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Extracto de la Resolución de 24 de febrero de 2022, de la Dirección General de la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P., por la que se convocan las ayudas destinadas a la digitalización de empresas del Segmento I (entre 10 y 49 empleados). PROGRAMA KIT DIGITAL

Estado: Abierta
Objeto de la convocatoria:

Regular la Convocatoria de ayudas mediante la que se ejecuta el Programa Kit Digital, dirigida a la digitalización de las empresas y personas en situación de autoempleo comprendidas en el Segmento I del artículo 7.2 de las Bases Reguladoras, esto es, pequeñas empresas entre 10 y menos de 50 empleados.

Referencia: 612093

Publicación oficial: 26/02/2022

Fecha inicio convocatoria: 15/03/2022

Fecha fin convocatoria: 31/12/2024

Financiación: FONDOS NEXT GENERATION

Órgano gestor: Administración General del Estado

Ministerio: MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL

Órgano: ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL RED.ES

Tipo de ayuda: Subvención
Presupuesto: 600.000.000 euros
Sector: Empresa
Procedimiento de concesión: Concurrencia no competitiva
Ámbito geográfico: España
Beneficiarios:

1. Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las pequeñas empresas (según lo establecido en el Anexo I del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado ) y personas en situación de autoempleo, cuyo domicilio fiscal esté ubicado en territorio español, comprendidas en el Segmento I que establece el artículo 7.2 de las Bases Reguladoras:

a) Segmento I: Pequeñas empresas entre 10 y menos de 50 empleados.

2. No podrán ser beneficiarias:

a) Las personas físicas o jurídicas que sean Agentes Digitalizadores Adheridos, ni aquellas con las que estos contraten o subcontraten para la prestación, en todo o en parte, de soluciones de digitalización, conforme al artículo 7.4 de las Bases Reguladoras.
b) Las empresas de naturaleza pública y las entidades de derecho público.
c) Los Colegios profesionales, las sociedades civiles, las comunidades de bienes, las comunidades de propietarios en régimen de propiedad horizontal o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que carezca de personalidad jurídica.

Cuantía de la ayuda:

El importe máximo de ayuda por beneficiario será de doce mil euros (12.000 euros), al estar dirigidas únicamente al Segmento I

Actividades subvencionables:

Disposiciones dinerarias destinadas a financiar la adopción de soluciones de digitalización disponibles en el mercado cuyas referencias se encuentren accesibles en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa Kit Digital, regulado en el artículo 12 de las Bases Reguladoras.

Requisitos:

Deberán estar inscritos en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o en el censo equivalente de la Administración Tributaria Foral, que debe reflejar la actividad económica efectivamente desarrollada la fecha de solicitud de la ayuda, y tener una antigüedad mínima de 6 meses, tal y como dispone el artículo 8.1. b) de las Bases Reguladoras. Además, los beneficiarios deberán cumplir el resto de los requisitos establecidos en artículo 8 de las Bases Reguladoras:

  1. a) No tener la consideración de empresa en crisis conforme a lo dispuesto en el artículo 2.18 del Reglamento (UE) n.º 651/2014, de 17 de junio de 2014 y el Reglamento (UE) n.º 2021/1237 de la Comisión, de 23 de julio de 2021, tal y como se recoge en el Anexo II de las Bases Reguladoras.
  1. b) Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  1. c) No estar sujeto a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
  1. d) No estar incurso en ninguna otra de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Dichas prohibiciones afectarán también a aquellas empresas de las que, por razón de las personas que las rigen o de otras circunstancias, pueda presumirse que son continuación o que derivan, por transformación, fusión o sucesión, de otras empresas en las que hubiesen concurrido aquéllas.
  1. e) No superar el límite de ayudas de minimis, conforme a lo dispuesto en el artículo 2.4 de las Bases Reguladoras.
  1. f) Disponer de la evaluación del Nivel de Madurez Digital, de acuerdo con el test de diagnóstico disponible en la plataforma Acelera pyme (https://www.acelerapyme.gob.es/).

https://www.boe.es/boe/dias/2022/06/11/pdfs/BOE-B-2022-18813.pdf

Extracto de la Resolución de 31 de mayo de 2022 de la Dirección General de la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P., por la que se modifica la convocatoria de las ayudas destinadas a la digitalización de empresas del Segmento I (entre 10 y menos de 50 empleados) en el marco de la agenda España digital 2025, el Plan de Digitalización PYMEs 2021-2025 y el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España (Programa Kit Digital), para ampliar cuantía fijada inicialmente.

https://www.boe.es/boe/dias/2022/09/09/pdfs/BOE-B-2022-27000.pdf

Extracto de la Resolución de 7 de septiembre de 2022 de la Dirección General de la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P por la que se modifica la convocatoria de las ayudas destinadas a la digitalización de empresas del segmento I en el marco de la agenda España digital 2025, Programa Kit Digital, para ampliar el plazo de presentación de solicitudes.

https://www.boe.es/boe/dias/2023/03/02/pdfs/BOE-B-2023-6156.pdf                   xtracto de la Resolución de 28 de febrero de 2023 de la Dirección General de la entidad pública empresarial Red.es, M.P por la que se modifica la convocatoria de las ayudas destinadas a la digitalización de empresas del segmento I en el marco de la agenda España digital 2025, Programa Kit Digital, para ampliar el plazo de presentación de solicitudes.

https://www.boe.es/boe/dias/2023/07/07/pdfs/BOE-A-2023-15817.pdf    Orden ETD/739/2023, de 20 de junio, por la que se modifica la Orden ETD/1498/2021, de 29 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas para la digitalización de pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo, en el marco de la Agenda España Digital 2025, el Plan de Digitalización Pymes 2021-2025 y el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España -financiado por la Unión Europea- Next Generation EU (Programa Kit Digital)

 

 

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La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.