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Extracto de la Resolución de 21 de abril de 2023, del Instituto de la Juventud, por la que se convocan la concesión de ayudas para la realización de actividades financiadas por la Comisión Europea en el capítulo de Juventud del Programa «Erasmus+» durante 2023

Estado: Cerrada
Objeto de la convocatoria:

Desarrollar la cooperación en el ámbito de la juventud en la Unión Europea, a través de proyectos que promuevan la ciudadanía activa entre jóvenes, en especial la europea, potencien la solidaridad y promuevan la inclusión, favorezcan el entendimiento mutuo entre jóvenes, contribuyan a mejorar la calidad de los sistemas de apoyo a las actividades de jóvenes y reforzar la capacidad de las organizaciones de la sociedad civil en el ámbito de la juventud y favorezcan la cooperación europea en el ámbito de la juventud.

Los siguientes objetivos generales:
Promover la ciudadanía activa entre jóvenes, en especial la europea.
Potenciar la solidaridad y promover la tolerancia.
Favorecer el entendimiento mutuo entre jóvenes.
Contribuir a mejorar la calidad de los sistemas de apoyo a las actividades de jóvenes y reforzar la capacidad de las organizaciones de la sociedad civil en el ámbito de la juventud.
Favorecer la cooperación europea en el ámbito de la juventud.

Referencia: 690017

Publicación oficial: 25/04/2023

Fecha inicio convocatoria: 23/02/2023

Fecha fin convocatoria: 04/10/2023

Financiación: OTRO

Órgano gestor: Administración General del Estado

Ministerio: MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030

Órgano: INSTITUTO DE LA JUVENTUD

Tipo de ayuda: Subvención
Presupuesto: 23.917.137 euros
Sector: Juventud
Procedimiento de concesión: Concurrencia competitiva
Ámbito geográfico: España
Beneficiarios:

Existen dos tipos de actores: participantes y organizaciones.

Participantes

Personas físicas que participan en los proyectos presentados por las organizaciones. Por lo general, los participantes en proyectos Erasmus+ han de estar establecidos en un país del programa. Sin embargo, algunas acciones, como ocurre en el ámbito de la juventud, también están abiertas a participantes de países asociados.

Los participantes acceden a las oportunidades que brinda Erasmus+ a través de las organizaciones, que se convierten en beneficiarias de las subvenciones del programa y son las encargadas de desarrollar las actividades en armonía con los objetivos y prioridades marcados por la Comisión Europea.

Para los proyectos relevantes en el ámbito de la juventud, los principales destinatarios objetivos son: jóvenes de 13 a 30 años, trabajadores de la juventud y miembros de organizaciones activas en dicho ámbito.

Las condiciones específicas para participar en un proyecto Erasmus+ dependen del tipo de acción de que se trate.

Organizaciones

Los proyectos Erasmus + son presentados y gestionados por organizaciones en representación de los participantes. Cuando se selecciona un proyecto, la organización que ha presentado la solicitud se convierte en beneficiaria de una subvención Erasmus+.

Los beneficiarios firman un convenio de subvención o se les notifica una decisión de subvención que les da derecho a recibir apoyo financiero para la realización de su proyecto (los convenios de subvención no se firman con participantes individuales). Algunas acciones del programa también están abiertas a grupos informales de jóvenes.

Las condiciones específicas para participar en un proyecto Erasmus + dependen del tipo de acción apoyada por el programa. En términos generales, el programa está abierto a cualquier organización activa en los campos de la educación, la formación, la juventud o el deporte. También hay diversas acciones abiertas a la participación de otros agentes del mercado de trabajo.

El país al que pertenecen los participantes y las organizaciones participantes determina las acciones a las que pueden presentar proyectos.

Cuantía de la ayuda:

Acción clave 1.- Oportunidades de movilidad para organizaciones Erasmus acreditadas en el ámbito de la juventud (KA151); Proyectos de movilidad para jóvenes (KA152) y para trabajadores en el ámbito de la juventud (KA153) 12.159.741,00 euros
Acción clave 1.- Actividades de participación juvenil (KA154) 2.294.358,00 euros
Acción clave 1.- Acción de Inclusión de DiscoverEU (KA155) 523.039,00 euros
Acción clave 2.- Asociaciones de Cooperación (KA220) 7.077.616,00 euros
Acción clave 2.- Asociaciones de Cooperación a pequeña escala (KA210) 1.862.383,00 euros

Actividades subvencionables:

Se podrán solicitar proyectos en las siguientes acciones:

a) Proyectos de movilidad, que pueden comprender proyectos de movilidad para jóvenes (Intercambios Juveniles), proyectos de movilidad para trabajadores en el ámbito de la Juventud, actividades de participación juvenil, así como la acción de inclusión de la iniciativa DiscoverEU.
b) Asociaciones para la Cooperación, que pueden ser Asociaciones de cooperación y Asociaciones a pequeña escala.
c) Además el Programa Erasmus+ habilita a las organizaciones a presentar solicitudes de acreditación que facilita la movilidad en el ámbito de la juventud, proporcionando a las organizaciones acreditadas un formato alternativo simplificado y flexible para llevar a cabo actividades de intercambio juvenil o de movilidad de trabajadores en el ámbito de la juventud.

Requisitos:

Las personas físicas y jurídicas deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) Haber justificado suficientemente, en su caso, las ayudas económicas recibidas con anterioridad del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, así como las ayudas recibidas en el marco de los programas de acción comunitarios «Juventud», «La Juventud en Acción», «Erasmus+» o «Cuerpo Europeo de Solidaridad».
b) Residir o estar constituido legalmente en España.
c) Hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social. La presentación de la solicitud conllevará la autorización del/de la solicitante para que el órgano concedente obtenga de forma directa la acreditación de hallarse al corriente de tales obligaciones. Si el/la solicitante deniega expresamente su consentimiento deberá aportar las correspondientes certificaciones.
Además de lo previsto en los dos apartados anteriores, las personas jurídicas deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) Estar legalmente constituidas y en su caso, debidamente inscritas en el correspondiente Registro Público, dentro del plazo de presentación de las solicitudes.
b) Disponer de la capacidad financiera y operativa suficiente para llevar a cabo las actividades previstas en el proyecto, de acuerdo con lo establecido en la Guía del Programa “Erasmus+”.

https://www.boe.es/boe/dias/2023/06/15/pdfs/BOE-A-2023-14340.pdf Orden DSA/619/2023, de 6 de junio, por la que se modifica la Orden DSA/1029/2021, de 20 de septiembre, por la que se establecen para el período 2021-2027 las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco del Programa europeo «Erasmus+», capítulo de Juventud.

La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.