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Extracto de la Resolución de la Presidencia del CSD, de 25 de julio de 2023, por la que se convocan ayudas para la preparación de la alta competición a Federaciones españolas de Deportes para personas con discapacidad y Federaciones Deportivas Españolas que tienen integrada la especialidad del deporte con discapacidad, con cargo a los fondos europeos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia

Estado: Cerrada
Objeto de la convocatoria:

La finalidad de las subvenciones objeto de la convocatoria es apoyar a dichas Federaciones en la promoción, preparación y fomento de la actividad en alta competición a personas con discapacidad. Para ello se financiará el tipo de actividades descritas con algunas de las siguientes finalidades:
1. Preparación de los deportistas de los equipos nacionales de las especialidades de deportes para personas con discapacidad.
i. Participación, preparación y optimización del rendimiento de deportistas y equipos nacionales en competiciones de ámbito internacional ii. Mejora de los procesos y condiciones de traslado y alojamiento para los entrenamientos, incluyendo tanto la gestión como los costes directos asociados a traslados.
iii. Adecuación y adquisición del material deportivo no inventariable.
iv. Servicios médicos, de fisioterapia y farmacéuticos (incluidas pruebas médicas) orientados a la preparación y entrenamiento de alta competición.
v. Alquileres que coadyuven a esta innovación y profesionalización de estructuras.
2. Optimización del equipamiento de alta competición y de las infraestructuras deportivas relacionadas con la alta competición.
vi. Adquisición de material deportivo inventariable específico según especialidades.
vii. Material e inversiones para la preparación y competición de los deportistas viii. Mejoras de infraestructuras.
3. Fomento de la actividad nacional.
ix. Participación y desarrollo en concentraciones y competiciones nacionales que mejoren la preparación de los deportistas.

x. Proyectos de innovación orientados al deporte de alta competición de personas con discapacidad.
xi. Gastos de innovación en procesos y organización xii. Mantenimiento de sistemas informáticos y en digitalización (página web, servidores, licencias informáticas).
4. Formación especializada para el correcto desarrollo de la actividad deportiva.
xiii. Gastos en formación para técnicos, entrenadores y personal de apoyo de alta competición
xiv. Los costes de servicios de asesoramiento relacionados con el proyecto de formación.

Referencia: 710290

Publicación oficial: 28/07/2023

Fecha inicio convocatoria: 31/07/2023

Fecha fin convocatoria: 21/08/2023

Financiación: FONDOS NEXT GENERATION

Órgano gestor: Administración General del Estado

Ministerio: MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE

Órgano: CONSEJO SUPERIOR DE DEPORTESn>

Tipo de ayuda: Subvención
Presupuesto: 5.500.000 euros
Sector: Deporte
Procedimiento de concesión: Concurrencia competitiva
Ámbito geográfico: España
Beneficiarios:

Podrán ser solicitantes y perceptoras de estas ayudas las:

  • Federaciones Deportivas Españolas que desarrollen actividad de alta competición y tengan integrada la especialidad del deporte de personas con discapacidad incluida en sus estatutos como una especialidad independiente y cumplan los requisitos previstos en la presente Resolución y en las normas aplicables,
  • Federaciones españolas de deportes para personas con discapacidad, que cumplan los requisitos indicados en la convocatoria y presenten proyectos encuadrados en alguna de las finalidades previstas en ella.
Cuantía de la ayuda:

El CSD destinará a financiar las ayudas convocadas un importe máximo de hasta 5.500.000€ con el siguiente desglose:
Concepto 01. 24.106.33ZC.789 «A Federaciones Deportivas Españolas, para Gastos de Inversión», hasta 2.500.000 euros.
Concepto 02. 24.106.33ZC.484 «A Federaciones Deportivas Españolas, para Gastos Corrientes», hasta 3.000.000 euros.

Actividades subvencionables:

1. Los potenciales beneficiarios deberán presentar una única solicitud. Cada solicitud podrá contener una o varias actuaciones para las que se solicite financiación, correspondientes a los siguientes gastos siempre que la ejecución se haya realizado entre el 1 de enero de 2023 y el 31 de diciembre de 2023:

I. Gastos de preparación de los deportistas de los equipos nacionales de las especialidades de deportes para personas con discapacidad.

i. Participación, preparación y optimización del rendimiento de deportistas y equipos nacionales en competiciones de ámbito internacional

ii. Mejora de los procesos y condiciones de traslado y alojamiento para los entrenamientos, incluyendo tanto la gestión como los costes directos asociados a traslados.

iii. Adecuación y adquisición del material deportivo no inventariable.

iv. Servicios médicos, de fisioterapia y farmacéuticos (incluidas pruebas médicas) orientados a la preparación y entrenamiento de alta competición.

v. Alquileres que coadyuven a esta innovación y profesionalización de estructuras.

II. Gastos de optimización del equipamiento de alta competición y de las infraestructuras deportivas relacionadas con la alta competición.

vi. Adquisición de material deportivo inventariable específico según especialidades.

vii. Material e inversiones para la preparación y competición de los deportistas

viii. Mejoras de infraestructuras.

III. Gastos de fomento de la actividad nacional.

ix. Participación y desarrollo en concentraciones y competiciones nacionales que mejoren la preparación de los deportistas.

x. Proyectos de innovación orientados al deporte de alta competición de personas con discapacidad.

xi. Gastos de innovación en procesos y organización

xii. Mantenimiento de sistemas informáticos y en digitalización (página web, servidores, licencias informáticas).

IV. Gastos de formación especializada para el correcto desarrollo de la actividad deportiva.

xiii. Gastos en formación para técnicos, entrenadores y personal de apoyo de alta competición

xiv. Los costes de servicios de asesoramiento relacionados con el proyecto de formación.

2. Todos los gastos deberán ser motivados por la preparación en la alta competición de la especialidad del deporte de personas con discapacidad o por los gastos que estas generen en la preparación de la actividad nacional e internacional, para la optimización del equipamiento y las infraestructuras, fomento de la actividad o en las formaciones especialidades, por este orden de prioridad. Todas las actuaciones sujetas a subvención deberán haber sido pagadas previamente a su justificación. Las actividades, circunstancias y situaciones de las que deriven dichos gastos deberán corresponder al mismo periodo.

Requisitos:

Los beneficiarios deberán cumplir con los siguientes requisitos:

a) Podrán obtener la condición de beneficiario las federaciones que se encuentren en la situación que fundamenta la concesión de la subvención o en las que concurran las circunstancias previstas en esta orden de bases reguladoras y en la convocatoria.

b) La condición de beneficiario de la ayuda implica que asume frente a la entidad convocante la totalidad de derechos y obligaciones inherentes a tal condición, derivada de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre y de su Reglamento de desarrollo, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.

c) Las acciones que realicen los beneficiarios de las ayudas tendrán que cumplir con lo estipulado en estas bases reguladoras.

d) No podrán ser beneficiarios de las ayudas las federaciones en las que concurra alguna de las circunstancias relacionadas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

e) En ningún caso podrán obtener la condición de beneficiario o entidad colaboradora de las subvenciones las asociaciones incursas en las causas de prohibición previstas en los apartados 5 y 6 del artículo 4 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de asociación.

f) No podrán ser beneficiarios de las ayudas las federaciones que tengan deudas por reintegro de ayudas o préstamos con la Administración, o estén sujetas a una orden de recuperación pendiente tras una Decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.

La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.