Una manera de hacer Europa
Fondo Europeo de Desarrollo Regional

Logo Unión Europea

ENISA Jóvenes emprendedores

Estado: Cerrada
Objeto de la convocatoria:

Dotar de los recursos financieros necesarios a pymes (y startups) de reciente constitución creadas por jóvenes para abordar las inversiones que precisa el proyecto empresarial en su fase inicial.

Referencia: 20220901

Publicación oficial: Sin determinar

Fecha inicio convocatoria: 01/01/2023

Fecha fin convocatoria: 31/12/2023

Financiación: FONDOS NEXT GENERATION

Órgano gestor: Administración General del Estado

Ministerio: MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO

Órgano:

Tipo de ayuda: Préstamo
Sector: Empresa
Procedimiento de concesión: Concesión Directa
Ámbito geográfico: España
Beneficiarios:

Jóvenes emprendedores menores de 40 años con proyectos de emprendimiento innovador.

Cuantía de la ayuda:
Es un tipo de financiación que está abierta permanentemente, pero se aconseja realizar la solicitud durante el primer semestre del año o como máximo en septiembre para maximizar las posibilidades de conseguir el préstamo.
  • Importe mínimo del préstamo: 25 000 euros.
  • Importe máximo del préstamo: 75 000 euros.
  • Para la determinación del importe se valorará, entre otros factores, la cuantía de fondos propios y la estructura financiera de tu empresa.
  • El tipo de interés se aplicará en dos tramos:
    – Primer tramo: euríbor + 3,25 %
    – Segundo tramo: aplicamos un interés variable en función de la rentabilidad financiera de tu empresa, con un límite máximo establecido entre el 3 % y el 6 %, de acuerdo con la calificación (rating) de la operación.
  • Comisión de apertura: 0,5 %.
  • Vencimiento: máximo, 7 años.
  • Carencia de principal: máximo, 5 años.
  • Comisión por amortización anticipada: equivalente al importe que el préstamo hubiese devengado en concepto de segundo tramo de interés si este se hubiese amortizado en los plazos acordados y el segundo tramo de interés se hubiese liquidado al tipo máximo, deduciendo los intereses del segundo tramo devengados hasta la fecha de amortización anticipada.
  • Comisión de vencimiento anticipado por cambio en el accionariado: En el caso de cambio en la mayoría de control de la empresa prestataria y/o de transmisión global por cualquier título de los activos de la empresa prestataria, se establece la opción a favor de ENISA de declarar el vencimiento anticipado del préstamo. En el caso de ejercer dicha opción, se establecerá una penalización por vencimiento anticipado, equivalente al importe que el préstamo hubiese devengado en concepto de segundo tramo de intereses -si el préstamo se hubiera amortizado en los plazos acordados y el segundo tramo de interés se hubiese liquidado al tipo máximo-, deduciendo los intereses de segundo tramo devengados hasta la fecha de vencimiento anticipado.
  • La amortización de intereses y principal es mensual.
  • No exigimos garantías.
Actividades subvencionables:

Dirigida a pymes (y startups) de reciente constitución creadas por jóvenes para abordar las inversiones que precisa el proyecto empresarial en su fase inicial.

Requisitos:
  • Ser una pyme, conforme a la definición de la Unión Europea.
  • Tener personalidad jurídica propia, independiente de la de tus socios o partícipes.
  • Que tu empresa haya sido constituida, como máximo, durante los 24 meses anteriores a la solicitud.
  • Tener tu actividad principal y tu domicilio social en el territorio nacional.
  • Que tu modelo de negocio sea innovador, novedoso o con claras ventajas competitivas.
  • La mayoría del capital tiene que estar en manos de personas físicas de edad no superior a 40 años.
  • Financiamos la adquisición de activos fijos y del circulante necesario para la actividad.
  • Los socios tendréis que aportar, vía capital o a través de fondos propios, al menos un 50 % del préstamo.
  • Tendrás que demostrar la viabilidad técnica y económica de tu proyecto empresarial.
  • Debes tener las cuentas del último ejercicio cerrado depositadas en el Registro Mercantil o en otro registro público que proceda.
  • Quedan excluidos los sectores inmobiliario y financiero (*puedes consultar las excepciones en preguntas frecuentes).

La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.