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Extracto de la Resolución de 4 de marzo de 2022, por la que se realiza la convocatoria para 2022 para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, a universidades públicas andaluzas para el desarrollo de proyectos de investigación en las materias competencia de la Secretaría General de Vivienda

Estado: Cerrada
Objeto de la convocatoria:

Incentivar la investigación de las universidades públicas andaluzas, promoviendo, apoyando e impulsando el desarrollo de proyectos de investigación que redunden en beneficio del progreso y bienestar de nuestra comunidad y su ciudadanía, priorizando su aplicación directa en los sectores y materias relacionados con las competencias de la Secretaría General de Vivienda.

Referencia: 613367

Publicación oficial: 15/03/2022

Fecha inicio convocatoria: 16/03/2022

Fecha fin convocatoria: 16/04/2022

Financiación: OTRO

Órgano gestor: Junta de Andalucía

Departamento: CONSEJERÍA DE FOMENTO, INFRAESTRUCTURAS Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

Tipo de ayuda: Subvención
Presupuesto: 700.000 euros
Sector: Investigación, Desarrollo e Innovación
Procedimiento de concesión: Concurrencia competitiva
Ámbito geográfico: Andalucía
Beneficiarios:

Universidades púbicas andaluzas.

Cuantía de la ayuda:

La dotación máxima de la ayuda para el desarrollo de los proyecto de investigación se refleja en el cuadro que figura en el apartado primero, teniendo cada proyecto subvencionado una dotación máxima de 50.000,00 euros, siendo la cuantía máxima total de 700.000,00 euros.
La subvención media se estima en 35.000,00 euros, por lo que el crédito asignado permitiría resolver 20 ayudas.

Actividades subvencionables:

Podrán ser subvencionables aquellos gastos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten estrictamente necesarios para la ejecución del proyecto, se imputen dentro del período recogido en el apartado 5.e)(Desde la fecha de la resolución de concesión, hasta la finalización del plazo que se establezca para la ejecución de la actividad subvencionada, aun cuando el pago se efectúe después), se encuentren reflejados en el presupuesto y sean justificados debidamente.

Según la actividad, los gastos subvencionables podrán estar incluidos en las siguientes partidas:

Gastos de Personal. Dedicados a retribuir las actividades realizadas por el nuevo personal contratado o becado con cargo al proyecto, durante todo o parte del periodo o periodos fijados para su realización, ya sea a tiempo parcial o jornada completa, incluyendo la cotización a la Seguridad Social, todo ello de conformidad con la normativa vigente en materia de contratación con las
administraciones públicas.
Gastos de viaje, alojamiento y dietas. Destinados a asumir los gastos relativos al desplazamiento de las personas participantes en el proyecto para sufragar el coste extra debido al traslado fuera de su vivienda habitual para desarrollar actividades directamente relacionadas con la investigación, organización y participación en eventos (jornadas, foros, seminarios, exposiciones, congresos) que
contribuyan a la difusión, divulgación y transferencia de las investigaciones realizadas y sus resultados, cuando así se encuentre reflejado en el proyecto.
El importe máximo subvencionable será el previsto para el personal que presta servicios para la Junta de Andalucía, en las cuantías que la normativa vigente en materia de indemnizaciones por razón del servicio resulte de aplicación para cada ejercicio económico.
Otros servicios técnicos y profesionales. Gastos correspondientes a:

• Servicios y conocimientos profesionales prestados por una persona física o jurídica diferente a la persona Investigadora Principal y las personas pertenecientes al equipo de investigación o de trabajo (servicios externos, consultorías, asesorías técnicas especializadas, etc.).
• Alquiler de aparatos, equipos y útiles para el desarrollo de actividades de investigación.
• Costes de utilización de infraestructuras de investigación (laboratorios y otros equipamientos científico-tecnológicos).
• Servicios de mantenimiento y reparación de material y equipamiento científico.

