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Resolución de 24 de mayo de 2022, de la Dirección General de Formación Profesional, por la que se convocan estancias formativas en empresas para el profesorado de Formación Profesional, destinados a actualizar su formación y reforzar sus competencias profesionales en el primer trimestre del curso escolar 2022-2023

Estado: Cerrada
Objeto de la convocatoria:

Esta resolución tiene por objeto convocar estancias formativas en empresas para el profesorado de Formación Profesional, destinadas a actualizar su formación y reforzar sus competencias profesionales, durante el primer trimestre del curso escolar 2022-2023.

Referencia: 2022060302

Publicación oficial: 03/06/2022

Fecha inicio convocatoria: 01/09/2022

Fecha fin convocatoria: 30/09/2022

Financiación: FSE

Órgano gestor: Junta de Andalucía

Departamento: CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y DEPORTE

Tipo de ayuda: Otro
Presupuesto: 11.214.960,13 euros
Sector: Empleo
Ámbito geográfico: Andalucía
Beneficiarios:

En esta convocatoria podrá participar el profesorado de Formación Profesional de los centros docentes públicos dependientes de la Consejería de Educación y Deporte de la Comunidad Autónoma de Andalucía que imparten docencia en ciclos formativos o cursos de especialización en el curso escolar 2022-2023.

Cuantía de la ayuda:

La cantidad transferida a la Comunidad Autónoma de Andalucía ha sido de 2.175.113,53 euros por la que se compromete a desarrollar acciones orientadas a la Formación Profesional dual del sistema educativo.

Actividades subvencionables:

Entre las acciones orientadas a la Formación Profesional dual del sistema educativo.,  se encuentran ayudas para estancias, con objetivos de formación, de alumnado y profesorado (sean o no de dual) en empresas de diferentes localidades a la del centro educativo (estancias cortas).

Requisitos:

1. Cada profesor o profesora podrá presentar un proyecto de estancia formativa en empresas vinculado a un ciclo formativo o curso de especialización impartido en su centro docente en el curso 2022-2023.
2. Los proyectos de estancia formativa en empresas se deben presentar de forma individual por cada profesor o profesora del centro que vaya a realizar la estancia formativa.
3. Se permitirá la realización de un proyecto con un máximo de dos profesores o profesoras del mismo Departamento en casos debidamente justificado a propuesta de la persona titular de la dirección del centro con el V.º B.º de la empresa. 4. Cada proyecto podrá contar con la colaboración de una o varias empresas para su desarrollo, priorizando la presencia de pymes y micro pymes.
5. El profesorado interesado podrá recibir orientación de la asesoría de Formación Profesional del Centro del Profesorado, especialmente en lo referido a la elaboración del proyecto personal.
6. Con carácter general, el desarrollo de los proyectos se deberá llevar a cabo fuera del horario lectivo en el primer trimestre del curso escolar 2022-2023.
7. El profesorado podrá desarrollar estos proyectos fuera del horario lectivo en base a lo establecido en la Circular de 6 de febrero de 2013, de la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos, sobre permisos, licencias y reducciones de jornada del personal docente del ámbito de gestión de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte de la Junta de Andalucía, en el apartado II. Permisos y Licencias, punto 1. Permisos, apartado 3. «Para concurrir a exámenes finales y demás pruebas definitivas de aptitud, durante los días de su celebración, y por razones de formación».
8. Los proyectos de estancia formativa en empresas, tendrán una duración de módulos completos de formación de 25, 50, 75 o 100 horas de certificación, debiéndose adaptar el proyecto a este número de horas según la duración del mismo.
9. El proyecto deberá surgir como respuesta a la necesidad de formación específica del profesorado de Formación Profesional que refuerce sus competencias profesionales y mejore el proceso de enseñanza y aprendizaje del ciclo formativo o curso de especialización al que va vinculado el proyecto.
10. El profesorado no tendrá ninguna vinculación o relación laboral con la empresa o empresas, ni podrá ocupar un puesto de trabajo mientras realiza el proyecto de formación.
11. Los proyectos se podrán desarrollar dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como en el resto del territorial nacional.
12. La justificación del desarrollo de los proyectos estará en la consecución de los objetivos recogidos en el resuelvo tercero.
13. Los proyectos definirán indicadores para determinar el impacto del desarrollo de los mismos, tanto en la mejora de las competencias profesionales del profesorado de Formación Profesional como del proceso de enseñanza y aprendizaje.
14. Con carácter general, cada proyecto será unipersonal, a excepción de lo recogido en el resuelvo cuarto apartado 3 y deberá incluir un programa de formación a desarrollar por el profesorado en las empresas o entidades vinculado a la actualización de su formación y refuerzo de sus competencias profesionales en relación al sector productivo
que corresponda.
15. Los proyectos deberán estar finalizados y pagados a fecha 22 de diciembre de 2022.
16. Las empresas o entidades participantes en el proyecto deberán presentar su compromiso formal de participación, así como las actividades en las que se comprometen
a participar, firmado por la persona representante legal de dicha empresa, según modelo recogido en el Anexo III.
17. Las actividades formativas que se propongan se podrán realizar de manera telemática, solo en el caso que la empresa donde se realice la estancia tenga establecida la teleformación como método de trabajo habitual, debiendo, en tal caso, quedar registro de las actuaciones realizadas.
18. Las empresas o entidades participantes en el proyecto deberán emitir un documento acreditativo con las horas de formación y los contenidos impartidos al profesorado participante en el proyecto según modelo recogido en el Anexo VI.
19. La asesoría de Formación Profesional del Centro del Profesorado asignado realizará el seguimiento y valoración del proyecto para la certificación de las horas de formación, pudiendo recabar para ello, información que se considere necesaria del profesorado participante y de la persona responsable del seguimiento en la empresa sobre el desarrollo de la estancia.

20. Los proyectos requerirán para su presentación la aprobación del Consejo Escolar o Consejo Social.

La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.