Extracto de la Resolución de 22 de julio de 2022, de la Dirección de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, por la que se convocan para el año 2022 las subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a salas de exhibición cinematográfica establecidas en Andalucía para financiar proyectos de inversión para la innovación, funcionamiento digitalizado y sostenible, creación y fidelización de públicos y adaptación de los nuevos hábitos de consumo audiovisual.
Se convoca en el ámbito de la Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico (Agencia Andaluza de Instituciones Culturales), en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de subvenciones a salas de exhibición cinematográfica establecidas en Andalucía para financiar proyectos de inversión para la innovación, funcionamiento digitalizado y sostenible, creación y fidelización de públicos y adaptación de los nuevos hábitos de consumo audiovisual.
Referencia: 640834
Publicación oficial: 29/07/2022
Fecha inicio convocatoria: 01/08/2022
Fecha fin convocatoria: 12/09/2022
Financiación: FONDOS NEXT GENERATION
Órgano gestor: Junta de Andalucía
Departamento: CONSEJERÍA DE CULTURA Y PATRIMONIO HISTÓRICO
Podrán ser beneficiarias las personas físicas o jurídicas titulares de salas de exhibición cinematográfica o de complejos cinematográficos, de acuerdo con la definición que de dichos conceptos establecen los incisos l) y m) del artículo 4 de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine.
La cuantía total de la convocatoria de ayudas asciende a 2.649.896,31 euros y se distribuye en la anualidad 2022 asignádole 1.324.948,16 euros y en la anualidad futura 2023 asignándole 1.324.948,15 euros, estando su concesión limitada por las disponibilidades presupuestarias existentes en cada ejercicio.
Proyectos de inversión para la innovación, funcionamiento digitalizado y sostenible, creación y fidelización de públicos y adaptación de los nuevos hábitos de consumo audiovisual.
Los solicitantes de estas ayudas han de cumplir los requisitos establecidos en el apartado 4.a).2.º del cuadro resumen, no debiendo concurrir en ellos las circunstancias recogidas en los apartados 4.a).1.º y 4.c) del cuadro resumen que les impedirían alcanzar la condición de persona o entidad beneficiaria y por tanto acceder a las ayudas que mediante la presente resolución se convocan.
El plazo de presentación de solicitudes es de 30 días hábiles, iniciándose su cómputo el primer día hábil siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del presente extracto, previsto en el art. 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.