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Extracto de la Resolución de 31 de marzo de 2022, de la Dirección-Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se efectúa la convocatoria para el ejercicio 2022, en régimen de concurrencia no competitiva, dirigidas a personas con discapacidad, reguladas en la Orden de 7 de febrero de 2017

Estado: Cerrada
Objeto de la convocatoria:

Compensar económicamente la prestación de los servicios de interés económico general desarrollados por los Centros Especiales de Empleo, y con ello su viabilidad, mediante la concesión de incentivos dirigidos a financiar la creación de empleo indefinido y el mantenimiento de puestos de trabajos ocupados por personas con discapacidad en los mismos, así como, la adaptación de puestos de trabajo y la eliminación de barreras arquitectónicas con la finalidad de conseguir su inserción en el mercado laboral, y fomentar su accesibilidad.
Asimismo, será objeto de las ayudas convocadas financiar la creación de empleo indefinido de personas con discapacidad y la eliminación de barreras arquitectónicas y adaptación de puestos de trabajos, o dotación de equipos de protección personal, ocupados por personas con discapacidad que con carácter indefinido sean contratadas por empresas ordinarias.

a) Incentivos públicos destinados a financiar la creación de empleo indefinido en la Comunidad Autónoma de Andalucía de personas con discapacidad en Centros Especiales de Empleo.

b) Incentivos públicos dirigidos a financiar los costes salariales derivados del mantenimiento de los puestos de trabajo ocupados en la Comunidad Autónoma de Andalucía por personas con discapacidad en Centros Especiales de Empleo.

c) Incentivos dirigidos a la adaptación de puestos de trabajo y a la eliminación de barreras arquitectónicas en Centros Especiales de Empleo.

d) Incentivos públicos dirigidos a financiar la creación de empleo indefinido en la Comunidad Autónoma de Andalucía de personas con discapacidad en empresas ordinarias.

e) Incentivos dirigidos a financiar la adaptación de puestos de trabajo o dotación de equipos de protección personal con la finalidad de evitar accidentes laborales o a sufragar la eliminación de barreras u obstáculos que dificulten el trabajo de las personas con discapacidad contratadas en empresas ordinarias.

Referencia: 618991, 618993, 618994, 618996, 618997, 618999 y 619000

Publicación oficial: 20/04/2022

Fecha inicio convocatoria: 21/04/2022

Fecha fin convocatoria: 20/05/2022

Financiación: OTRO

Órgano gestor: Junta de Andalucía

Departamento: DIRECCIÓN GERENCIA

Tipo de ayuda: Subvención
Presupuesto: 68.300.000 euros
Sector: Servicios sociales
Procedimiento de concesión: Concurrencia no competitiva
Ámbito geográfico: Andalucía
Beneficiarios:

Los Centros Especiales de Empleo que desarrollen su actividad en el territorio de la Comunidad Autónoma Andaluza, cuyo objeto principal sea realizar una actividad productiva de bienes o de servicios, participando regularmente en las operaciones del mercado, y tengan como finalidad asegurar un empleo remunerado a las personas con discapacidad, favoreciendo la inclusión del mayor número de estas personas en el régimen de empleo ordinario, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 del Texto Refundido de la Ley de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre.
Se entenderá que un Centro Especial de Empleo desarrolla su actividad en la Comunidad Autónoma Andaluza cuando esté inscrito en el Registro de Centros Especiales de Empleo de la misma o bien sean Centros Especiales de Empleo cuya sede principal esté en Andalucía.
Los Centros Especiales de Empleo deberán prestar los servicios de ajuste personal y social que requieran las personas trabajadoras con discapacidad, según sus circunstancias y conforme a la normativa vigente.
Se entenderán por servicios de ajuste personal y social los que permitan ayudar a superar las barreras, obstáculos o dificultades que las personas trabajadoras con discapacidad de los Centros Especiales de Empleo tengan en el proceso de incorporación a un puesto de trabajo, así como en la permanencia y progresión en el mismo. Igualmente, se encontrarán comprendidos aquellos dirigidos a la inclusión social, cultural y deportiva.

Cuantía de la ayuda:

Importe cierto: 12.021 euros por cada nueva contratación indefinida a jornada completa o por transformación de contrato de duración determinada en indefinido. Cuando las contrataciones indefinidas se efectúen a tiempo parcial la ayuda se reducirá proporcionalmente a la jornada, que no podrá ser inferior a 18 horas a la semana.

Actividades subvencionables:

Cantidad a tanto alzado por cada nueva contratación de carácter indefinido o transformación de contrato de duración determinada en indefinido de personas con discapacidad en Centros Especiales de Empleo.

Requisitos:

a) Estar debidamente calificadas e inscritas como Centro Especial de Empleo en cualquiera de los Registros de Centros Especiales de Empleo ubicados en el Territorio nacional.
b) No haber sido condenadas por sentencia judicial firme o sancionadas por resolución administrativa firme en el último año por falta muy grave en materia de prevención de riesgos laborales.
c) No haber sido condenadas por sentencia judicial firme o sancionadas por resolución administrativa firme por prácticas de discriminación laboral o de género.
d) No haber sido excluidas por sanción firme de los beneficios derivados de los programas de empleo, de acuerdo con el artículo 46.2 del Texto Refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto.

La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.