Una manera de hacer Europa
Fondo Europeo de Desarrollo Regional

Logo Unión Europea

Extracto de la Resolución del Instituto Nacional de Administración Pública, por la que se aprueba la convocatoria correspondiente a 2022 para la concesión de subvenciones destinadas a la financiación de planes de formación de ámbito estatal dirigidos a la capacitación para el desarrollo de las funciones relacionadas con la negociación colectiva y el diálogo social, en el ámbito de las Administraciones Públicas

Estado: Cerrada
Objeto de la convocatoria:

Las ayudas están destinadas a la financiación de planes de formación para el empleo, dirigidos a la capacitación para el desarrollo de las funciones relacionadas con la negociación colectiva y el diálogo social en el ámbito de las Administraciones Públicas, promovidos por las entidades beneficiarias descritas en el apartado Primero.

Referencia: 616522

Publicación oficial: 25/03/2022

Fecha inicio convocatoria: 28/03/2022

Fecha fin convocatoria: 22/04/2022

Financiación: OTRO

Órgano gestor: Administración General del Estado

Ministerio: MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA

Órgano: INSTITUTO NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Tipo de ayuda: Subvención
Presupuesto: 5.909.440 euros
Sector: Empleo
Procedimiento de concesión: Concurrencia competitiva
Ámbito geográfico: España
Beneficiarios:

 Podrán ser beneficiarios de las subvenciones que se regulan en esta convocatoria:

a) Las organizaciones sindicales representativas en el conjunto de todas las Administraciones Públicas en los términos establecidos en los artículos 6 y 7 de la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical y presentes, por tanto, en la Mesa General de Negociación de las Administraciones Públicas.
b) En el ámbito de varias Administraciones Públicas, las organizaciones sindicales distintas a las anteriores, que deberán acreditar la representatividad e implantación en el ámbito correspondiente al plan que se pretende realizar, así como la capacidad organizativa y técnica para su realización. Los destinatarios de estos planes serán únicamente los representantes y agentes sindicales incluidos en el ámbito de su representación.

Cuantía de la ayuda:

La cuantía máxima de subvención vendrá determinada por la suma de los gastos directamente imputables a las actividades formativas y de los gastos generales asociados a la ejecución de las actividades subvencionadas.

Actividades subvencionables:

 Gastos directamente imputables a las actividades formativas:

a) Gastos de formadores internos y externos, incluyendo ponentes y moderadores, en el ejercicio de actividades de preparación, impartición, tutoría y evaluación a los participantes.
b) Gastos de medios y materiales didácticos, como textos y materiales de un solo uso por el alumno (compra, elaboración, reproducción y distribución), y materiales de trabajo fungibles utilizados para el desarrollo de las actividades de formación.
c) Gastos por la elaboración de contenidos para el desarrollo de las actividades incluidas en el plan de formación.
d) Gastos de alojamiento, manutención y desplazamiento de los intervinientes en las actividades formativas (alumnos, coordinadores, personal de apoyo y profesorado).
e) Gastos de alquiler, tanto de instalaciones como de equipamiento, necesarios para el desarrollo de las actividades formativas.
f) Gastos de publicidad y difusión.
g) Gastos de evaluación y control.

Gastos generales asociados a la ejecución de las actividades subvencionadas que no puedan ser imputados de forma directa según el punto 2.1 anterior, con el límite máximo del 10% del total de los gastos directos:

a) Gastos de personal de apoyo, tanto interno como externo, para la gestión y ejecución del plan.
b) Gastos de alquiler de instalaciones y equipamiento no imputables directamente a las actividades previstas en el plan de formación.
c) Otros gastos indirectos en concepto de agua, gas, electricidad, mensajería, teléfono, material de oficina consumido, vigilancia y limpieza y otros no especializados imputables al plan de formación, con el límite máximo del 10 por ciento del total de los gastos directos y sin que sea precisa su justificación documental.

Requisitos:

Se consideran gastos subvencionables los recogidos expresamente en el punto siguiente, siempre que respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada y que, de acuerdo con el artículo 31 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en el artículo 83 de su Reglamento, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, cumplan los siguientes requisitos:

a) Que el coste de adquisición no supere el valor de mercado.
b) Que los gastos se realicen entre la fecha de concesión y el 31 de diciembre de 2023.
c) Que hayan sido efectivamente pagados a 15 de marzo de 2024.
d) Que se solicite y se acredite la concurrencia de distintos proveedores para la realización de gastos en los términos y límites cuantitativos establecidos en el artículo 31.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

Cuando el importe del gasto subvencionable sea igual o superior a 15.000 euros, impuestos excluidos, el beneficiario deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contracción del compromiso para la prestación del servicio o la entrega del bien, salvo que, por las especiales características de los gastos subvencionables, no exista en el mercado suficiente número de entidades que lo suministren o presten.

https://www.boe.es/boe/dias/2022/11/12/pdfs/BOE-A-2022-18577.pdf    Orden TES/1079/2022, de 10 de noviembre, por la que se modifica la Orden TMS/379/2019, de 28 de marzo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones por el Servicio Público de Empleo Estatal, para la financiación de planes de formación de ámbito estatal, dirigidos a la capacitación para el desarrollo de las funciones relacionadas con el diálogo social y la negociación colectiva.

La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.