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Resolución de 1 de junio de 2022, de la Dirección General de Formación Profesional, por la que se convocan proyectos de movilidad para el alumnado en el extranjero con motivos de formación en empresas para el primer trimestre del curso escolar 2022-2023

Estado: Cerrada
Objeto de la convocatoria:

Convocar proyectos de movilidad en el extranjero por motivos de formación en empresas para el alumnado de centros docentes públicos dependientes de la Consejería de Educación y Deporte de la Comunidad Autónoma de Andalucía que están cursando un ciclo formativo de formación profesional o un curso de especialización durante el primer trimestre del curso escolar 2022-2023.

Referencia: 2022060901

Publicación oficial: 09/06/2022

Fecha inicio convocatoria: 01/09/2022

Fecha fin convocatoria: 30/09/2022

Financiación: OTRO

Órgano gestor: Junta de Andalucía

Departamento: D. G. DE FORMACIÓN PROFESIONAL PARA EL EMPLEO

Tipo de ayuda: Otro
Presupuesto: 2.175.113,53 euros
Sector: Empleo
Ámbito geográfico: Andalucía
Beneficiarios:

En esta convocatoria podrán participar los centros docentes públicos dependientes de la Consejería de Educación y Deporte de la Comunidad Autónoma de Andalucía que imparten ciclos formativos de Formación Profesional o cursos de especialización durante el curso escolar 2022-2023.

Cuantía de la ayuda:

El importe máximo a percibir por los centros será de 6.000 euros por proyecto presentado para cada ciclo formativo o curso de especialización. El importe real transferido a cada centro quedará condicionado al número total de proyectos seleccionados y a los costes de los mismos.

Actividades subvencionables:

Viajes: coste del viaje del alumnado participante, incluidos sus acompañantes, desde el lugar de origen hasta el lugar donde se desarrolle la actividad, únicamente se financiará el viaje de ida y vuela a un único destino. La distancia se calcula utilizando el calculador de distancias de la Unión Europea para el Programa Erasmus+ y no se tiene en cuenta el kilometraje (distancia de ida/vuelta) sino la distancia en línea recta.

Apoyo individual: coste directamente relacionado con la estancia del alumnado participante (alojamiento y manutención) durante la actividad y, en su caso, para acompañantes. El coste unitario se calcula atendiendo a la duración de la actividad (hasta 14 días y a partir de 15) multiplicando el número de días de la actividad por la cantidad de la tabla establecida en el anexo VII y, si fuera necesario, incluyendo un día de viaje antes de la actividad y otro después de ella.

Apoyo organizativo: costes directamente relacionados con la ejecución de las actividades de movilidad relativas a la preparación (pedagógica, intercultural, lingüística), el control y el apoyo al alumnado durante la movilidad y la validación de sus resultados de aprendizaje. El coste unitario para aplicar es el siguiente: 350 euros por participante.

La persona coordinadora del proyecto del centro docente, percibirá una remuneración por las labores de coordinación, seguimiento y evaluación del proyecto establecidas en el resuelve decimosegundo, conforme a lo establecido en el Anexo 1.B.5 de la Orden de 8 de marzo de 2005, por la que se aprueba el baremo para la remuneración del personal dependiente de la Consejería que colabore en actividades de formación dirigidas al profesorado de todos los niveles educativos, a excepción de los universitarios, y otras actividades análogas, asemejando estas labores a cualquiera de las establecidas en cualquier plan o programa educativo llevado a cabo por la Consejería de Educación y Deporte y conforme a los establecido en el Decreto 54/1989 de 21 de marzo de sobre indemnizaciones por razón del servicio de la Junta de Andalucía.
Para el pago de la remuneración de la coordinación será necesario un informe de certificación de las horas de dedicación efectivas realizadas fuera del horario lectivo firmado por la dirección del centro conforme al modelo del Anexo VI. Estas horas no podrán superar el cómputo de las veinte horas mensuales y se abonarán según la disponibilidad presupuestaria y conforme a las Instrucciones de justificación técnica y económica publicadas por la Dirección General de Formación Profesional.
El personal docente miembro de la comisión técnica designado en base a lo establecido en el resuelve séptimo, apartado 1.b), percibirá una remuneración por la realización de las funciones establecidas en el resuelve indicado, apartado 2, en base a lo establecido en el Anexo 1.B.4. de la Orden de 8 de marzo de 2005, por la que se aprueba el baremo para la remuneración del personal dependiente de la Consejería que colabore en actividades de formación dirigidas al profesorado de todos los niveles educativos, a excepción de los universitarios, y otras actividades análogas, asemejando estas labores a cualquiera de las establecidas en cualquier plan o programa educativo llevado a cabo por la Consejería de Educación y Deporte y conforme a los establecido en el Decreto 54/1989, de 21 de marzo, de sobre indemnizaciones por razón del servicio de la Junta de Andalucía.

