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Extracto de la Resolución de 28 de julio de 2022, de la Dirección General del Servicio Público de Empleo Estatal, que modifica la de 22 de diciembre de 2021, por la que se aprueba, la convocatoria abierta de subvenciones para la ejecución de programas de formación de ámbito estatal, destinados a la recualificación de personas trabajadoras que hayan estado o estén incluidas en ERTE, para los ejercicios presupuestarios 2022 y 2023 , en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resliencia

Estado: Cerrada
Objeto de la convocatoria:

La presente convocatoria de subvenciones, tiene por objeto la financiación de programas de formación de ámbito estatal destinados a la recualificación de personas trabajadoras que hayan estado o estén incluidas en expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) para los ejercicios 2020, 2021, 2022 y 2023, siendo la misma aprobada por el Director General del Servicio Público de Empleo Estatal, en el ámbito de sus competencias en materia de formación profesional para el empleo.

Referencia: 602123

Publicación oficial: 02/08/2022

Fecha inicio convocatoria: 10/04/2023

Fecha fin convocatoria: 22/05/2023

Financiación: FONDOS NEXT GENERATION

Órgano gestor: Administración General del Estado

Ministerio: MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL

Órgano: SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL

Tipo de ayuda: Subvención
Presupuesto: 119.000.000,00 euros
Sector: Empleo
Procedimiento de concesión: Concurrencia competitiva
Ámbito geográfico: Estatal
Beneficiarios:

Personas trabajadores que hayan estado o estén incluidos en expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE)

Cuantía de la ayuda:

En la determinación del importe de la subvención a conceder se aplicará la metodología de financiación en la que se tendrán en cuenta los siguientes criterios, en función del tipo de programa de formación previsto en el artículo 9:
a) El presupuesto establecido en el artículo 8 para la financiación de cada tipo de programa de formación.
b) La valoración técnica obtenida por la solicitud según los criterios recogidos en el artículo 15.
c). El módulo económico máximo específico por participante y hora de formación teórico-práctica aplicable en esta convocatoria será, en la formación presencial, de 7,9 euros, en la formación impartida mediante teleformación y, la parte de teleformación, en las acciones con modalidad mixta, 4,95 euros participante/hora.

Actividades subvencionables:

Programas de formación.
1. Al amparo de esta convocatoria se podrán conceder subvenciones para la ejecución de los siguientes tipos de programas de formación:
a) Programas de formación de empresas, dirigidos a sus personas trabajadoras que hayan estado o estén incluidas en expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE), de conformidad con lo previsto en el artículo 5.1.a), que contendrán las especialidades formativas solicitadas por las empresas en función de las necesidades de recualificación de sus trabajadores.
b) Programas de formación impartidos por entidades de formación, dirigidos a personas trabajadoras que hayan estado o estén incluidas en expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE), de conformidad con lo previsto en el artículo 5.1.a), que contengan las especialidades formativas recogidas en el artículo 4.3, según Anexo III

Requisitos:

Podrán participar en los programas de formación previstos en esta convocatoria:
a) Personas trabajadoras ocupadas que hayan estado o estén incluidos en expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) regulados por el artículo 22 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, en el Real Decreto-ley 30/2020, de 29 de septiembre, de medidas sociales en defensa del empleo y en el Real Decreto-ley 18/2021, de 28 de septiembre, de medidas urgentes para la protección del empleo, la recuperación económica y la mejora del mercado de trabajo.
b) También podrán participar personas trabajadoras en situación de desempleo que hayan estado incluidos en expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE), inscritas como demandantes de empleo en los servicios públicos de empleo en los programas de formación regulados en el artículo 9.b). Su participación no podrá superar el 30 por ciento del total de participantes en el programa.

Solicitud:

Las solicitudes de subvención que se presenten en el marco de esta convocatoria se tramitarán de forma electrónica mediante la aplicación informática que estará a disposición de las entidades solicitantes en la página web de la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo https://www.fundae.es/convocatorias/plazo-de-solicitud-abierto/convocatoria-ertes

 

2º plazo de 2023. Desde el 25 de septiembre hasta el 7 de noviembre de 2023

La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.