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Extracto de la Resolución de la Secretaría de Estado de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana por la que se convocan subvenciones en 2022 para la realización de cursos de formación para la capacitación digital y sostenibilidad en el ámbito del transporte y la movilidad, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y ResilienciaFinanciado por la Unión Europea – Next Generation EU

Estado: Cerrada
Objeto de la convocatoria:

La realización de cursos de formación para la capacitación digital y sostenibilidad en el ámbito del transporte y la movilidad, vinculado a los objetivos de la Componente C19.I3 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado con fondos Next Generation – EU, con las que se pretende mejorar la capacitación digital de los profesionales del sector del transporte, la movilidad, la logística y las infraestructuras, mejorando su empleabilidad.

Referencia: 651209

Publicación oficial: 03/10/2022

Fecha inicio convocatoria: 04/10/2022

Fecha fin convocatoria: 03/11/2022

Financiación: FONDOS NEXT GENERATION

Órgano gestor: Administración General del Estado

Ministerio: MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA

Órgano: SECRETARÍA DE ESTADO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA

Tipo de ayuda: Subvención
Presupuesto: 10.500.000 euros
Sector: Transporte y Logística
Procedimiento de concesión: Concurrencia competitiva
Ámbito geográfico: España
Beneficiarios:

Universidades públicas o privadas constituidas conforme a la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, debidamente inscritas en el Registro de Universidades, Centros y Títulos, regulado por el Real Decreto 1509/2008, de 12 de septiembre.

Cuantía de la ayuda:

La intensidad de ayuda aplicable a cada edición de cada acción formativa será la menor de los siguientes importes:
a) El 100% de los costes subvencionables de cada edición de la acción formativa o,
b) 2.500 euros por alumno formado con éxito de la edición de la acción formativa o,

c) El importe, en euros, resultante de la siguiente fórmula: IAAF = 45.000 + 300 x n. (La intensidad de ayuda por edición de la acción formativa (IAAF) será igual a: 45.000 más el valor resultante de multiplicar 300 por el número de alumnos formados con éxito de la edición de la acción formativa.)
La intensidad de ayuda final a cada beneficiario será la correspondiente al sumatorio de todas las ayudas calculadas con base en el apartado anterior, del conjunto de ediciones de todas las acciones formativas propuestas que hayan resultado beneficiarias de la subvención.

Actividades subvencionables:

Serán subvencionables los costes siguientes:
a)los costes de personal de los formadores, correspondientes a las horas en que estos participen en la formación;
b)los costes de explotación en que incurran los formadores y los beneficiarios de la formación, directamente relacionados con la acción formativa, como gastos de viaje, materiales y suministros vinculados directamente a la acción formativa, y la amortización de instrumentos y equipos, en la medida en que se utilicen exclusivamente para la acción formativa; se excluyen los costes de alojamiento, excepto los costes mínimos de alojamiento necesarios para los beneficiarios de la formación que sean trabajadores con discapacidad;
c)los costes de servicios de asesoramiento relacionados con la acción formativa;
d)con carácter general, los costes indirectos (gastos administrativos, alquileres, seguros, publicidad y difusión, gestión y dirección) en que se haya incurrido por las horas en las que los destinatarios participen en la formación.
e)los costes de avales y/o fianzas.

Requisitos:

Son requisitos para obtener la condición de beneficiario, cuyo cumplimiento deberá acreditarse en la forma y con los medios que se determinen en cada convocatoria, los siguientes:
a)No incurrir en ninguno de los supuestos contemplados en el artículo 13 apartado 2 y apartado 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
b)No tener deudas por resolución de procedencia de reintegro de ayudas o préstamos con la Administración, ni estar sujeto a una orden de recuperación pendiente tras una Decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.

https://www.boe.es/boe/dias/2023/07/12/pdfs/BOE-B-2023-21446.pdf    Modificación del extracto y Anuncio por el que se da publicidad a la Resolución de la Secretaría de Estado de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana por la que se establece distribución definitiva de los
créditos presupuestarios que financian la convocatoria 2022 para realizar cursos de formación para capacitación digital y sostenibilidad en el ámbito del transporte y la movilidad, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-Financiado por Unión Europea EU NextGeneration

La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.