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Orden de 6 de febrero de 2024, por la que se efectúa la convocatoria para el año 2024, de subvenciones correspondientes a la intervención sobre el desarrollo rural relativa a zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas (6613) correspondientes al Plan Estratégico de la Política Agraria Común 2023-2027.

Estado: Cerrada
Objeto de la convocatoria:

Intervención 6613. Ayudas a zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas, en la que son objeto de convocatoria las siguientes operaciones:
6613.1. Pagos compensatorios por zonas de montaña.
6613.2. Pagos compensatorios por otras zonas con limitaciones naturales significativas.
6613.3. Pagos compensatorios por otras zonas con limitaciones específicas.

Referencia: 743030

Publicación oficial: 14/02/2024

Fecha inicio convocatoria: 15/02/2024

Fecha fin convocatoria: 30/04/2024

Financiación: FEADER

Órgano gestor: Junta de Andalucía

Departamento: CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA Y DESARROLLO RURAL

Tipo de ayuda: Subvención
Sector: Agricultura, ganadería y pesca
Procedimiento de concesión: Concurrencia competitiva
Ámbito geográfico: Andalucía
Beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de las ayudas convocadas mediante la presente orden, las personas físicas, bien a título individual o como miembros de una sociedad cooperativa andaluza de explotación comunitaria de la tierra o de trabajo asociado calificada como agraria, o como titularidad compartida, que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 6 de la Orden de 28 de marzo de 2023.

Cuantía de la ayuda:

El importe máximo por beneficiario será el obtenido como consecuencia de la aplicación de lo dispuesto en el artículo 8 de la Orden 28 de marzo de 2023. El
importe del crédito presupuestario para la convocatoria 2024 asciende a 14.000.000,00 de euros para las operaciones correspondientes a la Intervención sobre el desarrollo rural relativa a zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas.

Solicitud:

1. Conforme a lo dispuesto en el artículo 108.1 del Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre, la solicitud de ayuda, así como la documentación adjunta, y cualquier otra documentación exigida en la regulación específica de las ayudas objeto de la presente orden, se dirigirá a la persona titular de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados, y se presentará por los medios electrónicos establecidos al efecto, mediante la herramienta informática Sistema de Gestión de Ayudas (SGA), disponible a través de las Entidades Reconocidas por la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, en aplicación de lo previsto en el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 4 de la Ley 30/2022, de 23 de diciembre, por la que se regulan el sistema de gestión de la Política Agrícola Común y otras materias conexas. El listado de Entidades Reconocidas puede ser consultado en la página web de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en la dirección: https://juntadeandalucia.es/organismos/agriculturapescaaguaydesarrollorural/areas/ politica-agraria-comun/ayudas-pac/paginas/entidades-2024.html
2. El acceso a las solicitudes para su presentación y demás datos necesarios que afectan a la presente convocatoria pueden consultarse en el Catálogo de Procedimientos y Servicios de la página web de la Junta de Andalucía en la dirección: https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25232.html

La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.