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Extracto de la Resolución, de 4 de julio de 2023, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes por la que se convocan ayudas a las entidades públicas titulares de infraestructuras para mejora y optimización de instalaciones y espacios deportivos que fomenten el turismo deportivo sostenible, con cargo a los fondos europeos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia

Estado: Cerrada
Objeto de la convocatoria:

Conceder subvenciones destinadas a la inversión para promover la reforma sostenible e inclusiva de instalaciones y espacios deportivos en los que se puedan desarrollar proyectos relacionados con el sector del turismo deportivo, con el fin de modernizar nuestra industria turística asociada al deporte, y cuyo plazo de ejecución se encuentre entre el 1 de febrero de 2020 y el 30 de septiembre de 2025.

Referencia: 707542

Publicación oficial: 11/07/2023

Fecha inicio convocatoria: 12/07/2023

Fecha fin convocatoria: 11/08/2023

Financiación: FONDOS NEXT GENERATION

Órgano gestor: Administración General del Estado

Ministerio: MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE

Órgano: CONSEJO SUPERIOR DE DEPORTESn>

Tipo de ayuda: Subvención
Presupuesto: 36.185.000 euros
Sector: Cultura
Procedimiento de concesión: Concurrencia competitiva
Ámbito geográfico: España
Beneficiarios:

Administraciones Públicas territoriales y aquellos organismos públicos y entidades de derecho público dependientes de dichas Administraciones Públicas, que sean titulares de instalaciones y/o espacios deportivos en los que se puedan desarrollar actividades de turismo deportivo sostenible.

Cuantía de la ayuda:

La cuantía total máxima de la convocatoria es de 36.185.000 euros, que se imputarán de acuerdo con la siguiente distribución de créditos:
1. 24.106.33ZB.759, “Ayudas a Comunidades Autónomas. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia” por importe de 4.827.750 euros.
2. 24.106.33ZB.769, “Ayudas a Corporaciones Locales. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia” por importe de 30.157.250 euros.
3. 24.106.33ZB.719, “Ayudas a Organismos Autónomos. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia” por importe de 1.200.000 euros.

Se establece un importe total máximo a percibir por entidad beneficiaria de 600.000 euros, con independencia de si se presentan uno o dos proyectos en la solicitud de las ayudas.

Actividades subvencionables:

Se consideran gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de las inversiones subvencionadas, y se ejecuten entre el 1 de febrero de 2020 y el 30 de septiembre de 2025 en los términos previstos en el artículo 31 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre y del artículo 9 de la Orden CUD/702/2023, de 26 de junio.
Las entidades solicitantes de las ayudas deberán presentar una única solicitud. Cada solicitud podrá contener uno o dos proyectos para los que se solicite financiación, pudiendo englobar una o varias de las categorías de gastos indicadas a continuación:
Gastos de inversiones:
a. Adecuación y mejoras de espacios e instalaciones deportivas.
b. Adecuación y mejora de accesos y aparcamientos.
c. Adecuación de vestuarios y otros espacios complementarios de apoyo a la actividad deportiva, como gimnasios, salas de readaptación y enfermería, así como residencias y salas destinadas a la formación.
d. Mejoras en la eficiencia energética.
e. Adecuación, adaptación y mejoras de las instalaciones, siempre que el resultado implique una mejora en la consecución de los objetivos de transición ecológica, digitalización, igualdad e inclusión, accesibilidad y/o seguridad en las instalaciones.
f. Actuaciones que desarrollen y/o mejoren la digitalización de la actividad turístico-deportiva en todos sus ámbitos de desarrollo.
g. Elaboración del diseño y/o proyecto de inversión de las actuaciones recogidas en el presente apartado.

Requisitos:

Podrán ser beneficiarias de las ayudas convocadas por medio de la presente Resolución las Administraciones Públicas territoriales y aquellos organismos públicos y entidades de derecho público dependientes de dichas Administraciones Públicas, que sean titulares de instalaciones y/o espacios deportivos, que cumplan con los siguientes requisitos:
1. Que se encuentren en la situación que fundamenta la concesión de la subvención o en las que concurran las circunstancias previstas en la Orden CUD/702/2023, de 26 de junio y en esta convocatoria.
2. Que asuman frente al CSD la totalidad de derechos y obligaciones inherentes a la condición de beneficiario, derivados de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre y del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
3. Que las acciones que realicen cumplan con lo estipulado en las bases reguladoras establecidas en la Orden CUD/702/2023, de 26 de junio.
4. Que no se encuentren incursas en ninguna de las prohibiciones recogidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. La acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 22 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
5. Que acrediten la titularidad de la instalación o espacio deportivo.
6. Que acrediten la actividad turística realizada o a realizar, y su relación con la inversión solicitada. A los efectos de esta convocatoria, se entienden como turismo deportivo aquel que implique el desplazamiento y/o alojamiento de personas para presenciar y/o participar en algún evento de carácter deportivo o para practicar actividad físico-deportiva en todos sus ámbitos de actuación.
7. Que acrediten, en caso de realizar actuaciones relacionadas con la eficiencia energética, las certificaciones energéticas previa y posterior a la actuación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 de la Orden CUD/702/2023, de 26 de junio.

La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.