Subvenciones con cargo al Fondo Provincial para la Solidaridad y la Ayuda al Desarrollo, para Proyectos de Cooperación y Ayuda al Desarrollo. Ejercicio 2024.
Es objeto de la presente convocatoria el regular las subvenciones para la ejecución de actividades, programas y proyectos, en el marco del Presupuesto para el ejercicio 2024, destinadas a las Organizaciones No Gubernamentales que realicen acciones de solidaridad y cooperación internacional al desarrollo.
Referencia: 744900
Publicación oficial: 22/02/2024
Fecha inicio convocatoria: 23/02/2024
Fecha fin convocatoria: 25/03/2024
Financiación: OTRO
Órgano gestor: Diputación Provincial de Jaén
Tendrán la condición de beneficiarios de estas subvenciones las Entidades que promuevan acciones de solidaridad y cooperación internacional al desarrollo y que cumplan los siguientes requisitos:
a) Carecer de ánimo de lucro.
b) Tener entre sus fines institucionales específicos la realización de actividades relacionadas con la cooperación internacional al desarrollo.
c) Estar legalmente constituidos y debidamente inscritos en el Registro de Agentes de la Cooperación Internacional para el Desarrollo de Andalucía (RACDA).
d) Acreditar la actualización de datos referida al ejercicio 2022 o posterior en el Registro de Agentes de la Cooperación Internacional para el Desarrollo de Andalucía (RACDA).
e) Tener capacidad jurídica y de obrar en España y tener sede física e infraestructura en la provincia de Jaén, no admitiéndose como válida la figura del Delegado/a como única
presencia de la Entidad en la provincia de Jaén.
f) Acreditar capacidad y estructura operativa suficiente para atender a los proyectos de cooperación internacional al desarrollo que fuesen subvencionados, tanto por la consolidación institucional de la Entidad, como por la adecuación de los recursos humanos disponibles para llevar a cabo las acciones previstas.
g) Contar con el apoyo en el lugar donde se realice la actividad de una contraparte; es decir, una organización local, pública o privada.
h) Haber cumplido con las obligaciones recogidas en el Real Decreto 519/2006, de 28 de abril, por el que se establece el Estatuto de los cooperantes.
La cuantía de las subvenciones consistirá en un porcentaje del coste final de la actividad a cuyo efecto se tomará en cuenta el presupuesto de la actividad presentado por el solicitante, como referencia para su determinación.
Dicho porcentaje será como máximo del 90% del coste final de la actividad, que deberá ser respetado incluso, en las posibles reformulaciones tras la resolución provisional del procedimiento y sin que en ningún caso, la subvención pueda superar el 90 % del importe del presupuesto total de la actividad, se establece un límite por subvención de cincuenta y nueve mil novecientos noventa y nueve euros (59.999,00 €).
Las solicitudes se presentarán a través de medios electrónicos de acuerdo con el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común (en adelante LPACAP) debidamente suscritas por el beneficiario o por el representante legal con indicación del domicilio a efectos de notificaciones y contemplando los demás requisitos que señala el artículo 66 de la LPACAP y dirigidas al Ilmo. Sr. Presidente de la Excma. Diputación Provincial. Los escritos de solicitud se presentarán en modelos normalizados.
Las solicitudes deberán presentarse a través de la sede electrónica de la Diputación Provincial de Jaén en el apartado denominado subvenciones, en caso de no ser presentadas por este medio no se tramitarán
La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.