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Extracto de la Resolución de 20 de julio de 2023 del Consejo de Administración de E.P.E. Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), M.P. por la que se establece la primera convocatoria del programa de ayudas para proyectos singulares de renovación de las instalaciones de alumbrado exterior municipal (Proyectos Singulares Alumbrado Municipal)

Estado: Cerrada
Objeto de la convocatoria:

El desarrollo de proyectos para la renovación de instalaciones de alumbrado exterior municipal (Proyectos singulares alumbrado municipal), que cumplan con los requisitos establecidos en el anexo I de las bases reguladoras, en cualquier parte del territorio español. Las ayudas estarán condicionadas a la implantación en España de los desarrollos o proyectos que se realicen, así como al cumplimiento de los restantes requisitos establecidos en las bases reguladoras.

El objeto de la actuación es mejorar la calidad del entorno en los municipios reduciendo el consumo de energía final y las emisiones de dióxido de carbono, mediante la reforma de las instalaciones municipales de alumbrado, iluminación y señalización exterior existentes, fomentando que la investigación científica y técnica proporcione las mejores soluciones técnicas y promoviendo su implantación mediante proyectos singulares de alumbrado exterior municipal. Esta reforma deberá integrar sistemas de iluminación que protejan la calidad del cielo nocturno frente a la contaminación lumínica.

Referencia: 709545

Publicación oficial: 26/07/2023

Fecha inicio convocatoria: 12/09/2023

Fecha fin convocatoria: 24/10/2023

Financiación: FONDOS NEXT GENERATION

Órgano gestor: Administración General del Estado

Ministerio: MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO

Órgano: INSTITUTO PARA LA DIVERSIFICACIÓN Y AHORRO DE LA ENERGÍA (IDAE)

Tipo de ayuda: Préstamo
Presupuesto: 100.000.000 euros
Sector: Energía
Procedimiento de concesión: Concurrencia competitiva
Ámbito geográfico: España
Beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de este programa las entidades locales, según la definición del artículo 3 de Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. Asimismo, podrán ser beneficiarias de este programa las entidades públicas a quienes se les atribuya la gestión de los servicios públicos municipales de alumbrado exterior, siempre que no se trate de una entidad productora de mercado o que realice una actividad económica por la que oferte bienes o servicios en un determinado mercado, lo que deberá acreditarse conforme a lo dispuesto por el artículo 12.4 e) de la orden TED/388/2023, de 29 de marzo

Cuantía de la ayuda:

Se establece un límite máximo de ayuda para los proyectos que se presenten a los programas de incentivos objeto de la presente convocatoria, de 10.000.000 euros por proyecto y beneficiario, así como una inversión mínima elegible por proyecto de 300.000 euros.

Actividades subvencionables:

Las actuaciones elegibles son aquellas que tienen como denominador común la reducción de la potencia lumínica de las instalaciones de alumbrado existentes, mediante la sustitución de los actuales equipos de alumbrado por luminarias de mayor rendimiento, por fuentes de luz de mayor eficiencia y/o por equipos electrónicos de regulación y control, y que permitan reducir la contaminación lumínica del entorno respecto del alumbrado sustituido.

Con carácter orientativo y no limitativo, serán actuaciones elegibles las siguientes:

a) Reforma de las instalaciones de alumbrado exterior municipal por tecnología más eficiente e incluyendo telegestión.

b) Las instalaciones reformadas de alumbrado podrán servir de soporte físico y tecnológico para la mejora o implementación de redes conectadas a internet de calidad (por ejemplo, a través de Wifi), siempre que ello sea necesario para actuaciones vinculadas con el ahorro energético como puede ser la sensorización de zonas para llevar a cabo actuaciones del tipo Smart Cities.

c) Automatización de las redes existentes de alumbrado exterior, semáforos y otras líneas de señalización.

Adicionalmente, y siempre que formen parte de un proyecto en el que se mejore la eficiencia energética del alumbrado de acuerdo con lo recogido en este apartado, serán también actuaciones elegibles las asistencias técnicas relativas a estudios de contaminación lumínica y planes de acción para su reducción.

Requisitos:

1. Las bases reguladoras aprobadas mediante la Orden TED/388/2023, de 29 de marzo establecen los requisitos para solicitar la ayuda y su forma de acreditarlos.
2. El beneficiario aportará, junto con la solicitud de ayuda, los documentos que figuran en el artículo 12 de las bases reguladoras.

La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.