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Subvenciones del Programa ICEX Next de iniciación y consolidación de la exportación

Estado: Cerrada
Objeto de la convocatoria:

Constituye el objeto de esta convocatoria la concesión de subvenciones para iniciar y/o consolidar el crecimiento internacional de pequeñas y medianas empresas españolas que cuenten con un proyecto competitivo a través de su participación en el programa ICEX Next y/o facilitar la revisión de la estrategia internacional a empresas afectadas por cambios en las condiciones de sus mercados habituales.

Referencia: 608482

Publicación oficial: 01/02/2022

Fecha inicio convocatoria: 01/02/2023

Fecha fin convocatoria: 20/02/2023

Financiación: FEDER

Órgano gestor: Administración General del Estado

Ministerio: MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO

Órgano: ICEX ESPAÑA EXPORTACIÓN E INVERSIONES, EP E.

Tipo de ayuda: Subvención
Presupuesto: 12.000.000 euros
Sector: Comercio
Procedimiento de concesión: Concurrencia competitiva
Ámbito geográfico: España
Beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones las empresas españolas con potencial exportador que deseen iniciar, consolidar o reorientar su estrategia internacional.

Cuantía de la ayuda:

La subvención máxima por empresa beneficiaria es de 24.000 euros correspondiente al 60% de cofinanciación de ICEX de los gastos detallados en e apartado Cuarto de esta convocatoria. Por tanto, la empresa podrá presentar hasta un máximo de 40.000 euros de gasto realizado al que se aplicará el 60% para determinar la subvención de ICEX.
El importe máximo a otorgar en cada uno de los cuatro procedimientos de selección de esta convocatoria es el siguiente:
Procedimiento 1: 3.000.000 euros
Procedimiento 2: 2.400.000 euros
Procedimiento 3: 2.400.000 euros
Procedimiento 4: 4.200.000 euros

Actividades subvencionables:

Los conceptos de gasto subvencionables se clasifican en dos bloques:

Bloque 1: Asesoramiento personalizado ICEX Next. En cuanto a este  bloque, se concede una bolsa total de 50 horas de asesoramiento personalizado a las empresas en materia de Internacionalización prestado por consultores expertos en distintos ámbitos de la internacionalización y competitividad exterior, previamente homologados por el programa de acuerdo con lo establecido en la orden de bases por la que se rige esta convocatoria.
Bloque 2: Gastos de prospección y promoción internacional, gastos de desarrollo de la red comercial exterior, gastos de contratación de personal del departamento internacional. Respecto a este Bloque, ICEX apoya gastos de promoción, prospección, desarrollo de la red comercial exterior y de personal para que las empresas puedan desarrollar e implementar su estrategia internacional.

 

Requisitos:

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones las empresas españolas con potencial exportador que deseen iniciar, consolidar o reorientar su estrategia internacional y que reúnan los siguientes requisitos:

a) Ser PYME según definición del Anexo 1 del Reglamento UE nº651/2014. Se excluyen Asociaciones y Fundaciones.

b) Tener producto o servicio propio que pueda ser comercializable internacionalmente y contar con marca propia. En caso de empresas de servicios, éstos deberán prestarse en el exterior.

c) No ser filial comercial o productiva de empresa extranjera.

d) Contar con una facturación superior a 200.000 euros, eliminándose este requisito para las start-ups de base tecnológica de reciente creación que ya cuenten con producto o servicio comercializado, dadas las especiales características de su crecimiento en cuanto a la rapidez exigida de acceso al mercado. Si no se alcanza dicha facturación en el ejercicio 2021, podrá considerarse el importe en el momento de presentación de solicitud siempre que esté convenientemente documentado.

e) Las empresas podrán acceder al programa independientemente del porcentaje que suponga la cifra de ventas internacionales sobre la facturación total, dando el especial foco de esta convocatoria en las empresas que consoliden o reorienten su posición exterior y en la voluntad de incluir a aquellas empresas que por las características de su modelo de negocio deben ser globales desde su inicio.

f) Contar con medios personales y materiales mínimos para abordar su crecimiento internacional, en particular contar con una persona responsable del proyecto internacional y una web propia.

g) No haber participado en programas de Iniciación de ICEX (PIPE o ICEX Next).

h) No tener impagos con ICEX.

i) Cumplir los requisitos exigidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre

Solicitud:

https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/608482

Dentro de esta convocatoria se realizarán cuatro procedimientos de selección sucesivos según el siguiente calendario de periodos de presentación de solicitudes:
a) Procedimiento 1: del 10 al 28 de febrero de 2022
b) Procedimiento 2: del 10 al 31 de mayo de 2022
c) Procedimiento 3: del 10 al 30 de septiembre de 2022
d) Procedimiento 4: del 10 al 31 de diciembre de 2022 que pasa con la modificación del día 02/12/2022 a ser del 1 al 20 febrero 2023.

https://www.boe.es/diario_boe/verifica.php?c=BOE-B-2022-37837&acc=Verificar&fix_bug_chrome=foo.pdf Extracto de la Resolución de 30 de noviembre de 2022 de ICEX España Exportación e Inversiones E.P.E. por la que se modifica la resolución de 25 de enero de 2022 de la citada entidad por la que se aprueba la convocatoria para 2022 de la concesión de ayudas del programa «ICEX Next de iniciación y consolidación a la exportación»

La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.