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Extracto de la Resolución de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se efectúa la convocatoria para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva del Programa de Proyectos Territoriales para el Reequilibrio y la Equidad. Colectivos Vulnerables, regulado en el Decreto-ley 27/2021, de 14 de diciembre, por el que se aprueban con carácter urgente medidas de empleo en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia para Andalucía. Línea 4

Estado: Cerrada
Objeto de la convocatoria:

Es promover la inserción laboral y la atención personalizada de colectivos vulnerables mediante el desarrollo de proyectos integrados de inserción laboral, los cuales deberán incluir acciones de orientación y de formación. Los proyectos se desarrollarán en los territorios de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Asimismo, es objeto del presente decreto-ley convocar las subvenciones destinadas a la financiación de los siguientes Programas y medidas incluidos en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia aprobados en el mismo:

a) Línea 1. Programa de primera experiencia profesional en las administraciones públicas.

b) Línea 2. Programa Investigo.

c) Línea 3. Programa de apoyo a las mujeres en los ámbitos rural y urbano.

d) Línea 4. Nuevos Proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad. Colectivos vulnerables.

e) Línea 5. Nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad. Emprendimiento y microempresas. Empleo y transición productiva hacia la economía verde o la economía digital.

f) Línea 6. Nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad. Emprendimiento y microempresas: Transición del trabajo autónomo y de la economía social hacia una economía verde y digital.

Referencia: 671049

Publicación oficial: 27/01/2023

Fecha inicio convocatoria: 30/01/2023

Fecha fin convocatoria: 17/02/2023

Financiación: FONDOS NEXT GENERATION

Órgano gestor: Junta de Andalucía

Departamento: CONSEJERÍA DE EMPLEO, FORMACIÓN Y TRABAJO AUTÓNOMO

Tipo de ayuda: Subvención
Presupuesto: 8.003.232 euros
Sector: Empleo
Procedimiento de concesión: Concurrencia no competitiva
Ámbito geográfico: Andalucía
Beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de la subvención las siguientes entidades, definidas en el artículo 44 del Decreto-ley 27/2021, de 14 de diciembre, por el que se aprueban con carácter urgente medidas de empleo en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia para Andalucía:
1. Podrán ser beneficiarias de la subvención las siguientes entidades:
a) Entidades de formación.
b) Entidades sin ánimo de lucro.
c) Empresas de inserción, definidas en la Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la regulación del régimen de las empresas de inserción.
d) Entidades del tercer sector, entendiendo por tales las definidas y reguladas en la Ley 43/2015, de 9 de octubre, del Tercer Sector de Acción Social.
2. No podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las entidades que tengan la consideración de sector público.

Cuantía de la ayuda:

La cuantía de la subvención será de 6.000 euros que recibirá la entidad por cada persona participante que concluya el itinerario personalizado que se le haya diseñado.

Actividades subvencionables:

El concepto subvencionable será la financiación de los proyectos integrados para favorecer la inserción laboral de las personas pertenecientes a los colectivos vulnerables indicados en el artículo 43.

Estos proyectos consistirán en el diseño e implementación de itinerarios personalizados de inserción laboral que incluyan acciones de orientación y acompañamiento en la búsqueda de empleo y de formación, así como, en su caso, otras acciones facilitadoras de la inserción laboral.

Las acciones que pueden desarrollarse en los proyectos integrados serán:

a) Acciones de orientación laboral y para facilitar la búsqueda de empleo de las personas participantes, incluyendo actuaciones de sensibilización y para el desarrollo de aspectos personales para la ocupación, y sobre el proceso, técnicas, recursos y herramientas de búsqueda activa de empleo, confección del currículum, taller de entrevista de trabajo, etc., así como información general sobre el mercado de trabajo, en materia de autoempleo, sobre tendencias, oportunidades profesionales y alternativas laborales vinculadas al territorio, prioritariamente, en los ámbitos indicados como prioritarios, y sesiones motivacionales y de asesoramiento sobre emprendimiento y economía social ligadas a estas zonas.

b) Acciones formativas de cualificación y recualificación profesional, que permitan la adquisición de conocimientos técnicos y habilidades adecuados y suficientes para desempeñar un trabajo.

c) Acompañamiento durante el desarrollo del itinerario personalizado realizado por las participantes con la finalidad de efectuar su impulso y seguimiento respecto de la mejora de su empleabilidad, así como acompañamiento al inicio de la incorporación laboral.

d) Prospección del mercado laboral del territorio en el que se desarrolle el Programa, que permita la obtención de información actualizada sobre la situación económica y laboral del entorno, la identificación de las necesidades de personal de su tejido empresarial, perfiles laborales requeridos, captación de ofertas de empleo, así como la difusión del Programa y la propuesta de la candidatura de las personas participantes para cubrir las vacantes detectadas en las empresas, todo ello con objeto de cumplir el objetivo de inserción laboral previsto.

Requisitos:

La actividad subvencionada deberá cumplir los siguientes requisitos:

a) Las personas contratadas deberán desarrollar funciones o tareas que sean competencia de las entidades beneficiarias. La competencia podrá ser propia u originaria, o bien ejercida por delegación, encargo o encomienda.

b) Que se favorezca la formación y práctica profesionales de las personas desempleadas que sean contratadas. A estos efectos las contrataciones deberán referirse a puestos de trabajo acordes a la formación académica y/o profesional de la persona contratada.

c) Las entidades beneficiarias deberán facilitar a las personas destinatarias información profesional, orientación o formación durante la vigencia de los contratos subvencionados y cumplir con todas las obligaciones de prevención de riesgos laborales que les correspondan. Además, se desarrollarán de manera adecuada medidas relacionadas con la actualización de los conocimientos digitales.

d) Las personas contratadas podrán contar con el asesoramiento de personal orientador del Servicio Andaluz de Empleo para la mejora de la empleabilidad durante toda la prestación de servicios.

e) En todo caso, las contrataciones objeto de subvención no podrán cubrir plazas de naturaleza estructural que estén o no dentro de las relaciones de puestos de trabajo, plantilla u otra forma de organización de recursos humanos, que estén contempladas en las distintas Administraciones Públicas y estén dotadas presupuestariamente.

No podrán obtener la condición de beneficiarias quienes incurran en algunas de las circunstancias reguladas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y con carácter específico en las siguientes:

a) Haber sido sancionadas o condenadas por resolución administrativa firme o sentencia judicial firme por alentar o tolerar prácticas laborales consideradas discriminatorias por la legislación vigente, de conformidad con lo establecido en el artículo 13.2 de la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía.

b) Estar excluida por sanción firme de los beneficios derivados de los programas de empleo, de acuerdo con el artículo 46.2 del Texto Refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto.

 

La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.