Requisitos:

Requisitos del alumnado destinatario de los proyectos de movilidad.

El alumnado destinatario de los proyectos objeto de esta convocatoria deberá cumplir los siguientes requisitos:

a) Tener cumplidos 18 años de edad en la fecha de inicio del viaje.
b) Estar matriculado en un ciclo formativo o curso de especialización de formación profesional inicial en un centro docente público dependiente de la Consejería de Educación y Deporte de la Comunidad Andaluza, en cualquier modalidad.
c) No haber sido beneficiario de becas o ayudas convocadas para la misma finalidad procedentes de cualquier administración o ente público o privado, nacional o internacional, durante el curso 2022-2023.
d) Tener conocimientos intermedios, equivalentes al menos al nivel B1 del Marco Europeo de Referencia de Lenguas, del idioma oficial del país para el que se solicita la estancia, o en su defecto, del inglés.

 

Requisitos de los proyectos.

1. El desarrollo de los proyectos debe llevarse a cabo durante el primer trimestre delcurso escolar 2022-2023.
2. El proyecto deberá surgir como respuesta a la necesidad de formación específica del alumnado participante, para que refuerce sus competencias profesionales, lingüísticas, personales y sociales, y mejore la empleabilidad del mismo.

3. La viabilidad económica y técnica de los proyectos se evidenciará mediante la documentación justificativa relativa a los costes simplificados, que serán pruebas de asistencia a la movilidad en forma de declaración firmada por la sede empresarial en la que se ha llevado a cabo la estancia formativa del alumnado, el propósito de la actividad y las fechas de inicio y conclusión.
La documentación soporte de los gastos justificados a coste real serán las facturas o documentos contables de valor probatorio equivalente que soporten los gastos, sus pagos y su contabilización que deberán ser custodiados en el centro escolar promotor del proyecto conforme a la normativa autonómica para el registro de gastos e ingresos en los centros públicos andaluces.
4. Los proyectos incorporarán acciones de formación dirigidas a la igualdad de oportunidades, la integración y la inclusión educativa y social.
5. En los proyectos se definirán indicadores para determinar el impacto del desarrollo de los mismos, por un lado, en la mejora de las competencias profesionales, personales y sociales, y la empleabilidad del alumnado de Formación Profesional; y por otro, en su competencia lingüística.
6. Cada proyecto deberá contar con una persona responsable de la coordinación.
Dicha designación la llevará a cabo la persona responsable de la dirección del centro docente, de entre los miembros pertenecientes al equipo docente del ciclo formativo o curso de especialización al que va dirigido.
7. El centro docente constituirá una comisión de baremación de las solicitudes del alumnado de la enseñanza a que va dirigido el proyecto, formada por el coordinador del proyecto, la persona que ocupe la Jefatura del Departamento de familia profesional correspondiente y los responsables de la tutoría del grupo al que va dirigido el proyecto. En el caso de que alguna persona ocupe simultáneamente dos de las figuras anteriores, la persona titular de la dirección del centro docente propondrá a otra persona, garantizándose un número de tres personas en la comisión de baremación.
8. El centro docente solicitará al alumnado destinatario un Currículum Vitae en formato Europass, redactado en idioma inglés, que será utilizado para la baremación de las solicitudes.
9. Los proyectos deberán estar finalizados y pagados a fecha 16 de diciembre de 2022.
10. Las empresas o entidades extranjeras colaboradoras en el proyecto deberán presentar su compromiso formal de participación firmado por la persona representante legal de dicha empresa, según modelo recogido en el Anexo III.
11. Las empresas o entidades colaboradoras en el proyecto deberán emitir un documento acreditativo con las horas de formación y los contenidos impartidos al alumnado participante en el proyecto.
12. El plan de formación específico deberá hacer referencia directa a la mejora de las competencias lingüísticas, profesionales, personales y sociales del alumnado y la empleabilidad a través del refuerzo para el logro de los resultados de aprendizaje de los módulos profesionales recogidos en el proyecto.
13. Los proyectos requerirán para su presentación la aprobación del Consejo Escolar de los IES o del Consejo social de los CIFP.

La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.