén en posesión de alguna de las siguientes titulaciones: título de licenciatura, ingeniería, grado, ingeniería técnica o diplomatura, preferentemente en Ciencias de la Salud, Económicas, Derecho
y Biblioteconomía y Documentación.

En todos los casos deberá tratarse de títulos oficiales españoles y, si se han obtenido en el extranjero, deberán estar homologados oficialmente o haber sido declarados equivalentes de acuerdo con la normativa vigente, en la fecha de finalización del plazo
de presentación de solicitudes.
No estar disfrutando de una ayuda FGIN en el momento de la solicitud, ni haberlo hecho con anterioridad.

La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.