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PROXIMAMENTE: Orden TER/701/2023, de 20 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la selección de proyectos de formación para el empleo promovidos por entidades locales, para su financiación mediante el Programa de Empleo, Educación, Formación y Economía Social, del Fondo Social Europeo Plus (FSE+), del periodo de programación 2021-2027

Estado: Pendiente
Objeto de la convocatoria:

Contribuir a mejorar la empleabilidad y formación para el empleo a través de itinerarios de inserción laboral, que permitan conseguir el objetivo de mejorar el acceso al empleo y el desarrollo de medidas de activación de los demandantes de empleo.

Referencia: 2023300601

Publicación oficial: 30/06/2023

Fecha inicio convocatoria: Sin determinar

Fecha fin convocatoria: Sin determinar

Financiación: FSE

Órgano gestor: Administración General del Estado

Ministerio: MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL

Órgano:

Tipo de ayuda: Subvención
Sector: Empleo
Procedimiento de concesión: Concurrencia competitiva
Ámbito geográfico: España
Beneficiarios:

Podrán participar en las convocatorias y resultar beneficiarias de las ayudas las siguientes entidades:
a) Los ayuntamientos de municipios con población superior a 20.000 habitantes.
b) Las diputaciones provinciales, las diputaciones forales, los cabildos y consejos insulares o, en su caso, las comunidades autónomas uniprovinciales, en el ejercicio de las competencias que corresponden a las diputaciones provinciales.
c) Los organismos autónomos dependientes de alguna de las entidades indicadas en los párrafos a) y b) anteriores, si tienen atribuidas funciones y competencias suficientes para poder desarrollar el objeto del proyecto.

Cuantía de la ayuda:

El importe de la ayuda a conceder a cada uno de los proyectos seleccionados será el resultado de aplicar al presupuesto elegible la tasa de cofinanciación que corresponda. No serán financiables los proyectos con un presupuesto elegible superior a los siguientes importes:
a) Tres millones de euros para las entidades cuyo ámbito territorial tenga una población comprendida entre 20.001 y 75.000 habitantes.
b) Seis millones de euros para las entidades cuyo ámbito territorial tenga una población comprendida entre 75.001 y 200.000 habitantes.
c) Diez millones de euros para las entidades cuyo ámbito territorial tenga una población superior a 200.000 habitantes.
Las convocatorias podrán fijar otros importes máximos inferiores a los indicados, en atención a la ayuda convocada y al plazo de ejecución establecido.

Actividades subvencionables:

Las ayudas contempladas en esta orden se destinarán a financiar proyectos con itinerarios o programas de inserción laboral que, en las condiciones que se establezcan en cada convocatoria, contemplen actuaciones interrelacionadas dirigidas a colectivos desempleados, que busquen mejorar su situación de empleabilidad. Los itinerarios podrán constar de distintas fases -entre otras, acogida, diagnóstico, orientación, formación prelaboral, intermediación laboral, acompañamiento y seguimiento- no necesariamente secuenciales y se adaptarán al perfil de la persona participante. Asimismo, las ayudas previstas en esta orden también se podrán destinar a financiar jornadas de activación e información en materia de empleo.

Requisitos:

Para ser admitidos, los proyectos deberán cumplir, dejando constancia de ello, con los requisitos establecidos en los Criterios de Selección de Operaciones del Programa ÉFESO y las normas de elegibilidad del FSE+, así como con lo señalado en estas bases reguladoras y en la convocatoria que a tal fin se apruebe. En ese sentido, deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Que la entidad solicitante sea alguna de las enunciadas en el artículo 4, para poder obtener la condición de entidad beneficiaria de la ayuda.
b) Que la entidad solicitante haya presentado toda la documentación exigida en estas bases y en la convocatoria, en la forma y plazo estipulados en la misma.
c) Que las intervenciones del proyecto se ajusten al objeto, finalidad y contenido definidos en la convocatoria. En especial, que se cumplan con los objetivos y principios del Programa ÉFESO, que se dé la mejor relación entre los objetivos a conseguir y el importe de la ayuda, y que los beneficiarios tengan la capacidad de llevar a cabo el proyecto.

La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.