Orden de 1 de agosto de 2022, por la que se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a entidades privadas para la realización de actuaciones de interés general para atender fines sociales con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades, en el ámbito de las competencias de la Consejería de Integración Social, Juventud, Familias e Igualdad, para el ejercicio 2022.
La financiación de actuaciones de interés general para atender fines sociales y, en concreto, la realización de programas de interés social (línea 1) y de proyectos de inversión con fines sociales en materia de obras (línea 2) y en materia de equipamientos y vehículos adaptados y/o adaptación de vehículos (línea 3) que se describen en el apartado 2.a) del Cuadro Resumen de cada una de las líneas, de acuerdo con las actuaciones subvencionables establecidas en el Anexo A de la convocatoria.
Referencia: 642196-642194-642198
Publicación oficial: 08/08/2022
Fecha inicio convocatoria: 09/08/2022
Fecha fin convocatoria: 09/09/2022
Financiación: OTRO
Órgano gestor: Junta de Andalucía
Departamento: CONSEJERÍA DE IGUALDAD, POLÍTICAS SOCIALES Y CONCILIACIÓN
Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las entidades privadas sin ánimo de lucro, así como las federaciones, confederaciones o personas jurídicas similares, cuyo objeto o fin social sea la atención de personas o colectivos en los mencionados ámbitos de actuación. Asimismo, las agrupaciones de organizaciones sin personalidad jurídica.
La cuantía total máxima que se especifica para cada línea y con cargo a los créditos presupuestarios que así mismo se indican, se refiere en el apartado primero del extracto de la convocatoria.
Actuaciones de interés general para atender fines sociales y, en concreto, la realización de programas de interés social (línea 1) y de proyectos de inversión con fines sociales en materia de obras (línea 2) y en materia de equipamientos y vehículos adaptados y/o adaptación de vehículos (línea 3) que se describen en el apartado 2.a) del Cuadro Resumen de cada una de las líneas, de acuerdo con las actuaciones subvencionables establecidas en el Anexo A de la convocatoria.
Los requisitos que deben reunir las personas solicitantes para la obtención de la subvención serán los recogidos en apartado 4 del cuadro resumen de cada una de las líneas de las bases reguladoras, según se acredita en las bases reguladoras.
La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.