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Extracto de la Resolución de 20 de julio de 2022, de la Secretaría de Estado de Sanidad, por la que se convoca la concesión de ayudas económicas para el desarrollo de proyectos de investigación sobre adicciones en el año 2022.

Estado: Cerrada
Objeto de la convocatoria:

La presente Resolución tiene por objeto la convocatoria, en el ejercicio 2022, de ayudas económicas para el desarrollo de proyectos de investigación sobre adicciones realizados por entidades públicas o privadas sin fines de lucro, en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con lo establecido en la Estrategia Española de Ciencia y Tecnología e Innovación 2021-2027, en la Acción Estratégica en Salud del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2021-2023, y en la Estrategia Nacional sobre Adicciones 2017-2024, disponible en la página web de la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas, https://pnsd.sanidad.gob.es/pnsd/estrategiaNacional/home.htm

Referencia: 643024

Publicación oficial: 09/08/2022

Fecha inicio convocatoria: 10/08/2022

Fecha fin convocatoria: 12/09/2022

Financiación: OTRO

Órgano gestor: Administración General del Estado

Ministerio: MINISTERIO DE SANIDAD

Órgano:

Tipo de ayuda: Otro
Presupuesto: 1.120.790 euros
Sector: Investigación, Desarrollo e Innovación
Procedimiento de concesión: Concurrencia competitiva
Ámbito geográfico: Estatal
Beneficiarios:

Podrán tener la condición de beneficiarios de las ayudas previstas en la presente Resolución los centros españoles de I+D tanto públicos como privados sin ánimo de lucro. A estos efectos se entiende por:
Centro público de I+D: Las Instituciones sanitarias públicas; las Universidades públicas y los Organismos públicos de investigación reconocidos como tales por la Ley 13/1986, de 14 de abril, de Fomento y Coordinacion General de la Investigación Científica y Técnica, y cualquier otro centro de I+D dependiente de las Administraciones Públicas.
Centro privado de I+D sin ánimo de lucro: Las instituciones sanitarias privadas,las universidades privadas y otras entidades privadas dedicadas exclusivamente a la investigación que tengan personalidad jurídica propia y capacidad o actividad demostradas en acciones de I+D y que carezcan de ánimo de lucro

Cuantía de la ayuda:

Las ayudas concedidas se destinarán a cubrir los gastos relacionados con el desarrollo y ejecución de las actividades correspondientes a la realización de los proyectos seleccionados y la cuantía se determinará teniendo en cuenta la valoración del proyecto, según los criterios de evaluación y selección enunciados en el artículo séptimo. Según las necesidades de cada proyecto, la actividad de la investigación podrá tener una duración de una o dos anualidades. Las cantidades concedidas podrán cubrir total o parcialmente la ayuda que se solicite según criterios de máxima eficiencia en la asignación de recursos y en función de la disponibilidad de crédito.
El abono de la subvención concedida se realizará por anticipado, previa presentación por la entidad, para el pago de cada una de las anualidades, en su caso, de las acreditaciones de que la entidad se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, mediante los correspondientes certificados positivos o, en su caso, tras la comprobación de dicha circunstancia por parte del órgano instructor derivada de la autorización contenida en el Anexo III.

Actividades subvencionables:

Los proyectos de investigación financiados por estas ayudas podrán presentarse como proyectos de una o dos anualidades. Si en la evaluación de las anualidades de los proyectos plurianuales, la ejecución de éstos en dos anualidades se estimase innecesaria, se podrá disminuir el número de anualidades de oficio, con comunicación a los solicitantes quienes podrán, en caso de disconformidad, renunciar o reformular la ayuda solicitada en los términos contemplados en el artículo octavo relativos a la adaptación de las propuestas de concesión.
Los proyectos deberán contener objetivos que se encuadren en la Estrategia Nacional sobre Adicciones 2017-2024, debiéndose señalar en todo caso las áreas de actuación específicas donde el proyecto se incluye.
Adicionalmente, los proyectos presentados deberán integrarse en alguna de las siguientes áreas de investigación: básica, clínica, social, epidemiológica, de salud pública o servicios de salud y deberán estar referidos a los distintos aspectos que presentan las adicciones, debiendo suponer los resultados que se obtuvieran un avance en el conocimiento de las mismas y resultar de utilidad para la creación o mejora de productos, procesos y servicios.

La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.