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Resolución de 24 de mayo de 2022, de la Dirección General de Formación Profesional, por la que se convocan proyectos específicos destinados a reforzar las competencias profesionales y la empleabilidad del alumnado que cursa proyectos de Formación Profesional dual en el primer trimestre del curso escolar 2022-2023 mediante la colaboración de los sectores productivos

Estado: Cerrada
Objeto de la convocatoria:

Esta resolución tiene por objeto convocar proyectos específicos destinados a reforzar las competencias profesionales y la empleabilidad del alumnado que cursa proyectos de Formación Profesional dual en el primer trimestre del curso escolar 2022-2023 mediante la colaboración de los sectores productivos.

Referencia: 20220603

Publicación oficial: 03/06/2022

Fecha inicio convocatoria: 01/09/2022

Fecha fin convocatoria: 30/09/2022

Financiación: FSE

Órgano gestor: Junta de Andalucía

Departamento: CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y DEPORTE

Tipo de ayuda: Otro
Presupuesto: 11.214.960,13 euros
Sector: Empleo
Ámbito geográfico: Andalucía
Beneficiarios:

En esta convocatoria podrán participar los centros docentes públicos dependientes de la Consejería de Educación y Deporte de la Comunidad Autónoma de Andalucía que desarrollan ciclos formativos de Formación Profesional dual.

Cuantía de la ayuda:

El importe máximo a percibir por los centros será de 6.000 euros por proyecto presentado para cada ciclo formativo o curso de especialización implantado en un proyecto de Formación Profesional dual. El importe real total transferido quedará condicionado al número de proyectos seleccionados y a los costes de los mismos.

La cantidad transferida a la Comunidad Autónoma de Andalucía ha sido de 2.175.113,53 euros por la que se compromete a desarrollar acciones orientadas a la Formación Profesional dual del sistema educativo, desde el 1 de septiembre de 2021 y hasta el 31 de diciembre de 2022, entre las que se encuentra el desarrollo de proyectos colaborativos de varias empresas (consorcios, asociaciones, acuerdos…) y proyectos de apoyo a PYMES y micro pymes para su participación en FP dual.

Actividades subvencionables:

1.- Arrendamiento y cánones. Los gastos de alquiler de bienes muebles e inmuebles, se consideran gastos directos subvencionables, siempre que sean necesarios para la realización de la actuación.
2.- Material y suministro. Se podrán justificar los costes directos de material entendido como la adquisición de bienes o artículos de consumo general que no pueden ser reutilizables, es decir, bienes o artículos fungibles y no inventariables que se vinculen exclusivamente a la operación y que resulten necesarios para su ejecución, con un límite máximo de 500 euros por proyecto, incluidos el alquiler o arrendamiento de los mismos. Los costes directos de suministros se podrán imputar siempre que se vinculen indubitadamente con la operación y que resulten necesarios para su ejecución.
3.- Contratación de empresa para prestación de servicio. Objeto de la prestación del servicio: formación del alumnado.
4.- Indemnizaciones por razón de servicio.
5.- Pago de minutas.

Requisitos:

1. El desarrollo de los proyectos debe llevarse a cabo fuera del horario lectivo en el primer trimestre del curso escolar 2022-2023.
2. El proyecto deberá surgir como respuesta a la necesidad de formación específica del alumnado participante en proyectos de Formación Profesional dual que refuerce sus competencias profesionales y mejore la empleabilidad del mismo.
3. El proyecto dará respuesta a los nuevos escenarios de formación provocados tras la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 en el contexto de un proyecto de Formación Profesional dual.

4. La justificación del desarrollo de los proyectos estará en la consecución de los objetivos recogidos en el Resuelvo tercero.
5. La viabilidad económica y técnica de los proyectos se evidenciará mediante la participación de los sectores productivos en proyectos de Formación Profesional dual.
En este sentido, los centros docentes podrán contar con la colaboración de empresas de los distintos sectores productivos vinculados a proyectos de Formación Profesional dual, así como de otras empresas que por su actividad principal estén habilitadas para impartir la formación específica requerida para el refuerzo de las competencias profesionales y mejora de la empleabilidad del alumnado de Formación Profesional dual.
6. En aquellos proyectos en los que participen varias empresas, se deberá limitar el objeto del servicio prestado de formación de cada una de ellas, de manera que no exista duplicidad en los mismos.
7. Los proyectos incorporarán acciones de formación dirigidas a la igualdad de oportunidades, la integración y la inclusión educativa y social, a través de formación específica contextualizada a las características de proyecto de Formación Profesional dual al que va dirigido.
8. Los proyectos definirán indicadores para determinar el impacto del desarrollo de los mismos en la mejora de las competencias profesionales y empleabilidad del alumnado de Formación Profesional dual y en los sectores productivos.
9. Cada proyecto deberá contar con una persona responsable de la coordinación.
La designación de dicha persona responsable de la coordinación del proyecto, la llevará a cabo la Dirección del centro docente, de entre los miembros pertenecientes al equipo docente del proyecto de Formación Profesional dual del ciclo formativo o curso de especialización al que va dirigido.
10. Asimismo, las empresas colaboradoras en el proyecto deberán designar a una persona responsable que se encargará de coordinar el proyecto junto con el centro docente.
En el caso de que el proyecto se lleve a cabo con algunas de las empresas que colaboran en el proyecto de Formación Profesional dual del centro docente, esta figura podrá coincidir con la persona responsable laboral del proyecto de Formación Profesional dual.
11. Los proyectos deberán estar finalizados y pagados a fecha 22 de diciembre de 2022.
12. Las empresas o entidades participantes en el proyecto deberán presentar su compromiso formal de participación firmado por la persona representante legal de dicha empresa, según modelo recogido en el Anexo III.
13. Las empresas o entidades participantes en el proyecto deberán emitir un documento acreditativo con las horas de formación y los contenidos impartidos al alumnado participante en el proyecto.
14. El plan de formación específico deberá hacer referencia directa a la mejora de las competencias profesionales del alumnado y a la empleabilidad a través del refuerzo del logro de los resultados de aprendizaje de los módulos profesionales recogidos en el proyecto de Formación Profesional dual.
15. Las actividades que se propongan para reforzar las competencias profesionales y la empleabilidad del alumnado de Formación Profesional dual se podrán realizar tanto en las empresas como en el centro docente de manera presencial o telemática, debiendo quedar registro de las actuaciones realizadas. Cuando se realicen de forma telemática, además se deberán grabar las sesiones de formación que se realicen como evidencia del desarrollo de las actividades programadas en el proyecto en la plataforma Moodle Centros o por otros medios facilitados por las empresas colaboradoras, con autorización expresa de la empresa conforme a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
16. Los proyectos requerirán para su presentación la aprobación del Consejo Escolar o Consejo Social.

La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.