Materiales y suministros. Gastos corrientes necesarios para el desarrollo de la actividad, considerados material fungible (no inventariable) como puede ser:

• Consumibles (papelería, productos materiales y reactivos de laboratorio).
• Adquisición de material y equipamiento científico que no suponga aumento de cantidad de capital o patrimonio de la entidad solicitante (valor inferior a 150 euros).
• Licencias, programas informáticos y bases de datos por valor inferior a 300 euros.

Gastos de Publicidad y Difusión. Gastos en publicidad, difusión y divulgación de las actividades realizadas y resultados obtenidos con el proyecto, en formato papel y/o digital, edición de páginas web, así como para la participación, organización y realización de eventos (jornadas, foros, seminarios, exposiciones, congresos…) de transferencia, difusión científica y divulgación de los proyectos y sus resultados, siempre que forme parte del proyecto.

El presupuesto debe adecuarse a las actividades propuestas, justificándose en la Memoria cientifico-técnica la relación con las necesidades del proyecto. En cualquier caso, aquellos gastos que no se ajusten a las partidas anteriormente descritas no serán incluidos en la cuantía finalmente concedida.

Requisitos:

a) Estar legalmente constituidos y tener personalidad jurídica propia
b) Estar localizadas, tener su sede o su domicilio social en la Comunidad Autónoma de Andalucía
c) Requisitos que deben reunir los participantes en los proyectos de investigación:

c.1.- El proyecto estará liderado por una persona INVESTIGADORA PRINCIPAL (IP), integrante del Equipo de Investigación (EI), que asumirá la responsabilidad de la dirección y ejecución del proyecto.
Deberá estar en posesión del doctorado, con una antigüedad mínima de 5 años (según fecha que conste en el título), tener una vinculación laboral o funcionarial con la universidad solicitante, desde el momento de la presentación de la solicitud hasta la fecha prevista de finalización de la ejecución del proyecto, así como encontrarse registrada en el Sistema de Información Científica de Andalucía(SICA). De no poseer la antigüedad mencionada en el doctorado, su labor deberá estar apoyada por otra persona integrante del equipo de investigación que sí la tenga, la cual ejercerá de TUTORA, avalando y firmando conjuntamente las actuaciones.

c.2.- Las personas integrantes del EQUIPO DE INVESTIGACIÓN(EI) tendrán titulación superior y al menos dos de ellas, además de la persona IP, estarán en posesión del doctorado. Deberán estar vinculadas, desde el momento de la presentación de la solicitud hasta la fecha prevista de finalización de la ejecución del proyecto, a una universidad o entidad pública inscrita en el Sistema Andaluz del Conocimiento (SAC) .
Alguna de las personas integrantes del EI deberá acreditar haber publicado, al menos, dos trabajos (indicando su ISSN o ISBN) relacionados con la materia a investigar en revistas indexadas en JCR, SJR, A&H y/o AVERY o en editoriales de prestigio nacional o internacional incluidas en SPI.
c.3.- Se podrá participar en el proyecto de investigación como integrante del EQUIPO DE TRABAJO (ET), cuando no se cumplan los requisitos exigidos para formar parte del Equipo de Investigación.
c.4.- Cuando la entidad de vinculación sea distinta a la entidad solicitante se presentará un COMPROMISO DE COLABORACIÓN(según modelo que se facilitará en la convocatoria) firmado por la persona Investigadora Principal, refrendando su participación y la veracidad de los datos aportados.
c.5.- La persona Investigadora Principal, la Tutora, así como el resto de integrantes del Equipo de Investigación, no podrán formar parte de más de un proyecto de investigación por convocatoria, sea cual fuere su tipo de vinculación, adscripción o funciones. Tampoco podrán participar en un nuevo proyecto de investigación, mientras se esté ejecutando otro proyecto de investigación que haya sido subvencionado en alguna convocatoria anterior, en el que se participe de cualquier forma. Las condiciones de este apartado no serán de aplicación para las personas integrantes del Equipo de Trabajo.

La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.